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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 101-2018-CD/OSIPTEL Aprueban el "Protocolo de reporte de
4/27/2018
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 101-2018-CD/OSIPTEL Aprueban el "Protocolo de reporte de
Aprueban el "Protocolo de reporte de Conflicto de Intereses de los Servidores del OSIPTEL" RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 101-2018-CD/OSIPTEL Lima, 19 de abril de 2018 MATERIA: APROBACIÓN DEL PROTOCOLO PARA EL REPORTE DE CONFLICTO DE INTERESES DE LOS SERVIDORES DEL OSIPTEL VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución, presentado por la Gerencia General, que aprueba el "Protocolo para el reporte de confl icto de intereses de los servidores del OSIPTEL"; y (ii) El Informe Nº 102-GAL/2018 de la Gerencia de
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 101-2018-CD/OSIPTEL
Lima, 19 de abril de 2018
MATERIA: APROBACIÓN DEL PROTOCOLO
PARA EL REPORTE DE CONFLICTO
DE INTERESES DE LOS SERVIDORES
DEL OSIPTEL
VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución, presentado por la Gerencia General, que aprueba el "Protocolo para el reporte de confl icto de intereses de los servidores del OSIPTEL"; y (ii) El Informe Nº 102-GAL/2018 de la Gerencia de Asesoría Legal, presentado por la Gerencia General, que sustenta el Proyecto de Resolución a que se refiere el numeral precedente;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, desarrolla los principios, deberes y prohibiciones éticas del servidor público, entre los cuales se encuentran: (i) el Deber de Neutralidad, referido a la actuación con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones; y (ii) el Deber de Responsabilidad, referido a que todo servidor público debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública;
Que, los servidores públicos como miembros de la sociedad y como individuos que intervienen a través de distintos roles, cuentan con intereses personales;
Que, un confl icto puede ocurrir cuando los intereses personales de un servidor público interfieren de alguna manera con los intereses y objetivos de la entidad, pudiendo verse afectado con ello su trabajo y responsabilidades, así como el compromiso de integridad que le asiste, constituido como uno de los valores de los colaboradores OSIPTEL, plasmado en el Plan Estratégico Institucional 2018 - 2022;
Que, tomando como referencia estándares internacionales y las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos -OCDE, el tratamiento de situaciones de confl icto de interés debe ser abordado desde una perspectiva de prevención, educación y participación;
Que, mediante Memorando Nº 079-GG/2018, la Gerencia General solicitó a la Gerencia de Asesoría Legal que se encargue del diseño e implementación del Sistema de Confl icto de Intereses del OSIPTEL, con la participación de la Gerencia de Administración y Finanzas y de la Gerencia de Comunicación Corporativa;
Que, con Informe Nº 102-GAL/2018, la Gerencia de Asesoría Legal remitió a la Gerencia General el proyecto de "Protocolo para el reporte de Confl icto de Intereses de los servidores del OSIPTEL", cuyo propósito principal es establecer las disposiciones que regulen la presentación de la declaración jurada correspondiente, así como aquellas referidas a la orientación sobre las inquietudes que podrían surgir respecto al Sistema de Confl icto de Intereses, en el contexto educativo antes señalado;
Que, en virtud a lo anterior, corresponde aprobar el "Protocolo para el reporte de Confl icto de Intereses de los
servidores del OSIPTEL", y disponer la adopción de las acciones dirigidas a la implementación del mismo;
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de Organizaciones y Funciones, aprobado por Resolución Nº 032-2002-CD/OSIPTEL, modificado a través de Resolución Nº 036-2005-CD/OSIPTEL y por los Decretos Supremos Nº 045-2017-PCM y Nº 104-2010-PCM, donde se establece que el Consejo Directivo tiene a su cargo el establecimiento de las políticas y la dirección del organismo; y estando a lo acordado por en su Sesión
Nº 669 ;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el "Protocolo de reporte de Confl icto de Intereses de los Servidores del OSIPTEL", el cual incluye su Anexo constituido por el Formato de Declaración Jurada de Confl icto de Intereses.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para la implementación de las medidas previstas en el "Protocolo de reporte de Confl icto de Intereses de los Servidores del OSIPTEL", al que hace referencia el artículo anterior.
Artículo Tercero.- Establecer como fecha de inicio de aplicación del Sistema de Confl icto de Intereses del OSIPTEL, el 1 de junio de 2018.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como la publicación de la misma y del "Protocolo de reporte de Confl icto de Intereses de los Servidores del OSIPTEL", en la página web institucional (www.osiptel. gob.pe).
Disposición Transitoria Única.- Todos los servidores del OSIPTEL, independientemente de su modalidad de contratación, deberán presentar a la Gerencia de Administración y Finanzas, a más tardar el 28 de junio de 2018, el Formato de Declaración Jurada de Confl icto de Intereses debidamente suscrito.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL MUENTE SCHWARZ
Presidente del Consejo Directivo
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