9/27/2018

Reconforman Grupo Trabajo Gestión Riesgo RM 366-2018-MEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Reconforman el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio RM 366-2018-MEM/DM Lima, 25 de setiembre de 2018 VISTOS: El Informe Técnico Nº 001-2018-MEM-SEG/ DN de la Oficina de Defensa Nacional; y el Informe Nº 888-2018-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Reconforman el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio
RM 366-2018-MEM/DM
Lima, 25 de setiembre de 2018
VISTOS: El Informe Técnico Nº 001-2018-MEM-SEG/ DN de la Oficina de Defensa Nacional; y el Informe Nº 888-2018-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el artículo 3 de la citada Ley Nº 29664 dispone que la Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta
ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible; basada en la investigación científica y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la finalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado;


Que, en ese sentido, el numeral 16.1 del artículo 16 de la citada Ley Nº 29664 señala que los ministros son las máximas autoridades responsables de la implementación de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres de sus respectivos ámbitos de competencia; en concordancia a ello, el numeral 16.2. de la mencionada norma dispone que las entidades públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, siendo esta función indelegable;


Que, por otro lado, el numeral 13.4 del artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia. Estos grupos coordinarán y articularán la gestión prospectiva, correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD. Los grupos de trabajo estarán integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes;

Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 443-2011-MEM/DM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 024-2012-MEM/DM y la Resolución Ministerial Nº 560-2012-MEM/DM, se establece la conformación del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Energía y Minas, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 001-2012-PCM/SINAGERD "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM;

Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de Vistos, resulta necesario reconformar el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Energía y Minas, acorde a la estructura orgánica del Ministerio establecida en el artículo 10 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM que aprueba la Directiva Nº 001-2012-PCM/SINAGERD "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno";

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Reconformar el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Energía y Minas, constituido por la Resolución Ministerial Nº 443-2011-MEM/DM, modificada por Resolución Ministerial Nº 024-2012-MEM/DM y Resolución Ministerial Nº 560-2012-MEM/DM, el cual está integrado por:
- El/La Ministro/a de Energía y Minas, quien lo presidirá.
- El/La Viceministro/a de Electricidad.
- El/La Viceministro/a de Minas.
- El/La Viceministro/a de Hidrocarburos.
- El/La Secretario/a General.
- El/La Director/a General de Minería.
- El/La Director/a General de Electricidad.
- El/La Director/a General de Hidrocarburos.
- El/La Director/a General de Asuntos Ambientales Mineros.
- El/La Director/a General de Asuntos Ambientales de Electricidad.
- El/La Directora/a General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos.
- El/La Director/a General de Electrificación Rural.
- El/La Director/a General de Eficiencia Energética.
- El/La Director/a General de Administración.
- El/La Director/a General de Planeamiento y Presupuesto.
- El/La Director/a General de Gestión Social.
- El/La Director/a de Defensa Nacional.
- El/La Presidente/a del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN.
- El/La Presidente/a del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET.

Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para las acciones de coordinación como integrantes del SINAGERD; así como a los miembros del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 366-2018-MEM/DM Reconforman el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 366-2018-MEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-09-27
  • Fecha de aplicacion : 2018-09-28

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