6/15/2019

Segunda Modificación Plan Operativo Institucional RSG 030-2019-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Aprueban Segunda Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio RSG 030-2019-MINAM Lima, 13 de junio de 2019 VISTOS; el Memorando Nº 00637-2019-MINAM/ SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00088-2019-MINAM/ SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 00269-2019-MINAM/SG/ OGAJ de la Oficina de General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Ambiente
Aprueban Segunda Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio
RSG 030-2019-MINAM
Lima, 13 de junio de 2019
VISTOS; el Memorando Nº 00637-2019-MINAM/ SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00088-2019-MINAM/ SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 00269-2019-MINAM/SG/ OGAJ de la Oficina de General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, a través de la Resolución Ministerial 130-2018-MINAM se aprueba el Plan Operativo Institucional (POl) del Ministerio del Ambiente;
asimismo, con Resolución de Secretaría General Nº 003-2019-MINAM se aprueba la Primera Modificación del referido Plan;

Que, con Resolución Ministerial Nº 092-2019-MINAM
se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2022 del Ministerio del Ambiente;

Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional", con el objetivo de establecer las pautas para Ia elaboración o modificación del Plan Estratégico lnstitucional (PEl) y del Plan Operativo lnstitucional (POl) en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;


Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, el POI se modifica cuando se modifica el PEI y, además, cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización;
y b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI;


Que, mediante el Memorando Nº 00637-2019-MINAM/ SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe Nº 00088-2019-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, señala que, de acuerdo con el "Informe de evaluación e implementación del Plan Operativo Institucional (POI) del año del I Trimestre", en el periodo comprendido entre enero y marzo de se incorporaron nuevas actividades operativas e inversiones en las diferentes unidades orgánicas del Ministerio del Ambiente, como resultado de los saldos de balance, incorporación de recursos y modificaciones presupuestales realizadas; asimismo, la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2022 comprendió modificaciones a nivel de objetivos, acciones e indicadores estratégicos;
por lo que habiéndose configurado dos de las causales para la modificación del POI en ejecución, se coordinó y desarrolló con los órganos y unidades ejecutoras la segunda modificación del POI del MINAM;

Que, según lo previsto en el literal b) del numeral 3.3 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 005-2019-MINAM, la Titular del Pliego 005: Ministerio del Ambiente delega en la Secretaría General del Ministerio del Ambiente, durante el Año Fiscal 2019, la facultad de aprobar las modificatorias del Plan Operativo Institucional;

Que, mediante Informe Nº 00269-MINAM/SG/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable aprobar la Segunda Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio del Ambiente;

Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Resolución Presidencial del Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/ PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD, que aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional";

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Segunda Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial 130-2018-MINAM, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaría General.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www. gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KIRLA ECHEGARAY ALFARO
Secretaria General

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RSG 030-2019-MINAM Aprueban Segunda Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL
  • Numero : 030-2019-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-06-15
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-16

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