9/13/2019
Dejan Sin Efecto Res 3496 2017 Personas RE 3966-2019 SBS
Poder Judicial, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Dejan sin efecto la Res. Nº 3496-2017 y autorizan a personas naturales a actuar como Representantes en el Perú de Itaú Corpbanca RE 3966-2019 Lima, 28 de agosto de 2019 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el banco del exterior Itaú Corpbanca (en adelante, el Banco),
Dejan sin efecto la Res. Nº 3496-2017 y autorizan a personas naturales a actuar como Representantes en el Perú de Itaú Corpbanca
RE 3966-2019
Lima, 28 de agosto de 2019
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por el banco del exterior Itaú Corpbanca (en adelante, el Banco), para que esta Superintendencia autorice a los señores Daniel Ernesto Menéndez Zeppilli y Federico Juan Arana Rodríguez, a actuar como sus Representantes en el Perú, en reemplazo del señor Nicolás García Del Río.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 3496-2017 del 06.09.2017, se autorizó al señor Nicolás García Del Río para actuar como Representante en el Perú de Itaú Corpbanca;
Que, mediante carta S/N presentada el 18.07.
el Banco solicitó a esta Superintendencia autorización para que los señores Daniel Ernesto Menéndez Zeppilli y Federico Juan Arana Rodríguez, ambos de nacionalidad peruana, identificados con DNI Nº 40497623 y 10303911
respectivamente, actúen como sus representantes en el Perú, en reemplazo del señor Nicolás García Del Río;
Que, en el marco de lo establecido en el artículo 43º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, así como en el artículo 20º del Reglamento para la Constitución, Reorganización y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financieros y de Seguros, (Resolución SBS Nº 10440-2008), y de conformidad con los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 06 del TUPA de esta Superintendencia;
TAMBIEN PUEDES VER: Declara Interés Nacional Feria Expoalimentaria DS 007-2019-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
se ha verificado que la documentación presentada por la referida empresa bancaria del exterior no establecida en el país, se encuentra legalmente conforme;
Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Bancaria "B" y el Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; así como de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Asesoría Jurídica;
MAS NORMAS LEGALES: Ampliación Permanencia Oficial Ep Colombia RM 1188-DE/EP Defensa
RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 3496-2017 del 06.09.2017, por la cual se autorizó al señor Nicolás García Del Río a actuar como Representante en el Perú de Itaú Corpbanca.
Artículo Segundo.- Autorizar a los señores Daniel Ernesto Menéndez Zeppilli y Federico Juan Arana Rodríguez, a actuar cada uno individualmente como Representantes en el Perú de Itaú Corpbanca.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 3966-2019 Dejan sin efecto la Res. Nº 3496-2017 y autorizan a personas naturales a actuar como Representantes en el Perú de Itaú Corpbanca
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN SBS
- Numero : 3966-2019
- Emitida por : Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Poder Judicial
- Fecha de emision : 2019-09-13
- Fecha de aplicacion : 2019-09-14
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