3/14/2019

Modificación Ámbito Geográfico Intervención RPE 031-2019-DV-PE Comision Nacional para el

Organismos Ejecutores, Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas Disponen la modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM y autorizan la creación de la Oficina de Coordinación Anchihuay de la Oficina Zonal San Francisco de DEVIDA RPE 031-2019-DV-PE Lima, 13 de marzo de 2019 VISTOS: El Informe Nº 000007-2019-DV-OZSFCO y el Informe Nº 000008-2019-DV-OZSFCO de la Oficina Zonal de San Francisco,
Organismos Ejecutores, Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas
Disponen la modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM y autorizan la creación de la Oficina de Coordinación Anchihuay de la Oficina Zonal San Francisco de DEVIDA
RPE 031-2019-DV-PE
Lima, 13 de marzo de 2019
VISTOS:

El Informe Nº 000007-2019-DV-OZSFCO y el Informe Nº 000008-2019-DV-OZSFCO de la Oficina Zonal de San Francisco, el Informe Nº 000004-2019-DV-OZQ de la Oficina Zonal de Quillabamba, el Memorando Nº 000094-2019-DV-DATE e Informe Nº 000083-2019-DV-DATE de la Dirección de Articulación T erritorial, el Proveído Nº 000419-DV-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000021-2019-DV-OPP-UPLA de la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 000073-2018-DV-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1241 se determina las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;

Que, los literales a), b) y c) del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1241, establecen como funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, diseñar y conducir la Política Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y sus delitos conexos, y formular diseñar y promover la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, así como coordinar y articular espacios multisectoriales para promover acciones en cumplimiento a lo dispuesto en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas -ENLCD;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2017-PCM de fecha 31 de mayo de 2017, se aprobó la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021, con la finalidad de armonizar los esfuerzos y encaminar las acciones a las metas definidas, garantizando la unidad e integridad del Estado en el marco de la Política Nacional de Lucha contras las Drogas;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 102-2018-PCM de fecha 12 de octubre de 2018, se aprobó el Plan Multisectorial "Estrategia de Intervención para el Desarrollo del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro -Estrategia VRAEM 2021"; se dispuso la fusión por absorción de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro -CODEVRAEM y la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en la Zona del Huallaga (CODEHUALLAGA), en la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -DEVIDA;
encargándosele a DEVIDA la responsabilidad de coordinar las acciones que lleven a cabo las entidades del Poder Ejecutivo en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro en el ámbito de sus competencias, con el objeto de proponer políticas, planes, proyectos, programas, actividades y estrategias de intervención integrales en el indicado ámbito geográfico, así como coordinar, articular, efectuar el seguimiento y monitoreo de la participación y actividades de los diversos actores involucrados;

Que, el artículo 49 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, establece que las Oficinas Zonales son los Órganos Desconcentrados de la Entidad, con dependencia de la Dirección de Articulación Territorial y tienen la responsabilidad de articular y coordinar con las entidades públicas, privadas y sociedad civil, los proyectos de inversión pública y actividades enmarcados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas y otras actividades que contribuyan al logro de los objetivos de lucha contra las drogas, así como ejecutar sus actividades y proyectos de inversión pública en los ámbitos correspondientes;

Que, el literal m) del artículo 51 del referido Reglamento de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, señala como función de las Oficinas Zonales, la de elaborar propuesta de modificación de los ámbitos geográficos de su jurisdicción o la creación, fusión y cierre de dichas oficinas, propuestas que requieren del Informe Técnico sustentatorio de la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, conforme a sus facultades contempladas en el literal g) del artículo 22 del citado Reglamento;

Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 054-2015-DV-PE de fecha 22 de mayo de 2015, se formaliza la Oficina de Coordinación San Francisco -
VRAEM, en el ámbito del Departamento de Ayacucho, con sede en la ciudad de San Francisco, distrito de Ayna, la cual depende administrativa, funcional, presupuestal y financieramente de la Oficina Zonal San Francisco, a fin que realice las actividades de apoyo a la gestión institucional en el ámbito de los departamentos de Ayacucho y Cusco;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 085-2017-DV-PE de fecha 21 de julio de 2017, se delimitó el ámbito geográfico de intervención de la Oficina Zonal de San Francisco de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, integrada por: (i)
Región Ayacucho (05 provincias y 39 distritos); (ii) Región Apurímac (02 provincias y 18) distritos; (iii) Región Cusco (01 provincia y 04 distritos); (iv) Región Huancavelica (02
provincias y 03 distritos); y (v) Región Junín (01 provincia y 01 distrito);

Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 016-2018-DV-PE de fecha 27 de febrero de 2018, se aprueba la organización funcional de las Oficinas Zonales de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -DEVIDA;

Que, mediante Informes Nº 000007-2019-DV-OZSFCO y Nº 000008-2019-DV-OZSFCO, ambos de fecha 15 de febrero de 2019, la Oficina Zonal de San Francisco propone la creación de la Oficina de Coordinación Anchihuay con sede en el distrito del mismo nombre, así como también la modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM; toda vez que: i) Contribuye a fortalecer la presencia institucional de DEVIDA en los diferentes ámbitos de intervención de la Oficina Zonal, ii)
Promueve la coordinación interinstitucional, estableciendo relaciones con diversos actores públicos y de la sociedad civil, involucrados en la lucha contra la drogas, a fin de proteger a la sociedad de los efectos negativos del tráfico ilícito y el consumo de drogas, iii) Promueve la articulación de las actividades y proyectos de inversión pública en los ámbitos priorizados, iv) Promueve el desarrollo integral y sostenible en coordinación con los Sectores competentes,
los Gobiernos Regionales y Locales, la Sociedad Civil, las organizaciones sociales y la comunidad internacional, bajo un enfoque participativo y territorial en el marco de la ENLCD 2017-2021, y v) Permitirá a DEVIDA cumplir con la responsabilidad de coordinar las acciones que lleven a cabo las entidades del Poder Ejecutivo en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro en el ámbito de sus competencias, con el objeto de proponer políticas, planes, proyectos, programas, actividades y estrategias de intervención integrales en el indicado ámbito geográfico, así como coordinar y articular con las entidades públicas y privadas;

Que, mediante Informe Nº 000004-2019-DV-OZQ de fecha 18 de febrero de 2019, la Oficina Zonal de Quillabamba, considera pertinente que el distrito de Inkawasi forme parte del ámbito de intervención de la Oficina Zonal San Francisco;

Que, mediante Memorando Nº 000094-2019-DV-DATE, la Dirección de Articulación Territorial remite el Informe Nº 00083-2019-DV-DATE, ambos de fecha 21 de febrero de 2019, mediante el cual considera viable lo manifestado en los Informes Nº 000007-2019-DV-OZSFCO
y Nº 000008-2019-DV-OZSFCO de la Oficina Zonal de San Francisco y en el Informe Nº 000004-2019-DV-OZQ, de la Oficina Zonal de Quillabamba, mediante los cuales se emite opinión técnica favorable para la creación de la Oficina de Coordinación Anchihuay y la inclusión del distrito de Inkawasi en la misma; y, la modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM, respectivamente;

Que, mediante Proveído Nº 000419-2019-DV-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 000021-2019-DV-OPP-UPLA de la Unidad de Planeamiento, mediante el cual se emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de creación de la Oficina de Coordinación Anchihuay en el ámbito de la Oficina Zonal San Francisco, y la modificación del ámbito de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM;

Que, mediante Informe Nº 000073-2019-DV-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica estima que es legalmente viable la propuesta de creación de la Oficina de Coordinación Anchihuay y la modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM de la Oficina Zonal de San Francisco de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, adjuntando para tal efecto el respectivo proyecto de resolución respectiva;

Que, la propuesta de creación de la Oficina de Coordinación Anchihuay y la propuesta de modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM de la Oficina Zonal San Francisco, se enmarcan dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 102-2018-PCM, que aprobó el Plan Multisectorial denominado Estrategia para el Desarrollo del Valle de los Apurímac, Ene y Mantaro -Estrategia
VRAEM 2021;

Que, en ese sentido, resulta necesario dictar las medidas de gestión que viabilicen la apertura de la dependencia de apoyo y la modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM de la Oficina Zonal San Francisco, a las que se hace referencia en el considerando precedente;

