3/05/2019

Modificación Licencia Institucional Solicitada RCD 026-2019-SUNEDU/CD OEFA

Organismos Tecnicos Especializados, Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental Aprueban modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad Privada del Norte S.A.C. y dictan diversas disposiciones RCD 026-2019-SUNEDU/CD Lima, 1 de marzo de 2019 VISTOS: La solicitud de modificación de licencia institucional (en adelante, SMLI) con registro de trámite documentario (en adelante, RTD) Nº 32199-2018-SUNEDU-TD del 25 de julio de 2018, presentada
Organismos Tecnicos Especializados, Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental
Aprueban modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad Privada del Norte S.A.C. y dictan diversas disposiciones
RCD 026-2019-SUNEDU/CD
Lima, 1 de marzo de 2019
VISTOS:

La solicitud de modificación de licencia institucional (en adelante, SMLI) con registro de trámite documentario (en adelante, RTD) Nº 32199-2018-SUNEDU-TD del 25 de julio de 2018, presentada por la Universidad Privada del Norte S.A.C. (en adelante, la Universidad); el Informe de atención de requerimientos Nº 037-2019-SUNEDU-DILIC-EV del 27 de febrero de 2019; y, el Informe técnico de modificación de licencia Nº 006-2019-SUNEDU-DILIC-EV del 27 de febrero de 2019, de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic).

CONSIDERANDO:



Mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 062-2017-SUNEDU/CD
1
, se resolvió otorgar la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en la provincia de Trujillo y departamento de La Libertad y sus dos (2) filiales, ubicadas en la provincia y departamento de Cajamarca y Lima, respectivamente, con una vigencia de seis (6) años; reconociendo cincuenta y cuatro (54)
programas existentes y un (1) programa que forma su nueva oferta académica.


Mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 134-2018-SUNEDU/CD
2
, se resolvió rectificar los errores materiales incurridos en el Anexo Nº 2 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 062-2017-SUNEDU/CD; aprobar la modificación de licencia institucional y reconocer (i) la ampliación de la oferta académica de trece (13) programas de estudio; y, (ii) la creación de dos (2) programas de estudio, ambos conducentes a grado académico de bachiller.

El Capítulo IV del "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/ CD (en adelante, el Reglamento), establece el procedimiento de modificación de la licencia institucional que permite a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) verificar el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad (en adelante, CBC) para (i) la creación o modificación de programas de estudios; y, (ii) la creación o modificación de la mención de los grados y títulos. Asimismo, el numeral 26.2 del artículo 26 del Reglamento establece que, para los supuestos de modificación de la licencia institucional se evaluarán aquellos indicadores que resulten aplicables al supuesto planteado por las universidades solicitantes.


El numeral 27.2 del artículo 27 del Reglamento, señala que el procedimiento de modificación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, en lo que resulte aplicable.

Mediante Resolución Directoral Nº 006-2018-SUNEDU-02-12 del 17 de abril de 2018, se indicó que, para efectos de las solicitudes de modificación de licencia institucional, podrían presentarse tres (3)
escenarios 3
que precisan las condiciones, componentes, indicadores, medios de verificación y formatos aplicables, ello en concordancia con los supuestos de modificación de la licencia institucional previstos en el Reglamento;
para el caso de la Universidad la solicitud presentada corresponde al segundo escenario referido a la creación de programas de estudio conducente a grado académico y ampliación de oferta de programas de estudio licenciado conducentes a grados y títulos.

El 25 de julio de 2018, la Universidad presentó una SMLI con RTD Nº 32199-2018-SUNEDU-TD, referida a (i) la creación de un establecimiento donde se brinde el servicio conducente a grado académico y título profesional, ubicado en Av. Guardia Peruana Nº 890 Urb. La Campiña, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima (F02L06), y a (ii) la ampliación de la oferta académica de diecinueve (19) programas conducentes a grado académico de bachiller 4
: que forman parte de su licencia institucional y que serán brindados en el local a ser creado, en la modalidad presencial y semipresencial.

El 23 de noviembre de 2018, mediante el Oficio Nº 797-2018/SUNEDU-02-12, se notificó a la Universidad el Anexo de observaciones a su SMLI, otorgándosele un plazo de diez (10) días hábiles para presentar la documentación requerida.

Mediante Resolución de Trámite Nº 004 del 30 de noviembre de 2018
5
, se dispuso una diligencia de actuación probatoria que se llevó a cabo en el nuevo local el 5 y 6 de diciembre de 2018, a fin de recoger evidencias antes de emitir un informe de revisión documentaria.

