8/03/2018

Comisión Encargada Elaborar Bases Términos RM 316-2018-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Crean Comisión encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras en el ámbito nacional RM 316-2018-PRODUCE Lima, 1 de agosto de 2018 VISTOS: Los Informes Nº 00001-2018-PRODUCE/ DVC-oponce y Nº 00003-2018-PRODUCE/DVC-oponce de la Dirección de Vigilancia y Control de la Dirección
Poder Ejecutivo, Produce
Crean Comisión encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras en el ámbito nacional
RM 316-2018-PRODUCE
Lima, 1 de agosto de 2018
VISTOS: Los Informes Nº 00001-2018-PRODUCE/ DVC-oponce y Nº 00003-2018-PRODUCE/DVC-oponce de la Dirección de Vigilancia y Control de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Memorando Nº 619-2018-PRODUCE/DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Memorando Nº 498-2018-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y el Informe Nº 850-2018-PRODUCE/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en su artículo 101 establece que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) está facultado a establecer programas pilotos y de control y para el manejo de recursos hidrobiológicos; para cuyo efecto podrá contratar empresas especializadas para la ejecución de los actos de peritaje, inspección y control. Asimismo, en las disposiciones que establezcan programas de control para la extracción de determinadas especies, se podrá disponer obligaciones previas de inscripción, suscripción de convenios u otras modalidades que garanticen el debido cumplimiento de dichos programas;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE se creó el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo que tiene como objetivo general combatir la pesca ilegal de recursos hidrobiológicos del ámbito marítimo, con el uso de embarcaciones que no cuentan con permisos de pesca o que contando con dicho derecho administrativo capturan recursos no autorizados, así como aquellos que teniendo permiso de pesca descargan un volumen mayor al autorizado;


Que, el Decreto Supremo Nº 008-2013-PRODUCE
que aprueba el Reglamento del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional en sus artículos 1 y 3 establece denominar al "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el ámbito marítimo" como "Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional" y, prevé que para su ejecución el Ministerio de la Producción, mediante un proceso de selección, podrá determinar las empresas supervisoras de reconocido prestigio a nivel internacional que serán responsables de realizar su ejecución;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-2015-PRODUCE, el Ministerio de la Producción constituyó la Comisión encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, para el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2016
al 31 de diciembre de 2018;

Que, la Dirección de Vigilancia y Control de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura (DVPA) en los Informes Nº 00001-2018-PRODUCE/ DVC-oponce y Nº 00003-2018-PRODUCE/DVC-oponce señala, entre otros: i) Estando próximo a concluir la vigencia de los convenios suscritos con las empresas supervisoras a cargo del Programa de Vigilancia y Control de las Actividades Pesqueras y Acuícolas en el ámbito nacional para el periodo 2016 - 2018 y a fin de asegurar la continuidad del referido programa, es necesaria la constitución de la Comisión encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que presten el servicio de vigilancia y control del indicado programa para el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021; ii) Delegar en el Director General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del DVPA las facultades de suscribir en representación del Ministerio de la Producción, los convenios con las empresas supervisoras seleccionadas que ejecutarán dicho Programa, así como la resolución de los convenios,
la ejecución de garantías y la aplicación de penalidades que se deriven de los mismos; iii) El plazo máximo de veinte (20) días hábiles que tiene la Comisión para elevar a la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del DVPA las Bases y Términos de Referencia obedece a la envergadura del proceso de selección y a la complejidad del servicio a contratar; iv) La presentación de informes al DVPA lo realizará el Presidente de la Comisión, cargo que no recaerá en el Director General, a fin de evitar confl icto de intereses, pues es este quien aprueba las Bases y Términos de Referencia;

Que, si bien la facultad de ejercer la representación legal del Ministerio corresponde al señor Ministro, de conformidad con lo indicado en el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; dicha autoridad puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; por lo que se considera necesaria efectuar la delegación que se indica en el considerando precedente;

Con las visaciones del Viceministro de Pesca y Acuicultura y de los Directores Generales de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias;
el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias;
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, y modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Objeto Constituir la Comisión encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, para el período comprendido entre el 01 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021, la misma que estará integrada por un (01) miembro titular y un (01) suplente en representación de las siguientes direcciones y oficinas generales del Ministerio de la Producción:
- Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, quién la presidirá.
- Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto.
- Dirección General de Pesca Artesanal.
- Oficina General de Tecnologías de la Información.
- Oficina General de Asesoría Jurídica.

Artículo 2.- Funciones La Comisión a que hace referencia el artículo precedente tendrá las siguientes funciones:
- Elaborar las Bases y Términos de Referencia del proceso de selección de las empresas que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, por el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021.
- Convocar y conducir el proceso de selección correspondiente.

La citada Comisión desempeñará las funciones encomendadas, sin perjuicio del ejercicio de las funciones que le son propias a las dependencias competentes en las materias correspondientes del Ministerio de la Producción y de sus Organismos Públicos.

Durante la ejecución del proceso de selección podrán participar dos (02) representantes de gremios empresariales y un (01) representante del Órgano de Control Institucional, quienes actuarán como observadores del proceso de selección.

Artículo 3.- Plazo para instalación La Comisión constituida en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se instalará en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles contados desde la fecha de su publicación.

Artículo 4.- Delegación Delegar en el Director General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura las facultades de suscribir en representación del Ministerio de la Producción, los Convenios que contemplen las etapas de implementación y ejecución del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, con las empresas supervisoras seleccionadas que ejecutarán dicho Programa del 01 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021; así como, resolver dichos convenios, ejecutar las garantías y aplicar penalidades que deriven de los mismos, en caso corresponda.

Artículo 5.- Presentación de Informes La Comisión elevará a la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción las Bases y Términos de Referencia del proceso de selección de las empresas que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles, para la aprobación correspondiente.

El Presidente de la Comisión a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deberá informar al Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura cuando ocurran hechos que dilaten o interfieran con el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, así como su resultado, cuando dicho proceso concluya.

Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www. produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Ministro de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 316-2018-PRODUCE Crean Comisión encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras en el ámbito nacional
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 316-2018-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-08-03
  • Fecha de aplicacion : 2018-08-04

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