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Establecen Contenido Síntesis Resoluciones RE 000012-2019-SG/ONPE Oficina Nacional de Procesos
10/12/2019
Establecen Contenido Síntesis Resoluciones RE 000012-2019-SG/ONPE Oficina Nacional de Procesos
Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales Establecen contenido de la síntesis de resoluciones jefaturales por las que se concluyen procedimientos administrativos sancionadores contra las organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera sobre aportes, ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, así como de la Información Financiera Anual RE 000012-2019-SG/ONPE Lima, 11 de octubre del 2019 VISTA: La
Establecen contenido de la síntesis de resoluciones jefaturales por las que se concluyen procedimientos administrativos sancionadores contra las organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera sobre aportes, ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, así como de la Información Financiera Anual
RE 000012-2019-SG/ONPE
Lima, 11 de octubre del 2019
VISTA: La Resolución Jefatural Nº 000194-2019-JN/ ONPE, por la que se autoriza a la Secretaría General a publicar en el diario oficial El Peruano, la síntesis de la parte resolutiva de los pronunciamientos finales en los procedimientos administrativos sancionadores seguidos contra las organizaciones políticas por el incumplimiento de la presentación de la Información Financiera sobre aportes, ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, así como de la Información Financiera Anual; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales es, de acuerdo al artículo 182 de la Constitución, el organismo constitucional autónomo competente para organizar y ejecutar los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consultas populares; asimismo, ejerce las demás funciones que la ley le señala;
Así, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante LOP), esta entidad tiene la función de verificación y control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas;
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Que, el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000025-2018-JN/ONPE, dispone el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (en adelante, PAS), ante la comisión de las infracciones establecidas en la LOP. Entre estas, tenemos que se establece como una infracción grave la presentación de la Información Financiera Anual correspondiente, fuera del plazo establecido en el numeral 34.3 del artículo 34 de la LOP y como una muy falta grave la persistencia en la omisión de entrega de la IFA hasta el inicio del PAS; así también el numeral 1 del literal b) del artículo 36 de la LOP, establece como infracción grave, el hecho de no presentar informes sobre las aportaciones e ingresos recibidos; así como los gastos efectuados durante la campaña electoral, en el plazo de ley, y como una falta muy grave la persistencia en la omisión hasta el inicio de PAS, ni haber procedido a subsanar tal incumplimiento en el plazo otorgado por la ONPE; es
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decir, en estos supuestos se iniciará el procedimiento administrativo sancionador;
Que, por su parte, el artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, y sus modificatorias, asigna a la Secretaría General la función integral del trámite documentario. Esta tarea supone, entre otras, la remisión de las copias certificadas de las resoluciones jefaturales para su publicación en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000194-2019-JN/ONPE, de fecha 10 de octubre de 2019, se autorizó a la Secretaría General a publicar la síntesis de la parte resolutiva de los pronunciamientos finales en los procedimientos administrativos sancionadores seguidos contra las organizaciones políticas por el incumplimiento de la presentación de la Información Financiera sobre aportes, ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, así como de la Información Financiera Anual;
De ese modo, se busca cumplir la finalidad de informar a la ciudadanía en general, los pronunciamientos de la ONPE en ejercicio de su función de control y verificación de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas, en relación a la presentación oportuna de la Información Financiera sobre aportes, ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, así la Información Financiera Anual, sin afectar los principios de equilibrio presupuestario, equilibrio macro fiscal y de eficiencia en la ejecución de los fondos públicos;
Que, por lo expuesto, corresponde aprobar el contenido de la síntesis a la que se refiere la Resolución Nº 000194-2019-JN/ONPE, estableciendo los datos que deberá consignar dicha síntesis, así como la oportunidad de su publicación;
De conformidad con lo establecido en el literal p) del artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, y sus modificatorias;
Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ESTABLECER el contenido de la síntesis de las resoluciones jefaturales por las que se concluyen los procedimientos administrativos sancionadores contra las organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera sobre aportes, ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, así como de la Información Financiera Anual, a la que se refiere la Resolución Jefatural Nº 000194-2019-JN/ONPE, la cual estará conformada por los siguientes campos:
Nombre de la Organización Política Número de Resolución Jefatural Fecha de la Resolución Decisión Cuantía de la sanción (de ser el caso)
Artículo Segundo.- Disponer que la publicación de la síntesis de las resoluciones jefaturales señaladas en el artículo precedente, se realice mediante acto resolutivo en el diario oficial El Peruano, de forma conjunta, en el plazo de quince (15) días posteriores a su emisión.
Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (03) días posteriores a su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLE ELGUERA CARBAJAL
Secretaria General (e)
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 000012-2019-SG/ONPE Establecen contenido de la síntesis de resoluciones jefaturales por las que se concluyen procedimientos administrativos sancionadores contra las organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera sobre aportes, ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, así como de la Información Financiera Anual
- Tipo de norma : RESOLUCION
- Numero : 000012-2019-SG/ONPE
- Emitida por : Oficina Nacional de Procesos Electorales - Poder Judicial
- Fecha de emision : 2019-10-12
- Fecha de aplicacion : 2019-10-13
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