El 7 de diciembre de 2018, la Universidad presentó mediante Oficio Nº 315-2018-UPN-SG, documentación con la finalidad de subsanar las observaciones recaídas en su SMLI.

El 4 de febrero de 2019, la Dilic emitió el Informe Nº 001-2019-SUNEDU/DILIC-EV, que constituye el Informe de Revisión Documentaria con resultado favorable.

Mediante Oficio Nº 058-2019/SUNEDU-02-12 del 4 de febrero de 2019, la Dilic informó a la Universidad el inicio de la etapa de verificación presencial, comunicando las fechas programadas para su realización, así como la conformación de los integrantes de la Comisión de Verificación que realizarían dicha diligencia. La Universidad manifestó su conformidad mediante Oficio Nº 025-2019-UPN-SG del 5 de febrero de 2019.

El 11 y 12 de febrero de se realizó la visita de verificación presencial en el nuevo establecimiento de la Universidad, ubicado en Av. Guardia Peruana Nº 890, Urbanización La Campiña, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima(F02L06).

El 27 de febrero de 2019, la Dilic emitió el Informe Nº 006-2019-SUNEDU/DILIC-EV, que constituye el Informe de verificación presencial con resultado favorable.

El 22 de febrero de 2019, la Dilic emitió el Informe técnico de modificación de licencia Nº 006-2019-SUNEDU-DILIC-EV, el cual concluyó con resultado favorable y dispuso la remisión del expediente al Consejo Directivo para el inicio de la última etapa del procedimiento.

En relación con los programas de estudio para la ampliación de oferta, estos forman parte de la resolución que otorga el licenciamiento institucional a la Universidad, 1
Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 11 de noviembre de 2017 y su Fe de Erratas del 24 de noviembre de 2017.

2
Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 12 de octubre de 2018.

3
Escenario 1: Creación de establecimiento donde se brinde el servicio conducente a grados y títulos.

Escenario 2: Creación de un programa de estudios y/o una mención de los grados y títulos y/o ampliación de oferta de programa de estudios licenciado conducente a grados y títulos Escenario 3: Modificación de un programa de estudios conducente a grados y títulos y/o una mención de los grados y títulos.

4
"Administración", "Administración y Gestión Comercial", "Administración y Marketing", "Administración y Negocios Internacionales", "Administración y Servicios Turísticos", "Arquitectura y Diseño de Interiores", "Arquitectura y Urbanismo", "Comunicación Audiovisual en Medios Digitales", "Comunicación y Periodismo", "Comunicación y Publicidad", "Contabilidad y Finanzas", "Derecho", "Ingeniería Ambiental", "Ingeniería Civil", "Ingeniería de Sistemas Computacionales", "Ingeniería Empresarial", "Ingeniería Industrial", "Nutrición y Dietética" y "Psicología", 5
Notificada mediante Oficio Nº 808-2018-SUNEDU-02-12 del 3 de diciembre de 2018.
por tanto, los programas presentados cumplen lo dispuesto en los artículos 41 y 42 de la Ley Universitaria.

Los diecinueve (19) programas de estudio conducentes a grado académico de bachiller tienen una duración mínima de diez (10) semestres académicos con un contenido mínimo de doscientos (200) créditos y se ofrecerán en modalidad presencial y semipresencial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Universitaria.

Los espacios físicos del local F02L06, cumplen con lo requerido por las CBC en cuanto a exclusividad de uso, tipología de ambientes, protocolos de seguridad y servicios básicos, así como laboratorios, talleres y aulas implementadas y equipadas con los que actualmente cuenta el local, según planes de estudio, de los diecinueve (19)
programas asignados. Asimismo, ha previsto contar con la totalidad de laboratorios y talleres requeridos, de acuerdo a su plan curricular, en la modalidad presencial y semipresencial, para la totalidad de ciclos académicos. No obstante, con la finalidad de garantizar el compromiso de implementación por parte de la Universidad, se requiere que evidencie el avance de implementación de este equipamiento de laboratorios y talleres, al final de los periodos 2019-II, 2020-I, 2020-II, 2021-I, 2021-II 2022-I y 2022-II.

Respecto a los docentes que pasarán a formar parte del cuerpo docente del local F02L06, se identificó a cuatrocientos sesenta y ocho (468) docentes, entre las categorías de tiempo completo y tiempo parcial, con disponibilidad de horas de dictado, todos ellos cuentan con grado de maestro y/o doctor, de los cuales treinta y nueve (39) se han destinado para el dictado en el local propuesto, siendo diez (10) a tiempo completo y veintinueve (29) a tiempo parcial.

