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Tenga Cumplido Requisito Presentación RS 0036-2019-MIGRACIONES Superintendencia Nacional de
1/29/2019
Tenga Cumplido Requisito Presentación RS 0036-2019-MIGRACIONES Superintendencia Nacional de
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Migraciones Disponen que se tenga por cumplido el requisito de presentación de los Certificados de Antecedentes Penales, Policiales y Judiciales, a través de la verificación y validación en línea, mediante la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano - PIDE, para los trámites de Cambio de Calidad Migratoria por acogimiento a los beneficios del Acuerdo de los Estados Partes del MERCOSUR RS 0036-2019-MIGRACIONES Lima,
Disponen que se tenga por cumplido el requisito de presentación de los Certificados de Antecedentes Penales, Policiales y Judiciales, a través de la verificación y validación en línea, mediante la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano - PIDE, para los trámites de Cambio de Calidad Migratoria por acogimiento a los beneficios del Acuerdo de los Estados Partes del MERCOSUR
RS 0036-2019-MIGRACIONES
Lima, 26 de enero de 2019
VISTOS; el Informe Nº 000007-2019-SM/ MIGRACIONES de fecha 24 de enero de 2019, de la Gerencia de Servicios Migratorios; el Informe Nº 000034-2019-PP/MIGRACIONES de fecha 25 de enero de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
el Informe Nº 000018-2019-TICE/MIGRACIONES de fecha 25 de enero de 2019, de la Oficina de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística; y, el Informe Nº 000051-2019-AJ/MIGRACIONES, de fecha 25 de enero de 2019, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
A través de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, se establecen los principios para el inicio del proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias;
Mediante Decreto Legislativo N.º 1130, se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones -
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MIGRACIONES, como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones;
De otro lado, debe señalarse que el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) es un proceso de integración regional constituido actualmente por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, como Estados Partes; y, la República de Chile, la República del Perú, la República de Colombia y la República del Ecuador, como Estados Asociados; dichos países han suscrito acuerdos de tipo comercial, político y de cooperación, los cuales permiten a los ciudadanos pertenecientes a los Estados miembros, obtener la residencia legal en el territorio de otro Estado Parte dándole la oportunidad de realizar actividades que se encuentran en el marco de la legislación;
MAS NORMAS LEGALES: Publicar Síntesis Parte Resolutiva Siete (7) RE 000004-2019-SG/ONPE Oficina Nacional de Procesos
De igual forma, debe indicarse que el Estado Peruano ratificó su adhesión al "Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del MERCOSUR, Bolivia y Chile", suscrito en diciembre del año 2002 en la República Federativa del Brasil, a fin de fortalecer los lazos que unen a la comunidad regional, procurando establecer reglas comunes para la tramitación de la autorización de residencia de los nacionales de los Estados Partes y Asociados del MERCOSUR;
El acotado Acuerdo, establece que los Estados Partes pueden otorgar una residencia temporal de hasta dos años en sus respectivos territorios a los nacionales de los otros Estados Partes, previa presentación de documentación consistente en, entre otros, el Certificado de carencia de antecedentes judiciales, policiales y penales en el país de recepción;
En virtud de lo expuesto, el Estado Peruano debe establecer medidas que permitan concretar los fines del
referido "Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del MERCOSUR, Bolivia y Chile", dentro del marco de la Política de Modernización del Estado;
En ese contexto, cabe mencionar que dentro de las políticas de acción por parte del Gobierno Peruano, mediante el Decreto Supremo Nº 083-2011-PCM, se ha inaugurado la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano - PIDE, la cual permite la implementación de servicios públicos en línea, por medios electrónicos y el intercambio electrónico de datos entre las entidades del Estado, a través de internet, telefonía móvil y otros medios tecnológicos disponibles;
Sobre el particular , mediante el Informe Nº 000007-2019-SM/MIGRACIONES, la Gerencia de Servicio Migratorio concluye que resulta necesaria la implementación de la verificación en línea de los antecedentes Policiales, Penales y Judiciales, a fin de homologar los requisitos con otros Estados Partes y Asociados del MERCOSUR, reduciendo los requisitos y fl exibilizado la obtención de visas temporales; de ese modo, dicha Plataforma podrá implementarse para atender con mayor celeridad las consultas correspondientes a otros trámites que también tiene a su cargo la Subgerencia de Inmigración y Nacionalización, creando así una mayor seguridad en la evaluación de los expedientes;
Asimismo, a través del Informe Nº 000034-2019-PP/ MIGRACIONES, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, considera viable la propuesta de verificación en línea de los referidos antecedentes, a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano - PIDE, al estar alineada a las funciones de la Entidad, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y los objetivos del Plan Estratégico 2017
- 2019; así también, mediante el Informe Nº 000018-2019-TICE/MIGRACIONES, la Oficina de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística expresa que se han iniciado las actividades correspondientes para implementar las consultas sobre los antecedentes, en el proceso de homologación de requisitos para la obtención de la residencia MERCOSUR;
En ese orden de ideas, es de necesidad la implementación de la verificación en línea de los antecedentes policiales, penales y judiciales, lo cual permitirá que la evaluación de los procedimientos administrativos a cargo de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES resulten más ágiles y seguros, siendo que en una primera etapa se considere al Procedimiento de Cambio de Calidad Migratorio por acogimiento a los beneficios del Acuerdo de los Estados Partes del MERCOSUR, con proyección a la aplicación en otros procedimientos administrativos en los cuales resulte necesario verificar la inexistencia de dichos antecedentes;
En conclusión, resulta necesaria la emisión de una Resolución de Superintendencia, mediante la cual se disponga que se tenga por cumplido el requisito de presentación de certificado de antecedentes penales, policiales y judiciales a través de la verificación y validación en línea de los mismos por la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano - PIDE;
Con el visado de la Gerencia General, la Gerencia de Servicios Migratorios, la Oficina de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística y, las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y, de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; y, la Resolución Ministerial Nº 118-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer que se tenga por cumplido el requisito de presentación de los Certificados de Antecedentes Penales, Policiales y Judiciales, a través de la verificación y validación en línea de los mismos, mediante la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano - PIDE, para los trámites de Cambio de Calidad Migratoria por acogimiento a los beneficios del Acuerdo de los Estados Partes del MERCOSUR, que se inicien a partir del 31 de enero de 2019.
Artículo 2º.- La Oficina de T ecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística, deberá realizar las gestiones necesarias que permita la implementación de lo dispuesto en el artículo precedente, desarrollando una opción que permita la consulta de Antecedentes Penales, Policiales y Judiciales a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano - PIDE.
Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.migraciones.gob. pe), a través de la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRIEDA ROXANA DEL AGUILA TUESTA
Superintendente Nacional (e)
NORMA LEGAL:
- Titulo: RS 0036-2019-MIGRACIONES Disponen que se tenga por cumplido el requisito de presentación de los Certificados de Antecedentes Penales, Policiales y Judiciales, a través de la verificación y validación en línea, mediante la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano - PIDE, para los trámites de Cambio de Calidad Migratoria por acogimiento a los beneficios del Acuerdo de los Estados Partes del MERCOSUR
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
- Numero : 0036-2019-MIGRACIONES
- Emitida por : Superintendencia Nacional de Migraciones - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2019-01-29
- Fecha de aplicacion : 2019-01-30
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