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RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 073-2018-OSINFOR Modifican la Directiva para la compensación del pago de

Modifican la Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 073-2018-OSINFOR Lima, 27 de abril de 2018 VISTOS: El Informe Nº 025-2018-OSINFOR/05.2-EFER, de fecha 19 de marzo de 2018, de la Coordinadora del Equipo Funcional de Ejecución de Resoluciones de la Oficina de Administración mediante el cual propone la modificación de la "Directiva Nº 018-2016-OSINFOR/05.2 para la compensación del pago de multas mediante
Modifican la Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 073-2018-OSINFOR
Lima, 27 de abril de 2018
VISTOS:

El Informe Nº 025-2018-OSINFOR/05.2-EFER, de fecha 19 de marzo de 2018, de la Coordinadora del Equipo Funcional de Ejecución de Resoluciones de la Oficina de Administración mediante el cual propone la modificación de la "Directiva Nº 018-2016-OSINFOR/05.2
para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas";
el Proveído Nº 063-2018-OSINFOR/05.2, de la Jefa (e) de la Oficina de Administración; el Memorándum Nº 183-2018-OSINFOR/08.1, de fecha 19 de marzo de
2018, de la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre, el Memorándum Nº 097-2018-OSINFOR/08.3, de fecha 19 de marzo de 2018, de la Dirección de Evaluación Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Nº 026-2018-OSINFOR/04.1, de fecha 27 de marzo de 2018, del Jefe (e) de la Oficina de Planificación y Presupuesto, y el Informe Legal Nº 095-2018-OSINFOR/04.2, de fecha 05 de abril de 2018, del Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al numeral 3.5 del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1085, es función del OSINFOR
dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellos que se refieran a obligaciones o derechos contenidos en los títulos habilitantes, disposición legal concordante con el numeral 3 del artículo 30º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 129-2016- OSINFOR, publicada el 12 de enero de 2017, se aprueba la Directiva Nº 018-2016-OSINFOR/05.2, "Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas";

Que, mediante el Proveído de vistos, la Jefa (e) de la Oficina de Administración hace suyo el Informe Nº 025-2018-OSINFOR/05.2-EFER por el cual se propone la modificación de la "Directiva Nº 018-2016-OSINFOR/05.2 para la Compensación del pago de multas mediante el Mecanismo de Recuperación de Áreas Degradadas", elaborado con el propósito de simplificar y agilizar la aprobación del mecanismo de compensación en favor de los administrados, teniendo en cuenta la gestión por procesos, el criterio de especialidad, la estructura orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2017-PCM y la creación del Equipo Funcional de Ejecución de Resoluciones, según Resolución Presidencial Nº 131-2017-OSINFOR;

Que, las propuestas están referidas a las actuaciones administrativas internas de la entidad; esto es, a los órganos y unidades orgánicas encargadas de la calificación de la solicitud de compensación, del seguimiento y monitoreo del Plan de Restauración y de la evaluación del informe de cumplimiento del plan, en concordancia a lo dispuesto en el numeral 62.1 del artículo 62º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; consideraciones que no inciden en los administrados;

Que, mediante Informe de vistos la Oficina de Planificación y Presupuesto, concluye que el acotado documento de gestión ha sido verificado sin objeción alguna para su aprobación; indicando que la modificación tiene como finalidad que el instrumento este alineado al Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR y las funciones del Equipo Funcional de Ejecución de Resoluciones de la Oficina de Administración, asimismo, incluye la incorporación de las mejoras y precisiones en el procedimiento de compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas;
contándose con la conformidad de la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre y la Dirección de Evaluación Forestal y de Fauna Silvestre según memorándum de vistos, respectivamente;

Que, mediante Informe Legal de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica, ha emitido opinión favorable respecto a la modificación de la Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas, propuesta por la Coordinadora del Equipo Funcional de Ejecución de Resoluciones de la Oficina de Administración;

Que, conforme al inciso a) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N.º 029-2017-PCM, es función del Presidente Ejecutivo aprobar la política institucional, instrumentos normativos y documentos de gestión en el ámbito de competencia de la Entidad;

En uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, y con los vistos del Secretario General (e), la Jefa (e) de la Oficina de Administración, del Jefe (e) de la Oficina de Planificación y Presupuesto, del Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica, del Director (e) de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre, del Director (e) de Evaluación Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Coordinadora del Equipo Funcional de Ejecución de Resoluciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- MODIFICAR los numerales 1.3, 2.1, 2.2, 2.4, 2.5, 2.7, 3.2 y anexos 1 y 2 de la Directiva Nº 018-2016-OSINFOR/05.2, "Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas", aprobada por la Resolución Presidencial Nº 129-2016- OSINFOR, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente.

Artículo 2.- integrar las modificaciones establecidas en el artículo anterior en la Directiva Nº 018-2016-OSINFOR/05.2, las mismas que entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Las solicitudes aprobadas, presentadas y/o en trámite, se regirán por las modificaciones procedimentales del artículo precedente en lo que resulten aplicables y sin retrotraer etapas.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución y el anexo a que se refiere en el artículo 1, en el Portal Institucional (www.osinfor.gob. pe), siendo responsable de dicha acción la Oficina de Tecnología de la Información.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MÁXIMO SALAZAR ROJAS
Presidente Ejecutivo (e)
Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR

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