La Universidad presentó las seis (6) líneas de investigación asociadas a los programas de estudio de la ampliación de la oferta académica, las cuales están vinculadas a las áreas del conocimiento de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE: "Aplicación de nuevas tecnologías y procesos", "Agricultura y agroindustria", "Vivienda, saneamiento y urbanismo", "Poblaciones vulnerables", "Salud Pública" y "Métodos, investigación y formación".

Asimismo, la Universidad ejecutó acciones de fomento de investigación en su sede y filiales que permitieron el desarrollo de proyectos de investigación. Estas acciones permitieron el incremento de la ejecución de proyectos de investigación y publicaciones científicas.

La ampliación de programas de estudio existentes destinados para el nuevo local, son sostenibles financieramente. Estos pueden ser brindados de acuerdo a las proyecciones de sus ingresos generados, durante el periodo de cinco (5) años analizados, pudiendo cubrir los costos, gastos y las obligaciones.

El análisis del informe técnico de modificación de licencia Nº 006-2019-SUNEDU-DILIC-EV, contiene la evaluación de la información presentada en atención a los requerimientos contenidos en la Resolución del Consejo Directivo Nº 062-2017-SUNEDU/CD y la Resolución del Consejo Directivo Nº 134-2018-SUNEDU/CD, cuyas conclusiones se han plasmado en el Informe de Atención de Requerimientos Nº 037-2019-SUNEDU-DILIC-EV.

Asimismo, el Informe técnico de modificación de licencia Nº 006-2019-SUNEDU/DILIC-EV, contiene la evaluación integral de las condiciones, indicadores, medios de verificación y formatos aplicables, conforme se establece en los escenarios 1 y 2 del Anexo de la Resolución Directoral Nº 006-2018-SUNEDU-02-12.

En tal sentido, conforme al numeral 6.2 del artículo 6 del TUO de la LPAG, se considera que el Informe técnico de modificación de licencia Nº 006-2019-SUNEDU/DILIC-EV, en tanto fundamenta la presente resolución, forma parte integrante de esta.

Cabe agregar, en lo referido a la aplicación de la Resolución del Consejo Directivo Nº 026-2016-SUNEDU-CD que aprueba el reglamento de tratamiento de la información confidencial en los procedimientos administrativos de la Sunedu, debe tenerse en cuenta que la información contenida en el Informe técnico de modificación de licencia es pública, en tanto no contiene referencias que afecten el secreto bancario, tributario comercial, industrial, tecnológico y bursátil de la Universidad, así como tampoco datos personales y/o sensibles.

En virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13, el numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo Nº 006-2018-MINEDU; los artículos 26 al 28 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD; la Resolución Directoral Nº 006-2018-SUNEDU-02-12; y, a lo acordado en la sesión del Consejo Directivo Nº 009-2019.

SE RESUELVE:



Primero.- APROBAR la modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad Privada del Norte S.A.C. y RECONOCER: a) la creación de un nuevo local ubicado en la Av. Guardia Peruana Nº 890 Urb. La Campiña, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima (F02L06), donde se brinde el servicio conducente a grado académico y título profesional; y b) ampliar la oferta académica de diecinueve (19) programas conducentes a grado académico de bachiller y título profesional, reconocidos por la Resolución de Consejo Directivo
Nº 062-2017-SUNEDU/CD
6
, mediante la cual se otorgó la licencia institucional, que se dictarán en el nuevo local en la modalidad presencial y semipresencial, conforme se detalla en la Tabla Nº 01 de la presente resolución.

TABLA Nº 01
Nº PROGRAMA DENOMINACIÓN DEL
GRADO ACADÉMICO
TÍTULO QUE
OTORGA
LOCAL
1 Administración Bachiller en Administración Licenciado en Administración
SL01
SL02
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L05
F02L06 (...)
3
Administración y Gestión Comercial Bachiller en Administración y Gestión Comercial Licenciado en Administración y Gestión Comercial
SL01
SL02
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L06
4
Administración y Marketing Bachiller en Administración y Marketing Licenciado en Administración y Marketing
SL01
SL02
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L05
F02L06
6
Modificada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 134-2018-
SUNEDU/CD.

