Inicio
Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0279/RE-2018 Nombran integrante de la Junta de Vigilancia de los
5/18/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0279/RE-2018 Nombran integrante de la Junta de Vigilancia de los
Nombran integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados a representante de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0279/RE-2018 Lima, 15 de mayo de 2018 VISTA: La Resolución Ministerial Nº 0254-2017/RE, de 29 de marzo de 2017, que nombró como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, a la Licenciada María del Carmen Cárdenas Llaja, representante de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón, a partir del 29 de
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0279/RE-2018
Lima, 15 de mayo de 2018
VISTA:
La Resolución Ministerial Nº 0254-2017/RE, de 29 de marzo de 2017, que nombró como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, a la Licenciada María del Carmen Cárdenas Llaja, representante de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón, a partir del 29 de marzo del año 2017;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, Reglamento de los Traductores Públicos Juramentados, la calidad de miembro de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados del Colegio de Traductores del Perú, así como de los representantes de cada una de las universidades de la República, donde se enseña la especialidad de Traducción, tiene una vigencia de dos
(02) años de duración, no renovables sino transcurrido otro periodo similar;
Que, la Universidad Femenina del Sagrado Corazón, mediante Resolución Rectoral Nº 146-2018-CU, de 18 de abril de 2018, dio a conocer al Presidente de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, la designación de la Licenciada Diana Delalba Chávez Del Castillo, como representante de la citada Universidad ante la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados del Ministerio de Relaciones Exteriores, en reemplazo de la Licenciada María del Carmen Cárdenas Llaja;
Teniendo en cuenta lo señalado en el Memorándum (JTP) Nº JTP00016/2018, de la Junta de Vigilancia de Traductores Públicos Juramentados, de 10 de mayo de 2018;
De conformidad con el Decreto Supremo N.º 126-2003-RE, Reglamento de Traductores Públicos Juramentados; la Ley N.º 29357 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores;
y el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar término al nombramiento, como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, de la Licenciada María del Carmen Cárdenas Llaja, representante de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón, con eficacia anticipada a partir del 1 de enero de 2018.
Artículo 2.- Dar las gracias a la Licenciada María del Carmen Cárdenas Llaja, por los servicios prestados en la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados.
Artículo 3.- Nombrar como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, a la Licenciada Diana Delalba Chávez del Castillo, como representante de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón, a partir de la fecha.
Regístrese, comuníquese y publíquese
NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)