1/31/2019

Nuevas Tarifas Concepto Visitas Ingresos RM 031-2019-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Aprueban nuevas tarifas por concepto de visitas o ingresos a Monumentos Arqueológicos Prehispánicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y Museos, que entrarán en vigencia en el Ejercicio Fiscal 2020 RM 031-2019-MC Lima, 30 de enero de 2019 VISTOS; el Memorando Nº 000060-2019/OGPP/SG/ MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000014-2019/OOM/OGPP/SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización;
Poder Ejecutivo, Cultura
Aprueban nuevas tarifas por concepto de visitas o ingresos a Monumentos Arqueológicos Prehispánicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y Museos, que entrarán en vigencia en el Ejercicio Fiscal 2020
RM 031-2019-MC
Lima, 30 de enero de 2019
VISTOS; el Memorando Nº 000060-2019/OGPP/SG/ MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
el Informe Nº 000014-2019/OOM/OGPP/SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose como una de las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado, el patrimonio cultural de la Nación material e inmaterial;

Que, de acuerdo al artículo 32 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, las tarifas por concepto de visitas o ingresos con fines turísticos a las áreas naturales protegidas, así como a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, una vez establecidas por el órgano que resulte competente, deben ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano en el mes de enero más próximo, y entra en vigencia a los doce (12) meses de su publicación, es decir, en el mes de enero del año siguiente;


Que, el artículo 33 de la Ley a la que se refiere el párrafo precedente establece que los recursos provenientes de las tarifas por concepto de visitas o ingresos con fines turísticos o áreas naturales protegidas, así como a bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación deben ser utilizados, bajo responsabilidad, en la conservación, recuperación, mantenimiento y seguridad del patrimonio cultural y natural de la Nación;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular del Pliego, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;


Que, en ese marco normativo, con Resolución Ministerial Nº 559-2018-MC de fecha 28 de diciembre del 2018, se aprobó el "Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2019", el cual contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, Museos y Museos de Sitio a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos;

Que, conforme al numeral 97.1 del artículo 97 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, éste último a través de sus Direcciones Desconcentradas de Cultura, implementa las políticas relacionadas al registro, inventario, investigación, conservación, puesta en valor, puesta en uso social, gestión y administración del patrimonio arqueológico, histórico, colonial republicano, paisajes culturales, inmaterial, bienes muebles e inmuebles, museos, de artes, de industrias culturales, así como, en materia de interculturalidad, defensa, protección y desarrollo de los pueblos indígenas y de la población afroperuana;

Que, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas, a través del Informe Nº 900062-2018/DDC
AMA/MC, solicita incorporar en el Tarifario de los servicios que brinda el Ministerio de Cultura, el pago por concepto de ingreso a las Salas de Exhibición "Gilberto Tenorio Ruiz", debido a la inversión realizada en la remodelación total de dichas salas, el incremento notable de sus visitantes, el nuevo guión museográfico implementado y los gastos de su mantenimiento;

Que, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ancash, mediante el Informe Nº 900064-2018/DDC ANC/ MC, solicita aprobar el incremento de las tarifas por concepto de ingreso a los monumentos arqueológicos
prehispánicos y museos a su cargo, en razón a la inversión realizada en la renovación museográfica de las salas de exposiciones permanentes y el mejoramiento de sus espacios, así como la implementación de una sala de interpretación en el Monumento Arqueológico de Pañamarca;

Que, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho, a través del Memorando Nº 900683-2018/ DDC AYA/MC, solicita la exclusión de las tarifas para el ingreso al Complejo Arqueológico (de Pomacocha) de Wari, sector Cheqo - Wasi, previstas en el numeral 1.25 del Anexo 1 del Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2019, debido a su baja recaudación en el año 2018;

Que, la Dirección Desconcentrada de Cultura de San Martín, a través del Memorando Nº 900354-2018/ DDC SMA/MC, solicita el incremento de las tarifas para el ingreso al Museo Departamental de San Martín, en atención a la necesidad de cubrir los gastos en recursos humanos y de mantenimiento para la conservación de los bienes culturales muebles que se exhiben;

Que, en atención a los requerimientos expuestos, a través del Memorando Nº 000060-2019/OGPP/SG/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000014-2019/OOM/OGPP/SG/MC, por el cual la Oficina de Organización y Modernización emite opinión favorable para la aprobación de las nuevas tarifas propuestas y la exclusión de la tarifa antes mencionada, que entrarán en vigencia en el año 2020, conforme lo establecido en el artículo 32 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo;

De conformidad con la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar las nuevas tarifas por concepto de visitas o ingresos a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y Museos, las mismas que entrarán en vigencia en el Ejercicio Fiscal 2020, según se detalla a continuación:

Ingreso a Monumentos Arqueológicos Prehispánicos y Museos a cargo de las Direcciones Desconcentradas de Cultura Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas:

Salas de Exhibición "Gilberto Tenorio Ruiz"
CODIGO DENOMINACIÓN DEL SERVICIO
TARIFA
Año Año 2020
2.9
a) Adultos en general.
b) Estudiantes de educación superior universitar-ia y no universitaria.
c) Estudiantes de educación escolar: (inicial, primaria y secundaria) y niños (hasta los doce (12) años).
d) Entrada especial:

El 50% de descuento según Ley se aplica a personas de 60 a más años de edad (1), a personas en servicio militar voluntario (2), y a profesores (3), en los tres casos sobre el valor de la entrada de adultos en general; y, el 50% de descuento para personas con discapacidad (4), sobre el valor de la entrada de la categoría a), b) y c).

