7/15/2019

Nuevo Programa Nacional Monitoreo Contaminantes RJ Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban el nuevo Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos RJ 0090-2019-MINAGRI-SENASA 10 de julio de 2019 VISTO: El MEMORANDUM-0212-2019-MINAGRI-SENASA-DIAIA de fecha 17 de mayo de 2019, suscrito por el Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria - DIAIA y el Informe Nº 0005-2019-MINAGRI-SENASA-DIAIA-SIAG-EREYESC de fecha 15
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Aprueban el nuevo Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos
RJ 0090-2019-MINAGRI-SENASA
10 de julio de 2019
VISTO:

El MEMORANDUM-0212-2019-MINAGRI-SENASA-DIAIA de fecha 17 de mayo de 2019, suscrito por el Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria - DIAIA y el Informe Nº 0005-2019-MINAGRI-SENASA-DIAIA-SIAG-EREYESC de fecha 15 de mayo de 2019, de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria, y;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 32 del Decreto Supremo Nº 004-201 1-AG
que aprueba el Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria dispone que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA establecerá el Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes que afecten la inocuidad de los alimentos agropecuarios primarios y piensos que puedan poner en riesgo la salud de las personas. Este programa constatará de planes anuales que involucren el ámbito geográfico, tipo de alimento, número de muestras a analizar, así como los procedimientos a seguir. Este Programa Nacional de Monitoreo será coordinado con las autoridades de nivel regional y local a través de las Direcciones Ejecutivas del
SENASA;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 141-2011-AG-SENASA de fecha 25 de mayo de 2011 se estableció el Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos (en adelante el Programa Nacional), cuya ejecución se llevaría a cabo a nivel nacional en colaboración con las autoridades de los gobiernos regionales y locales;


Que, con Memorándum-0811-2011-AG-SENASA-DIAIA de fecha 27 de diciembre de 2011, la DIAIA, recomendó modificar el Programa Nacional, en las secciones "Comunicación de Resultados Analíticos" y "Notificaciones";

Que, a través del Memorándum-0008-2012-AG-SENASA-OCDP de fecha 20 de febrero de 2012, la Oficina de los Centros de Diagnóstico y Producción - OCDP formuló observaciones al Programa Nacional, aprobado por Resolución Jefatural Nº 141-2011-AG-SENASA, requiriendo una mayor priorización de los analitos incluidos en el Programa Nacional para un mejor

uso de la capacidad instalada del Laboratorio de la Unidad del Centro de Control de Insumos y Residuos Tóxicos - UCCIRT en la ejecución de dicho Programa;

Que, con Memorándum-0055-2012-AG-SENASA-OCDP-UCCIRT de fecha 20 de junio de 2012, la OCDP
además de las observaciones ya efectuadas al Programa Nacional, señaló que falta precisar los "residuos marcadores" incluyendo los metabolitos de los residuos de medicamentos veterinarios y residuos de plaguicidas que corresponden según la definición de LMR del Codex;

Que, con Memorándum-0020-2012-AG-SENASA-DIAIA-SIAG de fecha 7 de agosto de 2012, la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria remitió a la DIAIA el Informe para la modificación del Programa Nacional, en mérito a las comunicaciones y coordinaciones efectuadas con la UCCIRT del SENASA; el mismo que la DIAIA hizo suyo mediante Memorándum-0166-2012-AG-SENASA-DIAIA de fecha 9 de agosto de 2012, con la finalidad de introducir mejoras al Programa Nacional;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0207-2012-AG-SENASA, de fecha 7 de septiembre de 2012, se aprobó el nuevo Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos, a ejecutarse a nivel nacional en colaboración con las autoridades de los Gobiernos Regionales y Locales; y constará de planes anuales donde se especificarán las zonas a muestrear, número de muestras, tipo de alimentos y relación de plaguicidas químicos de uso agrícola, medicamentos de uso veterinario, metales pesados, microorganismos y micotoxinas, así como el procedimiento a seguir;

Que, con Memorandum-0212-2019-MINAGRI-SENASA-DIAIA de fecha 17 de mayo de 2019, la DIAIA
remitió a la Jefatura Nacional del SENASA el Informe de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria para establecer un nuevo Programa Nacional, que permitirá establecer la vigilancia y control de productos pecuarios y agrícolas en las diferentes etapas (producción primaria, empacadoras, mataderos, mercados mayoristas y minoristas, puestos de frontera, etc.), este Programa Nacional se desarrolla en base al informe de la consultoría para la formulación del componente de inocuidad de alimentos (PE-L1166), éste nuevo Programa constará de planes anuales, en los cuales se realizarán análisis de residuos químicos (residuos de plaguicidas y medicamentos veterinarios) y otros contaminantes (metales pesados, contaminantes microbiológicos, incluidas sus toxinas), en alimentos agropecuarios primarios de origen vegetal y animal destinados al consumo humano y de piensos, de igual manera se analizará el agua de riego en campo y agua en procesamiento primario incluyendo mataderos y centros de faenamiento avícola. Se aplicará a los productos agropecuarios, sean de producción nacional o importada;

Que, atendiendo a los mencionados documentos, resulta conveniente aprobar el nuevo Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1062 - Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo Nº 034-2018-AG - Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo Nº 004-2011-AG - Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, Decreto Supremo Nº 006-2016-MINAGRI - Decreto Supremo que modifica y complementa normas del Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2011-AG; y con el visado de los Directores Generales de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria, de la Oficina de Centros de Diagnóstico y Producción, de Planificación y Desarrollo Institucional, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el nuevo Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos, que forma parte de la presente Resolución, el cual será publicado en el portal institucional:
www.senasa.gob.pe.

Artículo 2.- El Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes se ejecutará a nivel nacional en colaboración con autoridades de los Gobiernos Regionales y Locales; y constará de planes anuales, donde se especificará el ámbito geográfico, tipo de alimento, número de muestras a analizar y relación de plaguicidas químicos de uso agrícola, medicamentos de uso veterinario, metales pesados, microorganismos, parásitos y micotoxinas, así como microorganismos, parásitos y metales pesados en agua de riego en campo/ agua en procesamiento primario incluyendo mataderos y centros de faenamiento avícola y el procedimiento a seguir.

Artículo 3.- Los proveedores de alimentos agropecuarios primarios y piensos en los lugares de expendio deben colaborar con el SENASA, brindando las facilidades de acceso para el desarrollo de sus actividades que incluye la toma de muestra respectiva.

Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 0207-2012-AG-SENASA.

Regístrese y comuníquese y publíquese.

PEDRO J. MOLINA SALCEDO
Jefe Sevicio Nacional de Sanidad Agraria

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 0090-2019-MINAGRI-SENASA Aprueban el nuevo Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 0090-2019-MINAGRI-SENASA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-07-15
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-16

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