11/16/2018

Transferencia Financiera Programa Educación RM 620-2018-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Autorizan Transferencia Financiera del Programa Educación Básica para Todos, para financiar la Tercera Transferencia en el Marco del Convenio Nº 263-2016-MINEDU RM 620-2018-MINEDU Lima, 15 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 725-2017-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional
Poder Ejecutivo, Educacion
Autorizan Transferencia Financiera del Programa Educación Básica para Todos, para financiar la Tercera Transferencia en el Marco del Convenio Nº 263-2016-MINEDU
RM 620-2018-MINEDU
Lima, 15 de noviembre de 2018

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 725-2017-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 9 839 253 844,00 (NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA
Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y
TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y
00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;

Que, la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional durante el Año Fiscal 2018, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, para los procesos de formación, capacitación, innovación y evaluación en materia educativa, para la asistencia técnica y el monitoreo de la ejecución de proyectos de inversión vinculados a materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; asimismo, establece que las citadas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos.


Dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano.

Finalmente, señala que la entidad del Gobierno Nacional es responsable del monitoreo, seguimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos.


Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme a la presente disposición;

Que, con fecha 30 de setiembre de 2016, el Ministerio de Educación (MINEDU) y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), suscribieron el Convenio Nº 263-2016-MINEDU, el cual tiene por objeto que el INEI
realice la Caracterización de las Instituciones Educativas de Educación Intercultural Bilingüe incluidas en el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educación Intercultural Bilingüe y en el Censo Escolar del año 2015, a través de un Censo; con el fin de obtener información precisa y técnicamente fiable de aquellas en las que se encuentra estudiando la población estudiantil indígena de nuestro país, y que por tanto, deben ser atendidas con el Modelo de Servicio de Educación Intercultural Bilingüe (EIB), a fin de garantizar un adecuado proceso de enseñanza y la mejora de la calidad educativa;

Que, con fecha 28 de febrero de 2017, se suscribió la Adenda Nº 001 al Convenio Nº 263-2016-MINEDU, por la cual se modifica el cronograma de actividades y plazos para entrega de productos, según lo establecido en los Términos de Referencia y la Estructura de Costos, que como Anexos 1 y 2, respectivamente, forman parte del citado Convenio;

Que, con fecha 29 de diciembre de 2017 se suscribió la Adenda Nº 002 al Convenio Nº 263-2016-MINEDU, mediante la cual se extiende la vigencia del mismo hasta el 31 de agosto de 2018;

Que, la Cláusula Sexta: Financiamiento del Convenio Nº 263-2016-MINEDU, modificado por las Adendas Nºs 001 y 002, establece que el MINEDU transferirá a favor del INEI el monto de hasta S/ 31 145 031,30 (TREINTA Y UN
MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TREINTA
Y UNO Y 30/100 SOLES), suma que cubre los costos y gastos administrativos efectivamente realizados por el INEI
para el cumplimiento del objeto del Convenio en mención, según el detalle de la Estructura de Costos elaborada por el INEI, que como Anexo 2 forma parte integrante del citado Convenio; asimismo, se dispone como condición necesaria para la transferencia de la suma antes indicada, que el INEI
debe cumplir con entregar al MINEDU, la documentación y/o información que se establece en los Términos de Referencia, que como Anexo 1, forma parte del Convenio bajo comentario, y recibir la conformidad respectiva. Finalmente, señala que el monto antes referido será transferido al INEI
en tres oportunidades, conforme al siguiente detalle: a) la primera transferencia financiera correspondiente al 16% del monto total del Convenio que asciende a la suma de hasta
S/ 5 119 008,00 (CINCO MILLONES CIENTO DIECINUEVE
MIL OCHO Y 00/100 SOLES); b) la segunda transferencia financiera correspondiente al 82% del monto total del Convenio, que asciende a la suma de hasta S/ 25 465 879,25 (VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA
Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y
25/100 SOLES); y c) la tercera transferencia financiera correspondiente al 2% del monto total del Convenio que asciende a la suma de hasta S/ 560 144,05 (QUINIENTOS
SESENTA MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 05/100
SOLES);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 525-2016-MINEDU se autorizó la Primera Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para T odos, hasta por el monto de S/ 5 119 008,00 (CINCO
MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL OCHO Y 00/100
SOLES), de la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática, conforme a lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio Nº 263-2016-MINEDU;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 281-2017-MINEDU se autorizó la Segunda Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para T odos, hasta por el monto de S/ 25 465 879,25 (VEINTICINCO
MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 25/100 SOLES), de la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática, conforme a lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio Nº 263-2016-MINEDU;

Que, con Informe Nº 358-2018-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA-DEIB, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos
en el Ámbito Rural, sustenta y solicita se efectúe la Tercera Transferencia Financiera hasta por la suma de
S/ 560 144,05 (QUINIENTOS SESENTA MIL CIENTO
CUARENTA Y CUATRO Y 05/100 SOLES) conforme a lo establecido en la Cláusula Sexta y en el numeral XVI del Anexo 1 del Convenio Nº 263-2016-MINEDU, modificado por las Adendas Nºs 001 y 002;

Que, a través del Informe Nº 886-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Tercera Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la INEI, en el marco de lo establecido en el Convenio Nº 236-2016-MINEDU y las citadas Adendas, señalando que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026:

Programa de Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para financiar la citada transferencia;

Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 560 144,05 (QUINIENTOS SESENTA MIL CIENTO
CUARENTA Y CUATRO Y 05/100 SOLES), para financiar la Tercera Transferencia Financiera del Convenio Nº 263-2016-MINEDU y Adendas;

Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorízase una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 560 144,05 (QUINIENTOS SESENTA MIL
CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 05/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para financiar la Tercera Transferencia en el marco del Convenio Nº 263-2016-MINEDU, Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática y sus Adendas.

Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3.- La Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera en el marco del Convenio Nº 263-2016-MINEDU y Adendas.

Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que corresponden.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 620-2018-MINEDU Autorizan Transferencia Financiera del Programa Educación Básica para Todos, para financiar la Tercera Transferencia en el Marco del Convenio Nº 263-2016-MINEDU
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 620-2018-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-16
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-17

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.