5/10/2018

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 073-2018-INDECOPI/COD Disponen

Disponen fecha de desactivación de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad; y disponen fecha de inicio de funciones de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 073-2018-INDECOPI/COD Lima, 30 de abril de 2018 VISTO: El Informe Nº 003-2018/INDECOPI-SRB,
Disponen fecha de desactivación de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad; y disponen fecha de inicio de funciones de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 073-2018-INDECOPI/COD
Lima, 30 de abril de 2018
VISTO:

El Informe Nº 003-2018/INDECOPI-SRB, el Memorándum Nº 290-2018/GOR y el Memorándum Nº 927-2018/GEL que adjunta el Informe Nº 333-2018/GEL;
y,
CONSIDERANDO:

Que, el literal h) del numeral 7.3 del artículo 7 del Ley de Organización y Funciones del lndecopi, aprobado por el Decreto Legislativo 1033 y sus modificatorias, establece que es función del Presidente del Consejo Directivo aquellas otras que se le encomienden;

Que, el literal h) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de lndecopi, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias, establece que son funciones y/o atribuciones del Presidente del Consejo Directivo aquellas otras que le encomiende el Consejo Directivo o que se deriven del marco normativo institucional o de las normas sectoriales o presupuestarias;

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 087-2017-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el12 de mayo de 2017, se aprobó la creación de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita por el período de seis meses a la Comisión de la Oficina Regional del lndecopi de La Libertad; la misma que asume durante dicho período en forma exclusiva y por la materia de eliminación de barreras burocráticas, las funciones que el artículo 44 de la Ley de Organización y Funciones del lndecopi, aprobada por Decreto Legislativo 1033 y las demás normas correspondientes, atribuyen a las secretarías técnicas del lndecopi;

Que, asimismo, en la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 087-2017-INDECOPI/COD
se dispuso que vencido el período de adscripción, la Presidencia del Consejo Directivo, mediante resolución, dispondrá la desactivación de la referida Secretaría Técnica, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del lndecopi de La Libertad y dispondrá la creación y desactivación consecutiva de una Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas que estará adscrita a las Comisiones de las Oficinas Regionales del lndecopi de Piura, Arequipa, Junín, lca y Cusco, respectivamente; ·
Que, adicionalmente, Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 087-2017-INDECOPI/COD
estableció que la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del lndecopi de La Libertad, inicie el ejercicio de sus funciones una vez que hayan concluido las acciones administrativas y de personal necesarias para su implementación; fecha que será establecida por la Presidencia del Consejo Directivo, mediante resolución;

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del lndecopi Nº 133-2017- INDECOPI/ COD, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 9 de agosto de 2017, se dispuso como fecha de inicio de las funciones de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación Burocráticas adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del lndecopi de La Libertad, el 10 de agosto de 2017, por un periodo de seis (6) meses;

Que, posteriormente, por Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del lndecopi Nº 028-2018, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 13 de febrero de 2018, se aprobó la ampliación del plazo de adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas a la Comisión Oficina Regional del lndecopi de la Libertad por tres (3)
meses adicionales, con fecha de finalización al 10 de mayo de 2018;

Que, atendiendo a lo expuesto, la Presidencia del Consejo Directivo advierte que al encontrarse próximo a vencer el plazo establecido para su funcionamiento, resulta necesario emitir la resolución que determine la desactivación de la Secretaria Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del lndecopi de La Libertad;

Que, asimismo, atendiendo a lo dispuesto por el Consejo Directivo en el Acuerdo Nº 31-2017 adoptado en la Sesión de fecha 29 de marzo de 2017, la Presidencia del Consejo Directivo considera pertinente proceder con la emisión de la resolución que determine la activación de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del lndecopi de Piura;

Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Oficinas Regionales y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del lndecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer como fecha de desactivación de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del lndecopi de La Libertad y, en consecuencia, el fin de sus funciones, el 10 de mayo de 2018.

Artículo 2º.- Disponer como fecha de inicio de las funciones de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del lndecopi de Piura, el 11 de mayo de 2018, por un periodo de seis meses.

Artículo 3º.- Disponer que, al día siguiente de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", el Secretario Técnico de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del lndecopi de Piura entregue al Secretario Técnico de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del lndecopi de Piura, todos los expedientes y solicitudes en trámite en materia de eliminación de barreras burocráticas a cargo del referido órgano resolutivo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IVO GAGLIUFFI PIERCECHI
Presidente del Consejo DIrectivo

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