Que, el literal r) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que corresponde a la Presidencia Ejecutiva emitir resoluciones y directivas vinculadas a la conducción de la Entidad;

Con los visados de la Gerencia General, de la Dirección de Articulación Territorial, de la Dirección de Asuntos Técnicos, de la Dirección de Promoción y Monitoreo, de la Oficina General de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por Decreto Legislativo Nº 1241;
el Decreto Supremo Nº 102-2018-PCM de fecha 12 de octubre de 2018, que aprueba el Plan Multisectorial "Estrategia de Intervención para el Desarrollo del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro -Estrategia VRAEM
2021"; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- DISPONER la modificación del ámbito de geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM, constituido por: i) Departamento de Ayacucho (02 provincias y 16 distritos), ii) Departamento de Cusco (01 provincia y 02 distritos), iii) Departamento de Huancavelica (02 provincias y 13 distritos) y iv)
Departamento de Junín (01 provincia y 01 distrito), según Anexo 1 y Carpeta Cartográfica contenida en el Anexo 2, que forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2º.- AUTORIZAR la creación e implementación de la Oficina de Coordinación Anchihuay de la Oficina Zonal San Francisco de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, con sede en el distrito de Anchihuay, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, cuyo ámbito de intervención se encuentra definido en el Anexo 3 y Carpeta Cartográfica contenida en el Anexo 4, que forman parte de la presente Resolución.

Artículo 3º.- DISPONER que la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Zonal San Francisco, la Oficina Zonal de Quillabamba y la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, en el marco de sus competencias, ejecuten las acciones técnicas, operativas, presupuestales, administrativas, logísticas y de tecnología de la información que corresponda, para viabilizar la apertura, implementación y funcionamiento de la Oficina de Coordinación Anchihuay.

Artículo 4º.- DEJAR SIN EFECTO todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución.

Artículo 5º.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, a la Dirección de Asuntos Técnicos, a la Dirección de Promoción y Monitoreo, a la Oficina General de Administración, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina Zonal San Francisco, la Oficina Zonal de Quillabamba y la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM, para los fines pertinentes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA.

Artículo 6º.- DISPONER la publicación del presente acto resolutivo en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

RUBÉN VARGAS CÉSPEDES
Presidente Ejecutivo
ANEXO 1
Ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco - VRAEM
Nº Departamento Provincia Distrito 1
Ayahuanco 2
Canayre 3
Chaca 4 Huanta Huamanguilla 5
Huanta 6 Ayacucho Iguain
Nº Departamento Provincia Distrito 7 Llochegua 8 Luricocha 9 Pucacolpa 10 Santillana 11 Sivia 12 Uchuraccay 13
La Mar Ayna 14 Samugari 15 Santa Rosa 16 Tambo 17
Cusco La Convención Kimbiri 18 Pichari 19
Huancavelica Churcampa Chinchihuasi 20 Pachamarca 21 Paucarbamba 22 San Pedro De Coris 23
Tayacaja Acostambo 24 Acraquia 25 Ahuaycha 26 Andaymarca 27 Colcabamba 28 Daniel Hernández 29 Pampas 30 Quichuas 31 Santiago de Tucuma 32 Junín Satipo Vizcatán del Ene
ANEXO 3
Ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación Anchihuay Nº Departamento Provincia Distrito 1 Apurímac Andahuaylas Andarapa 2 Kaquiabamba 3 Pacobamba 4 Chincheros El Porvenir 5 Huaccana 6 Los Chankas 7 Ocobamba 8 Ongoy 9 Rocchacc 10 Ayacucho La Mar Anchihuay 11 Anco 12 Chilcas 13 Chungui Nº Departamento Provincia Distrito 14 Luis Carranza 15 Oronccoy 16 San Miguel 17 Cusco La Convención Inkawasi 18 Villa Kintiarina 19 Villa Virgen

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPE 031-2019-DV-PE Disponen la modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina de Coordinación San Francisco -VRAEM y autorizan la creación de la Oficina de Coordinación Anchihuay de la Oficina Zonal San Francisco de DEVIDA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
  • Numero : 031-2019-DV-PE
  • Emitida por : Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2019-03-14
  • Fecha de aplicacion : 2019-03-15

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