Nº PROGRAMA DENOMINACIÓN DEL
GRADO ACADÉMICO
TÍTULO QUE
OTORGA
LOCAL
5
Administración y Negocios Internacionales Bachiller en Administración y Negocios Internacionales Licenciado en Administración y Negocios Internacionales
SL01
SL02
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L05
F02L06
6
Administración y Servicios Turísticos Bachiller en Administración y Servicios Turísticos Licenciado en Administración y Servicios Turísticos
SL01
SL02
SL03
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L06
7
Arquitectura y Diseño de Interiores Bachiller en Arquitectura Arquitecto
SL01
SL02
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L05
F02L06
8
Arquitectura y Urbanismo Bachiller en Arquitectura Arquitecto
SL01
SL02
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L05
F02L06 (...)
10
Comunicación Audiovisual en Medios Digitales Bachiller en Comunicación Audiovisual en Medios Digitales Licenciado en Comunicación Audiovisual en Medios Digitales
SL01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L05
F02L06 (...)
12
Comunicación y Periodismo Bachiller en Comunicación y Periodismo Licenciado en Comunicación y Periodismo
SL01
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L05
F02L06
13
Comunicación y Publicidad Bachiller en Comunicación y Publicidad Licenciado en Comunicación y Publicidad
SL01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L05
F02L06
Nº PROGRAMA DENOMINACIÓN DEL
GRADO ACADÉMICO
TÍTULO QUE
OTORGA
LOCAL
14
Contabilidad y Finanzas Bachiller en Contabilidad y Finanzas Contador Público
SL01
SL02
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L05
F02L06
15 Derecho Bachiller en Derecho Abogado
SL01
Bachiller en Derecho con mención en Gestión Pública
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
Bachiller en Derecho con mención en Derecho Empresarial
F02L04
F02L05
F02L06 (...)
23
Ingeniería Ambiental Bachiller en Ingeniería Ambiental Ingeniero Ambiental
SL03
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L06
24 Ingeniería Civil Bachiller en Ingeniería Civil Ingeniero Civil
SL03
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L06 (...)
26
Ingeniería de Sistemas Computacionales Bachiller en Ingeniería de Sistemas Computacionales Ingeniero de Sistemas Computacionales
SL03
Bachiller en Ingeniería de Sistemas Computacionales con mención en Ingeniería de Software
F01L01
F02L01
Bachiller en Ingeniería de Sistemas Computacionales con mención en Negocios y Tecnologías de Información
F02L02
F02L03
F02L04
Bachiller en Ingeniería de Sistemas Computacionales con mención en Redes y Seguridad Informática
F02L06 (...)
28
Ingeniería Empresarial Bachiller en Ingeniería Empresarial Ingeniero Empresarial
SL03
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L06 (...)
31
Ingeniería Industrial Bachiller en Ingeniería Industrial Ingeniero Industrial
SL01
SL03
F01L01
F02L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L06 (...)
Nº PROGRAMA DENOMINACIÓN DEL
GRADO ACADÉMICO
TÍTULO QUE
OTORGA
LOCAL
33
Nutrición y Dietética Bachiller en Nutrición y Dietética Licenciado en Nutrición y Dietética
F02L02
F02L03
F02L04
F02L06 (...)
35 Psicología Bachiller en Psicología Licenciado en Psicología
SL01
F01L01
F02L02
F02L03
F02L04
F02L06
Segundo.- REQUERIR a la Universidad Privada del Norte S.A.C. (i) Presentar, al final de los periodos académicos 2019-II, 2020-I, 2020-II, 2021-I, 2021-II, 2022-I y 2022-II, ante la Dirección de Licenciamiento, evidencias de los avances en la implementación progresiva de la infraestructura y equipamiento, así como los resultados de sus procesos de incorporación docente, ambos referidos al local F02L06, de acuerdo al compromiso declarado por la Universidad. (ii) Presentar, respecto al requerimiento (v) de la Resolución del Consejo Directivo Nº 134-2018-SUNEDU/ CD, ante la Dirección de Licenciamiento, las acciones implementadas y los resultados para mejorar la ratio estudiante/docente, tomando en cuenta a sus similares en Lima, conforme al Informe técnico de modificación de licencia Nº 006-2019-SUNEDU-DILIC-EV.

Tercero.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Sunedu mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15)
días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación.

Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe técnico de modificación de licencia Nº 006-2019-SUNEDU-DILIC-EV a la Universidad Privada del Norte S.A.C.
encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario, realizar el trámite correspondiente.

Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe); y la publicación del Informe técnico de modificación de licencia Nº 006-2019-SUNEDU-DILIC-EV, en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCD 026-2019-SUNEDU/CD Aprueban modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad Privada del Norte S.A.C. y dictan diversas disposiciones
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 026-2019-SUNEDU/CD
  • Emitida por : Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-03-05
  • Fecha de aplicacion : 2019-03-06

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.