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Reconforman Comisión Organizadora Universidad RV 068-2019-MINEDU Educacion
3/30/2019
Reconforman Comisión Organizadora Universidad RV 068-2019-MINEDU Educacion
Proyecto, Educacion Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música RV 068-2019-MINEDU Lima, 27 marzo 2019 Vistos, el Expediente Nº MPT2019-EXT-0032846, el Informe Nº 00020-2019-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe Nº 00270-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música
RV 068-2019-MINEDU
Lima, 27 marzo 2019
Vistos, el Expediente Nº MPT2019-EXT-0032846, el Informe Nº 00020-2019-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe Nº 00270-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;
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Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que el Conservatorio Nacional de Música mantienen el régimen académico de gobierno y de economía establecidos por las leyes que los rigen; asimismo, tiene los deberes y derechos que confiere la presente Ley para otorgar en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, equivalentes a los otorgados por las universidades del país, que son válidos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestría y doctorado, y gozan de las exoneraciones y estímulos de las universidades en los términos de la Presente Ley;
Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 30597, se denomina Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música, asimismo, el artículo 2 establece que deberá adecuar su estatuto y órganos de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria;
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Que, el artículo 4 de la Ley Nº 30851, sobre la conformación de la Comisión Organizadora señala, que el Ministerio de Educación designa a los integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música y la Universidad Nacional Diego Quispe Tito al que refiere la Ley Nº 30597. Para ello la comunidad académica, integrada por docentes y alumnos de cada universidad, propone al Ministerio de Educación una relación de seis personas, para designar un mínimo de dos integrantes de la Comisión Organizadora;
Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos
de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;
Que, la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final, de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que la Universidad Nacional de Música, al que se refiere la Ley 30597, constituye un pliego presupuestario;
asimismo para la implementación del artículo 29 de la Ley Universitaria, se exceptúa al Ministerio de Educación de los numerales 61.2 y 61.3 del artículo 61 de esta última;
Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;
Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer la conformación de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; para tal efecto, su Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 de la mencionada norma;
Que, el literal A del Acápite IV.1 de la "Guía para la correcta aplicación del artículo 2 de la Ley Nº 30597, referida a la adecuación de los estatutos y los órganos de gobierno de la Universidad Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles y Universidad Nacional Diego Quispe Tito", aprobado con Resolución de Consejo Directivo Nº 158-2018-SUNEDU/CD, se precisa que en caso se reconforme la Comisión Organizadora de alguna de las universidades antes referidas, los demás candidatos propuestos al Ministerio de Educación que no hayan sido designados, quedarán como accesitarios;
Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI Disposiciones Específicas de la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobada por Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;
Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI Disposiciones Específicas de la Norma Técnica antes citada, establece que la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, es la encargada de la selección de los miembros de las Comisiones Organizadoras, cuyo procedimiento comprende las siguientes actividades: invitación a expresiones de interés, evaluación, selección y designación;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 002-2019-MINEDU, se constituye la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música, quedando integrada de la siguiente manera: CARMEN
ANGELICA ESCOBEDO REVOREDO DE ALBAN, Presidenta; NILO AUGUSTO VELARDE CHONG, Vicepresidente Académico; y LYDIA FATIMA HUNG
WONG, Vicepresidenta de Investigación;
Que, mediante Carta de fecha 11 de febrero de 2019, el señor NILO AUGUSTO VELARDE CHONG solicita su renuncia al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música.
Que, mediante Oficio Nº 00290-2019-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe Nº 00020-2019-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, por las razones expuestas en el referido informe, propone: i) Aceptar la renuncia de NILO AUGUSTO VELARDE CHONG
al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música; y, ii)
designar a CLAUDIO GERMAN PANTA SALAZAR como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música;
Con el visado de la Dirección General de Educación Superior Universitaria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Ley Nº 30597, Ley que denomina Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música; Ley Nº 30851, Ley que establece medidas para la correcta aplicación de la ley 30597; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Resolución de Consejo Directivo Nº 158-2018-SUNEDU/CD que aprueba la "Guía para la correcta aplicación del artículo 2 de la Ley Nº 30597, respecto de la adecuación de los estatutos y los órganos de gobierno de la Universidad Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles y Universidad Nacional Diego Quispe Tito; y, Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia de NILO AUGUSTO
VELARDE CHONG, al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música, designado mediante Resolución Viceministerial Nº 002-2019-MINEDU, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música, la misma que estará integrada por:
- CARMEN ANGELICA ESCOBEDO REVOREDO DE
ALBAN, Presidenta;
- CLAUDIO GERMAN PANTA SALAZAR, Vicepresidente Académico; y - LYDIA FATIMA HUNG WONG, Vicepresidenta de Investigación.
Regístrese, comuníquese y publíquese
ANA PATRICIA ANDRADE PACORA
Viceministra de Gestión Pedagógica
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 068-2019-MINEDU Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 068-2019-MINEDU
- Emitida por : Educacion - Proyecto
- Fecha de emision : 2019-03-30
- Fecha de aplicacion : 2019-03-31
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