7/18/2018
Ficha Técnica Simplificada Proyectos Inversión RM 376-2018-MINEDU Educacion
Poder Ejecutivo, Educacion Aprueban la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0" RM 376-2018-MINEDU Lima, 16 de julio de 2018 Vistos, el Expediente Nº UPI.2017-INT-0204572, el Informe Nº 0589-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI y el Informe Nº 0111-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de
Aprueban la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0"
RM 376-2018-MINEDU
Lima, 16 de julio de 2018
Vistos, el Expediente Nº UPI.2017-INT-0204572, el Informe Nº 0589-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI y el Informe Nº 0111-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y el Informe Nº 447-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Posteriormente se aprobó su Reglamento con el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, el cual fue modificado por Decreto Supremo Nº 104-2017-EF y el Decreto Supremo Nº 248-2017-EF, en adelante el Reglamento;
TAMBIEN PUEDES VER: Convenio Relativo Importación Temporal DS 031-2018-RE Relaciones Exteriores
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de
Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;
Que, el artículo 6 del Reglamento establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; mientras que en el literal a) de dicho artículo se dispone que en el caso de los Sectores, el Órgano Resolutivo aprueba las metodologías específicas para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión que se enmarquen en su responsabilidad funcional, aplicables a los tres niveles de gobierno;
MAS NORMAS LEGALES: Modelo Contrato Explotación Jurel Alta Mar RM 289-2018-PRODUCE Produce
Que, el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento establece que en el marco de las metodologías específicas, los Órganos Resolutivos de los Sectores del Gobierno Nacional definirán progresivamente las Fichas Técnicas aplicables a los proyectos de inversión, las cuáles pueden ser estándar o simplificadas. Asimismo, señala que la OPMI de cada Sector del Gobierno Nacional propone a su Órgano Resolutivo la estandarización de proyectos y las Fichas Técnicas respectivas;
Que, por su parte el literal k) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento establece que la OPMI de un Sector del Gobierno Nacional, tiene la función de elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras del Sector, cuando corresponda; siendo que las metodologías específicas no podrán considerar aspectos contrarios a la metodología general aprobada por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI); en tal sentido, previamente a su aprobación serán remitidas al DGPMI para su conocimiento;
Que, el literal a) del numeral 5.3 del artículo 5 de la Directiva Nº 002-2017-EF/63.01 denominada "Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada por la Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/63.01, y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 004-2017-EF/63.01 y Nº 007-2017-EF/63.01, establece como función de la OPMI elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con las UF del Sector;
Que, mediante el Informe Nº 589-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI y el Informe Nº 0111-2018-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, la OPMI del Ministerio de Educación sustenta y propone la aprobación de la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0"
y su instructivo, señalando que dicha ficha aplica a proyectos de inversión con un monto de inversión menor a 750 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y que esta metodología específica guarda correspondencia con los requisitos establecidos en el literal a) del artículo 6, el literal k) del numeral 7.1 del artículo 7 y el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento;
Con el visado de la Secretaria General, el Viceministro de Gestión Institucional, el Secretario de Planificación Estratégica, la Jefa de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, la Jefa de la Unidad de Programación e Inversiones, el Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones del Programa de Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco, el Director General de la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Directora de la Dirección de Normatividad de Infraestructura, la Directora de la Dirección de Educación Inicial, la Directora de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente y la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF; la Directiva Nº 002-2017- EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/63.01; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0", metodología específica para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión del Sector Educación; así como su correspondiente instructivo, documentos que como Anexo forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Educación realice la difusión de la metodología específica aprobada mediante la presente resolución a las unidades formuladoras de los tres niveles de gobierno y brinde la capacitación y asistencia técnica correspondiente, en el marco de su función establecida en el literal l) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 376-2018-MINEDU Aprueban la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 376-2018-MINEDU
- Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-07-18
- Fecha de aplicacion : 2018-07-19
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)