3/12/2019

Publicación Proyecto Decreto Supremo Reglamento RM 086-2019-VIVIENDA Vivienda Construccion y

Gobiernos Regionales, Vivienda Construccion y Saneamiento Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-VIVIENDA RM 086-2019-VIVIENDA Lima, 11 de marzo de 2019 VISTO, el Informe Nº 040-2019-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, por el cual el Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo hace suyo el Informe Técnico
Gobiernos Regionales, Vivienda Construccion y Saneamiento
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-VIVIENDA
RM 086-2019-VIVIENDA
Lima, 11 de marzo de 2019
VISTO, el Informe Nº 040-2019-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, por el cual el Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo hace suyo el Informe Técnico - Legal Nº 012-2019-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-JACV; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 4 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento facilita el acceso de la población a una vivienda digna, en especial de aquella de menores recursos y además, promueve el desarrollo del mercado inmobiliario, entre otros; asimismo, el artículo 5 de la citada Ley, señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento tiene competencia, entre otras materias, en vivienda, construcción, urbanismo y desarrollo urbano;

Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30156, señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; teniendo entre otras competencias exclusivas, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;


Que, el numeral 2 del artículo 10 de la citada Ley establece como función compartida del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el normar, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas nacionales sobre ordenamiento y desarrollo urbanístico, habilitación urbana y edificaciones, uso y ocupación del suelo urbano y urbanizable, en el ámbito de su competencia, en concordancia con las leyes orgánicas de gobiernos regionales y de municipalidades;


Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-VIVIENDA, tiene por objeto establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la independización de predios rústicos, subdivisión de lotes, obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación, fiscalización en la ejecución de los respectivos proyectos, la recepción de obras de habilitación urbana y la conformidad de obra y declaratoria de edificación, garantizando la calidad de vida y la seguridad jurídica privada y pública; así como regula el rol y responsabilidades de los diversos actores vinculados en los procedimientos administrativos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2017- VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica, en adelante el Reglamento, que tiene por objeto la regulación de la Verificación Administrativa de los expedientes, posterior al otorgamiento de las Licencias de Habilitación Urbana y/o de Edificación, en la modalidad A; y, la Verificación Técnica de las obras de habilitación urbana y de edificación durante su ejecución, en todas las modalidades de aprobación, con excepción de las obras señaladas en el literal g) del numeral 1 del artículo 10 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29090;

Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1426, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, se modifican diversos artículos de la citada Ley, con la finalidad de simplificar los procedimientos administrativos para la obtención de licencias de habilitación urbana y edificaciones, así como fortalecer las competencias del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y precisar la regulación de las Municipalidades, en el marco de la modernización del Estado;

Que, el literal b) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, tiene entre sus funciones, el proponer o aprobar y difundir normas, planes, reglamentos, lineamientos, directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional en las materias de vivienda, urbanismo y ordenamiento e integración de los centros poblados en el marco de las políticas y normas que se vinculen;

Que, mediante el Informe Nº 040-2018-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU, sustentado en el Informe Técnico-Legal
Nº 012-2018-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-JACV, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo propone el proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica, con la finalidad de adecuarla a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1426, así como para precisar las atribuciones y responsabilidades de las municipalidades y para mejorar el desarrollo de los referidos procedimientos, con el objetivo de hacerlos más ágiles, eficientes y eficaces, lo cual favorecerá a los administrados;

Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, este requiere ser sometido a consulta a efectos de recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; el cual señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los
proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, en consecuencia, resulta necesario disponer su publicación y el plazo para la recepción de comentarios que los interesados formulen sobre el particular, en atención a lo indicado en los documentos de vistos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIVENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIVENDA; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-VIVIENDA, y de su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en el que se mantendrá por el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, a efectos de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general.

Artículo 2.- Consolidación de Información Encárguese a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación de las observaciones, comentarios y/o aportes que se presenten respecto del proyecto señalado en el artículo precedente, que se recibirán a través del portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, www.vivienda.gob.pe, en el link "Proyecto de modificación del Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica, aprobada por Decreto Supremo Nº 002-2017-VIVIENDA".

Regístrese, comuníquese y publíquese
JAVIER PIQUÉ DEL POZO
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 086-2019-VIVIENDA Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-VIVIENDA
  • Tipo de norma : RESOLUCION MINISTERIAL
  • Numero : 086-2019-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Gobiernos Regionales
  • Fecha de emision : 2019-03-12
  • Fecha de aplicacion : 2019-03-13

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