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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 039-2018-PERU COMPRAS Modifican 5 Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y

Modifican 5 Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos, incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 039-2018-PERU COMPRAS Lima, 17 de abril de 2018 VISTOS: Los Informes Nº 030 y 032-2018-PERU COMPRAS/DSI, de fechas 04 y 06 de abril de 2018 respectivamente, de la Dirección de Subasta Inversa, y el Informe Nº 089-2018-PERU COMPRAS/SG-OAJ, de fecha 16 de abril de 2018, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS,
Modifican 5 Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos, incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 039-2018-PERU COMPRAS
Lima, 17 de abril de 2018
VISTOS:

Los Informes Nº 030 y 032-2018-PERU
COMPRAS/DSI, de fechas 04 y 06 de abril de 2018
respectivamente, de la Dirección de Subasta Inversa, y el Informe Nº 089-2018-PERU COMPRAS/SG-OAJ, de fecha 16 de abril de 2018, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las compras corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las compras corporativas facultativas que le encarguen otras entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modificado por la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado;

Que, el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios transables, de acuerdo a lo previsto en la Directiva que emita para estos efectos, las que son incluidas en un Listado de Bienes y Servicios Comunes al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;

Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 006-2016-PERU
COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso", aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por la Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU COMPRAS, en adelante la "Directiva", señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que deben tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación de la Entidad, y la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características específicas del bien o servicio común;

Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERU COMPRAS podrá modificar o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes, previo sustento técnico de la verificación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Subasta Inversa, siendo que, para el caso de modificación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la Ficha Técnica, que no afecte su condición de bien común;

Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modificación o la exclusión de la ficha técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes;

Que, la Dirección de Subasta Inversa a través de los Informes Nº 030 y 032-2018-PERU COMPRAS/ DSI, sustenta la modificación de cinco (05) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes, debido a la actualización de los registros sanitarios vigentes de los siguientes productos farmacéuticos: i) ÁCIDO TRANEXÁMICO, 250 mg, CÁPSULA, se debe modificar la denominación del bien, denominación técnica y unidad de medida, y la forma farmacéutica en las características específicas del bien; ii) KETOCONAZOL, 200mg, TABLETA, se debe modificar su forma farmacéutica; iii) ÁCIDO
ALENDRÓNICO, 70 mg, TABLETA, modificación de las Características Específicas: Ingrediente farmacéutico activo - IFA, la concentración, forma farmacéutica y vía de administración; iv) MONONITRATO DE
ISOSORBIDA, 20 mg, TABLETA se debe modificar su forma farmacéutica; y, v) MOTOTREXATO, 500 mg, INYECTABLE se debe modificar su concentración y forma farmacéutica;

Que, mediante Informe Nº 089-2018-PERU
COMPRAS/SG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Subasta Inversa, y de conformidad con el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, es procedente la modificación de cinco (05) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes;

Con el visto bueno de la Secretaría General, la Dirección de Subasta Inversa y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF; la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU COMPRAS, modificada por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU COMPRAS; y en uso de la atribución conferida por los literales c) y f) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 364-2015-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar cinco (05) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos, incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes, contenidas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle:

Nº Denominación del Bien 1. ÁCIDO TRANEXÁMICO, 250 mg, TABLETA
2. KETOCONAZOL, 200 mg, TABLETA
3. ÁCIDO ALENDRÓNICO, 70 mg, TABLETA
4. MONONITRATO DE ISOSORBIDA, 20 mg, TABLETA
5. METOTREXATO, 500 mg, INYECTABLE
• Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web:
www.perucompras.gob.pe/lbsc Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Subasta Inversa y la Oficina de Tecnologías de la Información realicen la publicación de la presente Resolución y el Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones
del Estado - SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS (www. perucompras.gob.pe), respectivamente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRTHA AGUSTINA RÁZURI ALPISTE
Jefa (e) de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS

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