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Segunda Disposición Complementaria Transitoria RDE 200-2018-SERFOR/DE Agricultura y Riego
8/25/2018
Segunda Disposición Complementaria Transitoria RDE 200-2018-SERFOR/DE Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Modifican la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de los "Lineamientos para la aplicación de los criterios de gradualidad para la imposición de la sanción pecuniaria" aprobados por Res. Nº 004-2018-SERFOR-DE RDE 200-2018-SERFOR/DE Lima, 24 de agosto de 2018 VISTO: El Informe Técnico-Legal Nº 017-2018-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ, de fecha 23 de agosto de 2018, emitido de forma conjunta por la Dirección General de
Modifican la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de los "Lineamientos para la aplicación de los criterios de gradualidad para la imposición de la sanción pecuniaria" aprobados por Res. Nº 004-2018-SERFOR-DE
RDE 200-2018-SERFOR/DE
Lima, 24 de agosto de 2018
VISTO:
El Informe Técnico-Legal Nº 017-2018-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ, de fecha 23 de agosto de 2018, emitido de forma conjunta por la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el artículo 14 de la citada ley establece como una de las funciones del SERFOR, emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de las disposiciones para promover la formalización y adecuación de las actividades del sector forestal y de fauna silvestre, aprobadas por Decreto Supremo Nº 011-2016-MINAGRI, faculta al SERFOR a desarrollar los criterios de gradualidad para la aplicación de la sanción pecuniaria, en coordinación con el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR
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y las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre, en el marco de las competencias para ejercer su potestad sancionadora;
Que, en cumplimiento de las disposiciones referidas en el considerando anterior, el SERFOR
aprueba, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 004-2018-SERFOR-DE, los "Lineamientos para la aplicación de los criterios de gradualidad para la imposición de la sanción pecuniaria";
Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de los mencionados lineamientos, dispone que son de aplicación a los procedimientos administrativos sancionadores en trámite siempre y cuando la sanción pecuniaria calculada sea más favorable al administrado, en relación a la que se hubiera obtenido sin ésta;
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Que, por otro lado, el numeral 5 del artículo 246 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO-LPAG), aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, desarrolla el principio de irretroactividad, señalando que son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar, salvo que las posteriores le sean más favorables. Las disposiciones sancionadoras producen efecto retroactivo en cuanto favorecen al presunto infractor o al infractor, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones en ejecución al entrar en vigor la nueva disposición;
Que, a efectos de concordar las disposiciones contenidas en los "Lineamientos para la aplicación de los criterios de gradualidad para la imposición de la sanción pecuniaria", aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 004-2018-SERFOR-DE, con los preceptos del TUO-LPAG, es necesario modificar la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de los referidos lineamientos;
Con el visado del Director General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre;
el Decreto Supremo Nº 011-2016-MINAGRI, que aprueba las disposiciones para promover la formalización y adecuación de las actividades del sector forestal y de fauna silvestre; así como, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo
Nº 016-2014-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de los "Lineamientos para la aplicación de los criterios de gradualidad para la imposición de la sanción pecuniaria", aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 004-2018-SERFOR-DE, la cual queda redactada conforme a lo siguiente:
"Segunda.- Aplicación retroactiva de los criterios de gradualidad La aplicación de los criterios de gradualidad para la imposición de la sanción pecuniaria se hace extensiva a los procedimientos administrativos sancionadores iniciados y que se encuentren en trámite e, incluso, a las sanciones impuestas que, a la fecha de entrada en vigencia de los presentes lineamientos, se encuentren en ejecución, siempre que favorezcan al presunto infractor o al infractor, respectivamente; conforme a lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 246 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS."
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.serfor. gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOHN LEIGH VETTER
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
NORMA LEGAL:
- Titulo: RDE 200-2018-SERFOR/DE Modifican la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de los "Lineamientos para la aplicación de los criterios de gradualidad para la imposición de la sanción pecuniaria" aprobados por Res. Nº 004-2018-SERFOR-DE
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
- Numero : 200-2018-SERFOR/DE
- Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-08-25
- Fecha de aplicacion : 2018-08-26
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