8/23/2018

Patrimonio Cultural Nación Material Documental RV 131-2018-VMPCIC-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al material documental correspondiente a "Manuscritos de la obra intelectual de Ricardo Palma Soriano (1877-1904)" RV 131-2018-VMPCIC-MC Lima, 21 de agosto de 2018 VISTO, el Oficio Nº T00066-2018-BNP/J de fecha 14 de agosto de 2018 de la Biblioteca Nacional del Perú, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos,
Poder Ejecutivo, Cultura
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al material documental correspondiente a "Manuscritos de la obra intelectual de Ricardo Palma Soriano (1877-1904)"
RV 131-2018-VMPCIC-MC
Lima, 21 de agosto de 2018
VISTO, el Oficio Nº T00066-2018-BNP/J de fecha 14 de agosto de 2018 de la Biblioteca Nacional del Perú, y;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1255, define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;


Que, el artículo IV del acotado Título Preliminar, señala que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la antes mencionada Ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario, entre otros;


Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1255, es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura, respecto de otros niveles de gobierno, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 14 de la citada Ley, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, la Biblioteca Nacional del Perú, se constituye en un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura, en virtud de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultural y el artículo 101 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

Que, asimismo, el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, señala que el Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados, es el órgano de línea responsable de dirigir, organizar, ejecutar
y evaluar las acciones y programas de captación, rescate, registro, declaración, custodia, preservación, conservación y control del material documental bibliográfico que constituye Patrimonio Cultural de la Nación; así como de la investigación y valorización del mismo y de los servicios especializados en apoyo a la investigación científica;

Que, mediante Oficio Nº T00066-2018-BNP/J de fecha 14 de agosto de 2018, la Jefa Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remitió al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Informe Técnico y fichas que sustenta la propuesta de declaración de Patrimonio Cultural de la Nación del material documental correspondiente a "Manuscritos de la obra intelectual de Ricardo Palma Soriano (1877-1904)", por tratarse de manuscritos autógrafos de Ricardo Palma que presentan contenido histórico y literario, los que contribuyen a un conocimiento más profundo respecto al proceso de construcción y redacción de las obras de Palma;

Que, con el Informe Técnico Nº 004-2018 y las Fichas Técnicas Nº 004-2018, Nº 005-2018, Nº 006-2018, Nº 007-2018, Nº 008-2018, Nº 009-2018, Nº 010-2018 y Nº 011-2018 de la Biblioteca Nacional del Perú, se detalla la importancia, valor y significado del material documental perteneciente a la obra intelectual de Ricardo Palma Soriano, el cual reúne el mérito para que sea declarado como Patrimonio Cultural de la Nación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;

Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED;
y Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al material documental correspondiente a "Manuscritos de la obra intelectual de Ricardo Palma Soriano (1877-1904)".

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Viceministerial a la Biblioteca Nacional del Perú, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese
LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 131-2018-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al material documental correspondiente a "Manuscritos de la obra intelectual de Ricardo Palma Soriano (1877-1904)"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 131-2018-VMPCIC-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-08-23
  • Fecha de aplicacion : 2018-08-24

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