7/11/2018

Prorrogan Reserva Recursos Hídricos Favor RJ 199-2018-ANA Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca para atender la demanda hídrica poblacional y agrícola del Sistema Integral Lagunillas RJ 199-2018-ANA Lima, 10 de julio de 2018 VISTO: El Oficio Nº 272-2018-MINAGRI-PEBLT-DE, de fecha 09 de mayo de 2018, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca sobre prórroga de reserva de recursos hídricos; y, CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca para atender la demanda hídrica poblacional y agrícola del Sistema Integral Lagunillas
RJ 199-2018-ANA
Lima, 10 de julio de 2018
VISTO:

El Oficio Nº 272-2018-MINAGRI-PEBLT-DE, de fecha 09 de mayo de 2018, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca sobre prórroga de reserva de recursos hídricos; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5 del artículo 15º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación;

Que, según el numeral 208.1 del artículo 208º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, la reserva de recursos hídricos se otorga por un período máximo de dos (02) años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motivan, debiéndose en cada prórroga descontar los volúmenes de agua de las licencias de uso de agua otorgadas con cargo a la reserva de recursos hídricos;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 247-2016-ANA, de fecha 23 de setiembre de 2016, se prorrogó, con eficacia anticipada al 12 de mayo de 2016, a favor del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PELT) del Ministerio de Agricultura y Riego, la reserva de recursos hídricos provenientes del río Ichocollo, quebrada Lagunillas Norte, quebrada Lagunillas Sur y río Verde, afl uentes del río Cabanillas, por un volumen anual de 484.23 Hm³ por el plazo de dos (02) años, para atender

la demanda hídrica poblacional y agrícola de 30,844
hectáreas del Sistema Integral Lagunillas, otorgada mediante Resolución Jefatural Nº 161-2014-ANA, de fecha 12 de mayo de 2014;

Que, mediante documento del visto, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca, solicita la prórroga de la reserva de recursos hídricos, otorgada mediante Resolución Jefatural Nº 161-2014-ANA y prorrogada con Resolución Jefatural Nº 247-2016-ANA, indicando que el Sistema Integral Lagunillas se encuentra en etapa de ejecución de infraestructura, el cual satisfará la demanda de los usuarios del sistema con la ejecución de diversos proyectos a desarrollarse por dicha entidad;


Que, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, mediante Informe Técnico Nº 196-2018-ANA-DCERH-AESFRH, de fecha 08 de junio de 2018, indica que la recurrente posee reserva de recursos hídricos prorrogada con Resolución Jefatural Nº 247-2016-ANA, por un volumen anual de 484.23 Hm³ y que habiéndose descontado los derechos de uso de agua con cargo a la reserva de recursos hídricos y considerando la información justificatoria, concluye que es procedente prorrogar a favor del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca, la reserva de recursos hídricos provenientes del río Ichocollo, quebrada Lagunillas Norte, quebrada Lagunillas Sur y río Verde, afl uentes del río Cabanillas, por un volumen anual de 446.90 Hm³, para atender la demanda hídrica poblacional y agrícola de 30,844
hectáreas del Sistema Integral Lagunillas;

Que, habiendo la recurrente presentado su solicitud de prórroga de reserva de recursos hídricos con documento de fecha 09 de mayo de 2018 y dado que el plazo de vigencia de la reserva prorrogada mediante Resolución Jefatural Nº 247-2016-ANA venció el 12 de mayo de 2018, corresponde aplicar la figura legal de eficacia anticipada señalada en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en concordancia con el numeral 143.3 del artículo 143º de la referida Ley, y;

Estando a lo opinado por la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos y con el visto de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo establecido en el artículo 103º de la Ley de Recursos Hídricos y en los artículos 206º y 208º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- De la Prórroga de reserva de recursos hídricos Prorróguese, a favor del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT) del Ministerio de Agricultura y Riego, la reserva de recursos hídricos proveniente del río Ichocollo, quebrada Lagunillas Norte, quebrada Lagunillas Sur y río Verde, afluentes del río Cabanillas, por un volumen anual de 446.90
Hm³, para atender la demanda hídrica poblacional y agrícola de 30,844 hectáreas del Sistema Integral Lagunillas, por el plazo de dos (02) años, con eficacia anticipada al 13 de mayo de 2018.

Artículo 2º.- De la Supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Titicaca y la Administración Local de Agua Juliaca, son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

Regístrese, comuníquese y publíquese,
WALTER OBANDO LICERA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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