7/12/2019

Acuerdo Intercambio Notas Entre República Perú DS 033-2019-RE Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Ratifican el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la Unión Europea que enmienda la Cláusula 2 del Convenio de Financiación "Medidas de Apoyo para el Perú" DS 033-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la Unión Europea que enmienda la Cláusula 2 del Convenio de Financiación "Medidas de Apoyo para el Perú", fue constituido
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Ratifican el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la Unión Europea que enmienda la Cláusula 2 del Convenio de Financiación "Medidas de Apoyo para el Perú"
DS 033-2019-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la Unión Europea que enmienda la Cláusula 2 del Convenio de Financiación "Medidas de Apoyo para el Perú", fue constituido por la Nota ARES (2018) 6221635 de la Delegación de la Unión Europea en el Perú, del 4 de diciembre de 2018; y, Nota RE (APC) Nº 7-10-B/002 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú - Agencia Peruana de Cooperación Internacional, del 5 de febrero de 2019.

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:



Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la Unión Europea que enmienda la Cláusula 2 del Convenio de Financiación "Medidas de Apoyo para el Perú", constituido por la Nota ARES (2018) 6221635 de la Delegación de la Unión Europea en el Perú, del 4 de diciembre de 2018; y, Nota RE (APC) Nº 7-10-B/002 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú - Agencia Peruana de Cooperación Internacional, del 5 de febrero de 2019.


Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.


Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 033-2019-RE Ratifican el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la Unión Europea que enmienda la Cláusula 2 del Convenio de Financiación "Medidas de Apoyo para el Perú"
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 033-2019-RE
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-07-12
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-13

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