6/13/2018

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 206 -2018-GRA/GR Aprueban listado de beneficiarios respecto a la

Aprueban listado de beneficiarios respecto a la devolución de los montos que hubieren sido descontados en relación a la bonificación a que se refiere el D.U. Nº 037-94 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 206 -2018-GRA/GR VISTO El Decreto Supremo Nº 003-2018-EF, la Carta Circular Nº001-2018-CE/DS 003- 2018-EF y la Carta Circular Nº 003-2018-CE/DS 003-2018-EF de la Comisión Especial, y; CONSIDERANDO: Que, la Nonagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley
Aprueban listado de beneficiarios respecto a la devolución de los montos que hubieren sido descontados en relación a la bonificación a que se refiere el D.U. Nº 037-94
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 206 -2018-GRA/GR
VISTO
El Decreto Supremo Nº 003-2018-EF, la Carta Circular Nº001-2018-CE/DS 003- 2018-EF y la Carta Circular Nº 003-2018-CE/DS 003-2018-EF de la Comisión Especial, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Nonagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, señala "Reactívese la Comisión Especial creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 30372, a fin de continuar con el proceso de evaluación y cuantificación correspondiente a la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hubieren descontado respecto a la bonificación a que se refiere el artículo 2º del Decreto de Urgencia 037-94, a que se refiere la citada Disposición".

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2018-EF, se establece la vigencia de la Comisión Especial, reactivada por la Nonagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, así como el Anexo "Lineamientos de la Comisión Especial 2018" y otras disposiciones.

Que, el numeral 3.1 de dichos lineamientos establece que el Titular del Pliego, a través de las Oficinas de Recursos Humanos o las que hagan sus veces, deberá consolidar y presentar la información de sus Beneficiarios incluido el de sus Unidades Ejecutoras a la Secretaría Técnica de la Comisión Especial; por lo tanto, aquellas entidades públicas que no cumplan con las formalidades establecidas en la presente norma, no serán consideradas para la continuación de la devolución a que se refiere la Nonagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Que, mediante Carta Circular Nº001-2018-CE/ DS 003- 2018-EF, de fecha 13 de febrero del 2018, el Presidente de la Comisión Especial, indica que la información debe ser remitida según las indicaciones del Instructivo adjunto a la citada disposición; asimismo, mediante Carta Circular Nº003-2018-CE/DS 003- 2018-EF, de fecha 09 de marzo del 2018, reitera y hace recuerdo que la fecha límite de entrega es hasta el 23 de abril del 2018, es por ello, que resulta necesario aprobar el listado de beneficiarios respecto a la devolución de los montos que hubieren sido descontados en relación a la bonificación a que se refiere el artículo 2 del Decreto de Urgencia 037-94.

Que, por las razones expuestas, de conformidad con la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nº 27902 y 28013, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA; y con la visación de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional de Administración y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Arequipa, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley;

SE RESUELVE:

Artículo 1º: APROBAR el Listado de Beneficiarios, en actividad o que mantuvieron relación laboral con el Pliego 443-Gobierno Regional de Arequipa, para la devolución de los descuentos realizados en la Bonificación del Decreto de Urgencia Nº 037- 94, que como anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2º: REMITIR Copia Fedateada de la presente Resolución y la documentación que sustenta el presente pronunciamiento, incluido en medio magnético, a la Comisión Especial reactivada mediante la Nonagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y Decreto Supremo Nº 003-2018-EF; a través de la Secretaria Técnica - Oficina de Normalización Previsional, para los fines que correspondan.

Artículo 3º: PUBLICAR el texto de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y el Portal Institucional del Gobierno Regional de Arequipa (www. regionarequipa.gob.pe).

Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintitrés (23) días del mes de abril del año dos mil dieciocho.

Regístrese y comuníquese.

YAMILA OSORIO DELGADO
Gobernadora Regional

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.