10/27/2018

Comité Gobierno Digital Fondepes Fondo Nacional RJ Produce

Poder Ejecutivo, Produce Constituyen el Comité de Gobierno Digital del FONDEPES FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RJ 132-2018-FONDEPES/J Lima, 26 de octubre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 027-2018-Fondepes/OGA/ATIC del Área de T ecnologías de la Información y Comunicación (en adelante el ATIC), la nota Nº 269-2018-Fondepes/ OGA de la Oficina General de Administración (en adelante la OGA), el Memorando Nº 495-2018-FONDEPES/OGPP de la Oficina General
Poder Ejecutivo, Produce
Constituyen el Comité de Gobierno Digital del FONDEPES FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES
RJ 132-2018-FONDEPES/J
Lima, 26 de octubre de 2018
VISTOS: El Informe Nº 027-2018-Fondepes/OGA/ATIC del Área de T ecnologías de la Información y Comunicación (en adelante el ATIC), la nota Nº 269-2018-Fondepes/ OGA de la Oficina General de Administración (en adelante la OGA), el Memorando Nº 495-2018-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (en adelante la OGPP) y el Informe Nº 769-2018-FONDEPES/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (en adelante la OGAJ); y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 081-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013-2017, siendo el principal instrumento para propiciar el desarrollo y despliegue del Gobierno Electrónico en el Perú, siendo de alcance y cumplimiento obligatorio por parte de todos los entes y niveles de las entidades de la Administración Pública, la cual prevé determinados lineamientos estratégicos para la adopción del Gobierno Electrónico en el país;


Que, mediante el Decreto Supremo Nº 033-2018-PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas la creación del rol del Líder de Gobierno Digital en cada una de las entidades de la administración pública para la coordinación de acciones y medidas para la transformación digital y despliegue del Gobierno Digital;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, se dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública, el cual constituirá un mecanismo de gobierno para la dirección, evaluación y supervisión del proceso de transformación digital y Gobierno Digital en las entidades de la Administración Pública, contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos y planes institucionales,

así como a una mejor prestación de servicios públicos digitales de cara a la ciudadanía;

Que, mediante el Informe Nº 027-2018-Fondepes/ OGA/ATIC del ATIC y la nota Nº 269-2018-Fondepes/OGA de la OGA, se señalan que resulta necesario la creación del Comité de Gobierno Digital del Fondepes, así como su conformación y la determinación de sus funciones, para lo cual solicitan se emita la Resolución que disponga la creación del citado Comité;

Que, mediante el Memorando Nº 495-2018-FONDEPES/OGPP de la OGPP se emite opinión favorable sobre la creación del Comité de Gobierno Digital del Fondepes;

Que, mediante el Informe Nº 769-2018-FONDEPES/ OGAJ de la OGAJ se emite opinión sobre la viabilidad legal de la emisión del acto resolutivo de creación del Comité de Gobierno Digital del Fondepes;

Que, en tal sentido, corresponde constituir y conformar el Comité de Gobierno Digital del Fondepes, así como establecer sus funciones;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, y;

Con los visados de la Secretaría General, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en lo que corresponde a sus respectivas competencias;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Constituir el Comité de Gobierno Digital del Fondepes, el mismo que está conformado por:
• El/la Jefe/a del Fondepes, quien lo presidirá.
• El/la asesor (a) II como líder de Gobierno Digital.
• El/la Coordinador/a del Área de Tecnologías de la Información y Comunicación o quien haga de sus veces.
• El/la Coordinador/a de la Oficina General de Recursos Humanos o quien haga de sus veces.
• El/la Secretario/a General del Fondepes como responsable de Atención al Ciudadano.
• El/la Oficial de Seguridad de la Información.

Artículo 2º.- El Comité de Gobierno Digital del Fondepes, tiene las siguientes funciones, como mínimo:
a) Formular el Plan de Gobierno Digital del Fondepes.
b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital del Fondepes.
c) Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades del Fondepes, objetivos institucionales, entre otros con miras a implementar el Gobierno Digital.
d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital en los Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros.
e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales en el Fondepes.
f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital.
g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital en el Fondepes.
h) Promover el intercambio de datos de información, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades.
i) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia.

Artículo 3º.- El Comité de Gobierno Digital del Fondepes deberá determinar la oportunidad de sus sesiones, lugares de reunión, quórum, registro de actas, funciones y actividades de cada miembro, así como otros aspectos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 4º.- Disponer que los órganos del Fondepes presten apoyo al Comité de Gobierno Digital para el cumplimiento de sus funciones, pudiendo ser convocados a participar en las sesiones del mismo.

Artículo 5º.- La presente Resolución Jefatural será publicada en el Portal Institucional del Fondepes (www. fondepes.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Jefe

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 132-2018-FONDEPES/J Constituyen el Comité de Gobierno Digital del FONDEPES FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 132-2018-FONDEPES/J
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-10-27
  • Fecha de aplicacion : 2018-10-28

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