3/17/2019

Apci Gasto Adquisición Pasajes Aéreos Viáticos RM 0177/RE-2019 Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Autorizan a la APCI el gasto por adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de funcionarios del CENFOTUR, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la primera Actividad del Proyecto Bilateral Perú-Santa Lucía RM 0177/RE-2019 Lima, 11 de marzo de 2019 VISTO: El Memorándum (APC) Nº APC00043/2019, de 15 de febrero de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Autorizan a la APCI el gasto por adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de funcionarios del CENFOTUR, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la primera Actividad del Proyecto Bilateral Perú-Santa Lucía
RM 0177/RE-2019
Lima, 11 de marzo de 2019
VISTO:

El Memorándum (APC) Nº APC00043/2019, de 15 de febrero de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con la Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los beneficios tributarios que la ley establece;

Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo
Nº 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional (CTI) es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú;


Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI
financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración;


Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición, deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, en el marco del Proyecto Bilateral Perú - Santa Lucía denominado "Fortalecimiento en Gastronomía de Perú a Santa Lucía - Cosecha del campo a la mesa", se ha programado la primera actividad, cuyas instituciones ejecutoras son, el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR de la República del Perú y el Centro de Formación y Entrenamiento - SYNERGY de Santa Lucía, que se llevará a cabo en la ciudad de Castries, Santa Lucía, del 24 al 30 de marzo de 2019;

Que, en dicha actividad participarán el señor Marco Antonio de Jesús Huertas Camino, Sub Director de Carreras Profesionales y la señora Sandra Rosa Guerra Vigil, Experta en Gastronomía, ambos funcionarios de nacionalidad peruana del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en Santa Lucía en el marco del referido Proyecto;

Que, los gastos por pasajes aéreos que irrogue el desplazamiento de los mencionados servidores civiles de nacionalidad peruana serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

Que, mediante Memorándum Nº 0085-2019-APCI-OGA de 06 de febrero de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informa el importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándums Nº 043-2019-APCI/OPP, Nº 0046-2019-APCI/OPP y Nº 0052-2019-APCI/OPP del 28, 29 y 31 de enero de 2019, respectivamente, indica que se cuenta con la disponibilidad presupuestal, emitiendo las respectivas certificaciones de crédito presupuestal;
posteriormente, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe Nº 0036-2019/APCI-OAJ de 13 de febrero de verificó el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto;

Que, a través del Memorándum (DCI) Nº DCI00111/2019, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica que ha verificado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación;

De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento del señor Marco Antonio de Jesús Huertas Camino, Sub Director de Carreras Profesionales y la señora Sandra Rosa Guerra Vigil, Experta en Gastronomía, ambos funcionarios de nacionalidad peruana del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la primera Actividad del Proyecto Bilateral Perú-Santa Lucía denominado "Fortalecimiento en Gastronomía de Perú a Santa Lucía - Cosecha del campo a la mesa", a realizarse en la ciudad de Castries, Santa Lucía, del 24 al 30 de marzo de 2019, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombre y Apellidos Pasajes clase económica
US$
Viáticos por día
US$
Número de días Total Viáticos
US$
Sandra Rosa Guerra Vigil 2,250.77 430.00 7 3,010.00
Marco Antonio de Jesús Huertas Camino 2,250.77 430.00 7 3,010.00
Artículo 2.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores, un informe detallado con posterioridad al cierre de la Actividad, el cual contendrá el detalle de los gastos efectuados en base a la presente autorización.

Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0177/RE-2019 Autorizan a la APCI el gasto por adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de funcionarios del CENFOTUR, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la primera Actividad del Proyecto Bilateral Perú-Santa Lucía
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0177/RE-2019
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-03-17
  • Fecha de aplicacion : 2019-03-18

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