Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 042-2018/SIS Aprueban la Directiva Administrativa que regula el uso de la
3/01/2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 042-2018/SIS Aprueban la Directiva Administrativa que regula el uso de la
Aprueban la Directiva Administrativa que regula el uso de la «Plataforma de Consulta del Seguro Integral de Salud» RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 042-2018/SIS Lima, 27 de febrero de 2018 VISTOS: El Informe Nº 002-2018-SIS/OGTI-US/ EMS con Proveído Nº 101-2018-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Informe Nº 021-2018-SIS/OGPPDO-UOC-BACN con Proveído Nº 030-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 015-2018-SIS/OGAJ-EFBH
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 042-2018/SIS
Lima, 27 de febrero de 2018
VISTOS: El Informe Nº 002-2018-SIS/OGTI-US/ EMS con Proveído Nº 101-2018-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Informe Nº 021-2018-SIS/OGPPDO-UOC-BACN con Proveído Nº 030-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 015-2018-SIS/OGAJ-EFBH con Proveído Nº 054-2018-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, conforme a la calificación y relación de los organismos públicos consignada en el Anexo 01 del Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, actualizado por el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo, siendo un Pliego Presupuestal con autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa;
Que, de acuerdo con el numeral 6.12 del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, el SIS tiene como una de sus funciones generales la de establecer procedimientos para evaluar los servicios de salud que se brinden a los asegurados del SIS, de acuerdo a los estándares de calidad acordado por convenios o contratos con las IPRESS, para las atenciones a los afiliados;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones mencionado en el Considerando anterior, la Oficina General de Tecnología de la Información es el órgano responsable de planear, organizar, dirigir, controlar la sistematización de las normas y estándares, así como el uso de recursos informáticos y tecnologías de la información en el SIS;
asimismo, el numeral 18.1 del artículo 18 del mismo cuerpo normativo señala que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional tiene dentro de sus funciones la de proponer a la Jefatura del SIS las políticas, planes de gestión, planes presupuestarios y otros documentos de gestión institucional;
Que, en ese sentido, a través del documento de Vistos, la Oficina General dé Tecnología de la Información formula la Directiva Administrativa que regula el uso de la Plataforma de Consulta del SIS, para lo cual sustenta la necesidad de contar con un instrumento normativo que sirva de mecanismo para realizar preguntas por parte de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, Gobiernos Regionales y Órganos del SIS, y obtener una respuesta del personal responsable designado por cada órgano del SIS Central, según su competencia;
Que, sobre la base del sustento técnico alcanzado por el órgano técnico mencionado en el Considerando precedente, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, según documento de Vistos, emite opinión favorable para la aprobación de la Directiva Administrativa Nº 001-2018-SIS/OGTI-V.01, Directiva Administrativa que regula el uso de la «Plataforma de Consulta del Seguro Integral de Salud»;
Con el visto bueno del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Tecnología de la Información, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 001-2018-SIS/OGTI-V.01, Directiva Administrativa que regula el uso de la «Plataforma de Consulta del Seguro Integral de Salud» y sus Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Tecnología de la Información, adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Administrativa aprobada por la presente Resolución Jefatural.
Artículo 3.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal lnstitucional del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES
Jefe del Seguro Integral de Salud
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (16)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)