Gratuito Gratuito Gratuito 5.00
2.00
1.00
Dirección Desconcentrada de Cultura de Ancash:

Monumento Arqueológico Sechín y Museo Regional de Casma "Max Uhle"
CODIGO DENOMINACIÓN DEL SERVICIO
TARIFA
Año 2019
Año 2020
1.17
a) Adultos en general.
b) Estudiantes de educación superior universi-taria y no universitaria.
c) Estudiantes de educación escolar: (inicial, primaria y secundaria) y niños (hasta los doce (12) años).
d) Entrada especial:

El 50% de descuento según Ley se aplica a personas de 60 a más años de edad (1), a personas en servicio militar voluntario (2), y a profesores (3), en los tres casos sobre el valor de la entrada de adultos en general; y, el 50% de descuento para personas con discapacidad (4), sobre el valor de la entrada de la categoría a), b) y c).

5.00
4.00
1.00
7.00
5.00
2.00
Monumento Arqueológico Wilkawain e Ichic Wilkawain
CODIGO DENOMINACIÓN DEL SERVICIO
TARIFA
Año 2019
Año 2020
1.19
a) Adultos en general.
b) Estudiantes de educación superior universi-taria y no universitaria.
c) Estudiantes de educación escolar: (inicial, primaria y secundaria) y niños (hasta los doce (12) años).
d) Entrada especial:

El 50% de descuento según Ley se aplica a personas de 60 a más años de edad (1), a personas en servicio militar voluntario (2), y a profesores (3), en los tres casos sobre el valor de la entrada de adultos en general; y, el 50% de descuento para personas con discapacidad (4), sobre el valor de la entrada de la categoría a), b) y c).

5.00
3.00
1.00
7.00
5.00
2.00
Monumento Arqueológico Pañamarca
CODIGO DENOMINACIÓN DEL SERVICIO
TARIFA
Año 2019
Año 2020
1.20
a) Adultos en general.
b) Estudiantes de educación superior universi-taria y no universitaria.
c) Estudiantes de educación escolar: (inicial, primaria y secundaria) y niños (hasta los doce (12) años).
d) Entrada especial:

El 50% de descuento según Ley se aplica a personas de 60 a más años de edad (1), a personas en servicio militar voluntario (2), y a profesores (3), en los tres casos sobre el valor de la entrada de adultos en general; y, el 50% de descuento para personas con discapacidad (4), sobre el valor de la entrada de la categoría a), b) y c).

3.00
2.00
1.00
4.00
3.00
2.00
Museo Arqueológico de Ancash "Augusto Soriano Infante"
CODIGO DENOMINACIÓN DEL SERVICIO
TARIFA
Año 2019
Año 2020
2.10
a) Adultos en general.
b) Estudiantes de educación superior universi-taria y no universitaria.
c) Estudiantes de educación escolar: (inicial, primaria y secundaria) y niños (hasta los doce (12) años).
d) Entrada especial:

El 50% de descuento según Ley se aplica a personas de 60 a más años de edad (1), a personas en servicio militar voluntario (2), y a profesores (3), en los tres casos sobre el valor de la entrada de adultos en general; y, el 50% de descuento para personas con discapacidad (4), sobre el valor de la entrada de la categoría a), b) y c).

5.00
4.00
1.00
7.00
5.00
2.00
Museo de Arqueología, Antropología e Historia Natural de Ranrairca - Yungay
CODIGO DENOMINACIÓN DEL SERVICIO
TARIFA
Año Año 2020
2.11
a) Adultos en general.
b) Estudiantes de educación superior universi-taria y no universitaria.
c) Estudiantes de educación escolar: (inicial, primaria y secundaria) y niños (hasta los doce (12) años).
d) Entrada especial:

El 50% de descuento según Ley se aplica a personas de 60 a más años de edad (1), a personas en servicio militar voluntario (2), y a profesores (3), en los tres casos sobre el valor de la entrada de adultos en general; y, el 50% de descuento para personas con discapacidad (4), sobre el valor de la entrada de la categoría a), b) y c).

2.00
1.00
0.50
3.00
2.00
1.00
Dirección Desconcentrada de Cultura de San Martín:

Museo Departamental de San Martín
CODIGO DENOMINACIÓN DEL SERVICIO
TARIFA
Año Año 2020
2.26
a) Adultos en general.
b) Estudiantes de educación superior universi-taria y no universitaria.
c) Estudiantes de educación escolar: (inicial, primaria y secundaria) y niños (hasta los doce (12) años).
d) Entrada especial:

El 50% de descuento según Ley se aplica a personas de 60 a más años de edad (1), a personas en servicio militar voluntario (2), y a profesores (3), en los tres casos sobre el valor de la entrada de adultos en general; y, el 50% de descuento para personas con discapacidad (4), sobre el valor de la entrada de la categoría a), b) y c).

3.00
1.00
1.00
4.00
2.00
1.00
Artículo 2.- Dejar sin efecto a partir del Ejercicio Fiscal 2020, las tarifas de ingreso al Monumento Arqueológico (de Pomacocha) de Wari, sector Cheqo - Wasi, a cargo de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho, señalada en el numeral 1.25 del Anexo 1 que forma parte del Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2019.

Artículo 3.- La presente resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob. pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROGERS MARTIN VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 031-2019-MC Aprueban nuevas tarifas por concepto de visitas o ingresos a Monumentos Arqueológicos Prehispánicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y Museos, que entrarán en vigencia en el Ejercicio Fiscal 2020
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 031-2019-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-01-31
  • Fecha de aplicacion : 2019-02-01

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