7/24/2019

Oficializan Aprobación Plan Estratégico RDEC 150-2019-IMARPE/DEC Produce

Poder Ejecutivo, Produce Oficializan aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2022 del Instituto del Mar del Perú RDEC 150-2019-IMARPE/DEC Callao, 19 de julio de 2019 VISTO: El Memorándum Nº 086-2019-IMARPE/SG de fecha 11 de julio de 2019, de Secretaria General, Memorándum Nº 339-2019-IMARPE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 278-2019-IMARPE/OGAJ de fecha 12 de julio de 2019, emitido por la
Poder Ejecutivo, Produce
Oficializan aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2022 del Instituto del Mar del Perú
RDEC 150-2019-IMARPE/DEC
Callao, 19 de julio de 2019
VISTO:

El Memorándum Nº 086-2019-IMARPE/SG de fecha 11 de julio de 2019, de Secretaria General, Memorándum Nº 339-2019-IMARPE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 278-2019-IMARPE/OGAJ de fecha 12 de julio de 2019, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Acuerdo Nº 036-2019-CD/O adoptado por el Consejo Directivo en su Sétima Sesión Ordinaria, celebrada con fecha 15 de julio de 2019;

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, señala en su artículo 34º que, todo organismo público debe contar con un Plan Estratégico Institucional (PEI);

Que, el artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:


1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.

2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.

3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.


4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, establece las funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, entre ellas desarrollar, formular, consolidar y efectuar el seguimiento, actualización y evaluación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y Plan Operativo Institucional, de acuerdo a los lineamientos de la Alta Dirección y en armonía con el Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM del Sector Producción;

Que, la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;

Que mediante Resolución Ministerial Nº 354-2017- PRODUCE, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021 del Sector Producción, que constituye el instrumento de planeamiento estratégico de mediano plazo, que contiene el marco estratégico sectorial, objetivos estratégicos, acciones estratégicas priorizadas, con sus respectivas metas e indicadores;

Que, en el artículo 3 de la precitada resolución, se dispone que el Ministerio de la Producción y sus organismos públicos adscritos efectúen la elaboración y/o adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales y Planes Operativos Institucionales al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2021 del Sector Producción;

Que, de acuerdo al numeral 4.1 de la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD y modificatoria, el PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un período mínimo de tres (03) años, a través de iniciativas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben refl ejar en resultados;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 278-2019-IMARPE/OGAJ de fecha 12 de julio de 2019, opina que resulta jurídicamente viable aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI), en cumplimiento con lo establecido en el artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional";

Que, el literal h) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012- PRODUCE, establece como una de las funciones de la Dirección Ejecutiva Científica presentar el Plan Estratégico Institucional para aprobación del Consejo Directivo;

Que, conforme a lo indicado en el párrafo precedente, el Consejo Directivo del IMARPE en su Sétima Sesión Ordinaria celebrada con fecha 15 de julio del 2019, mediante Acuerdo Nº 036-2019-CD/O, ha aprobado el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2022 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE;

Que, el literal o) del artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012- PRODUCE
señala que sus funciones de la Dirección Ejecutiva Científica expedir resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos, de las funciones delegadas por el Consejo Directivo y de otros dispositivos que por normas legal se establezcan;

De conformidad a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del IMARPE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico del Desarrollo Nacional", Resolución Ministerial Nº 354-2017-PRODUCE, Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021 del Sector Producción;

Con la visación de la Secretaria General, las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica.

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Oficializar la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2022 del Instituto del Mar del Perú, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Este instrumento de Gestión, podrá ser modificado y/o reformulado durante el proceso de su ejecución a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2022 del Instituto del Mar del Perú, de conformidad con lo dispuesto en la Guía para el Planeamiento Institucional.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como la publicación de la Resolución y su anexo en el Portal Institucional y en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENATO C. GUEVARA CARRASCO
Director Ejecutivo Científico Instituto del Mar del Perú

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RDEC 150-2019-IMARPE/DEC Oficializan aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2022 del Instituto del Mar del Perú
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA
  • Numero : 150-2019-IMARPE/DEC
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-07-24
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-25

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