12/14/2018

Publicación Proyecto Decreto Supremo RM 557-2018-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los lineamientos para las acciones de fiscalización en el proceso de exportación de recursos hidrobiológicos vivos, así como su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio RM 557-2018-PRODUCE Lima, 13 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 0023-2018-PRODUCE/DGF-PA-dvarillas de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción; el Informe Nº
Poder Ejecutivo, Produce
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los lineamientos para las acciones de fiscalización en el proceso de exportación de recursos hidrobiológicos vivos, así como su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio
RM 557-2018-PRODUCE
Lima, 13 de diciembre de 2018
VISTOS: El Informe Nº 0023-2018-PRODUCE/DGF-PA-dvarillas de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción; el Informe Nº 198-2018-SANIPES/DSFPA del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera; el Informe Nº 399-2018-PRODUCE/DGPARPA-DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y el Informe Nº 1482-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, los artículos 66, 67 y 68 de la Constitución Política del Perú establecen que los recursos naturales son patrimonio de la Nación y que el Estado está obligado a promover su uso sostenible y la conservación de la diversidad biológica;

Que, el artículo 6 de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, señala que el Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales y que su soberanía se traduce en la competencia que tiene para legislar, ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos;


Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el referido organismo es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; así también, es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, acuicultura de micro y pequeña empresa (AMYPE)
y acuicultura de recursos limitados (AREL), promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción;


Que, asimismo, el numeral 7.2 del artículo 7 de la precitada Ley dispone que el Ministerio de la Producción tiene como funciones, entre otras, cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad fiscalizadora, sancionadora y de ejecución coactiva correspondiente y que para estos efectos dicta las medidas cautelares y correctivas correspondientes;

Que, el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que corresponde al Estado regular su manejo integral y la explotación racional, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE se aprobó el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, el cual regula la actividad administrativa de fiscalización y el procedimiento sancionador en materia de pesquería y acuicultura de competencia del Ministerio de la Producción y de los Gobiernos Regionales;

Que, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción mediante el documento de Vistos ha propuesto la aprobación mediante Decreto Supremo, de los lineamientos para las acciones de fiscalización en el proceso de exportación de recursos hidrobiológicos vivos, que regulan las disposiciones referidas a la fiscalización previa al embarque para la exportación de los citados recursos hidrobiológicos;

Que, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura considerando la información contenida en el expediente y lo opinado por la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción y el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera recomienda la aprobación de los lineamientos para las acciones de fiscalización en el proceso de exportación de recursos hidrobiológicos vivos;

Que, atendiendo a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los lineamientos para las acciones de fiscalización en el proceso de exportación de recursos hidrobiológicos vivos, así como su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, por un plazo de treinta (30) días hábiles, a fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias;

Con las visaciones del Viceministro de Pesca y Acuicultura y de los Directores Generales de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Publicación del proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los lineamientos para las acciones
de fiscalización en el proceso de exportación de recursos hidrobiológicos vivos, así como su Exposición de Motivos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de treinta (30) días hábiles, contado desde el día siguiente de la publicación de la presente norma.

Artículo 2.- Mecanismo de participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto a que se refiere el artículo 1 deben ser remitidos al Ministerio de la Producción con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, ubicada en Calle Uno Oeste Nº 060 - Urbanización Córpac, San Isidro o a la dirección electrónica: DGPARPA@produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Ministro de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 557-2018-PRODUCE Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los lineamientos para las acciones de fiscalización en el proceso de exportación de recursos hidrobiológicos vivos, así como su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 557-2018-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-12-14
  • Fecha de aplicacion : 2018-12-15

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