2/24/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 060-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de la Defensoría del Pueblo DS 060-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas emite el Decreto Supremo que autoriza la Transferencia de Partidas a favor
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de la Defensoría del Pueblo
DS 060-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas emite el Decreto Supremo que autoriza la Transferencia de Partidas a favor de la Defensoría del Pueblo, prevista en el primer acápite de la Centésima Cuadragésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dentro de los 7 días de publicada la referida Ley, por el monto correspondiente a la implementación y funcionamiento de la Comisión Especial encargada del concurso público de méritos para la conformación de la Junta Nacional de Justicia;

Que, la Centésima Cuadragésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, dispone, entre otros, que en la Reserva de Contingencia se ha incluido el financiamiento de las acciones a cargo de la Defensoría del Pueblo relacionadas a la implementación y funcionamiento de la Comisión Especial encargada del concurso público de méritos para la conformación de la Junta Nacional de Justicia;


Que, la Defensoría del Pueblo, mediante el Oficio Nº 086-2019/DP, solicita una Transferencia de Partidas por la suma de S/ 890 000,00 (OCHOCIENTOS NOVENTA
MIL Y 00/100 SOLES) para financiar las acciones relacionadas con la implementación y funcionamiento de la Comisión Especial encargada del concurso público de méritos para la conformación de la Junta Nacional de Justicia;

Que, el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma total de S/ 890

000,00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MIL Y 00/100 SOLES)
a favor del pliego Defensoría del Pueblo, destinada a financiar las acciones relacionadas a la implementación y funcionamiento de la Comisión Especial encargada del concurso público de méritos para la conformación de la Junta Nacional de Justicia;

De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30916, la Centésima Cuadragésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879 y el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia, hasta por la suma de S/ 890 000,00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MIL Y
00/100 SOLES), a favor de la Defensoría del Pueblo, para financiar las acciones relacionadas con la implementación y funcionamiento de la Comisión Especial encargada del concurso público de méritos para la conformación de la Junta Nacional de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
CATEGORIA
PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 848 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.0 Reserva de Contingencia 42 000,00
--------------- TOTAL EGRESOS 890 000,00
-----------------A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 020 : Defensoría del Pueblo UNIDAD EJECUTORA 001 : Defensoría del Pueblo
CATEGORIA
PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000002 : Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Soles
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 848 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 42 000,00
--------------- TOTAL EGRESOS 890 000,00
-----------------Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 060-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de la Defensoría del Pueblo
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 060-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-02-24
  • Fecha de aplicacion : 2019-02-25

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.