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Apci Gastos Desplazamiento Servidores Cenfotur RM 0772/RE-2019 Relaciones Exteriores
11/09/2019
Apci Gastos Desplazamiento Servidores Cenfotur RM 0772/RE-2019 Relaciones Exteriores
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Autorizan a la APCI los gastos para el desplazamiento de servidores de CENFOTUR en el marco de proyecto que se realizará en Santa Lucía RM 0772/RE-2019 Lima, 6 de noviembre de 2019 VISTO: El Memorándum (APC) Nº APC00377/2019, de 9 de octubre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y el Memorándum (DCI) Nº DCI00716/2019, de 24 de octubre de 2019, de la Dirección de Cooperación Internacional; CONSIDERANDO: Que,
Autorizan a la APCI los gastos para el desplazamiento de servidores de CENFOTUR en el marco de proyecto que se realizará en Santa Lucía
RM 0772/RE-2019
Lima, 6 de noviembre de 2019
VISTO:
El Memorándum (APC) Nº APC00377/2019, de 9 de octubre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y el Memorándum (DCI) Nº DCI00716/2019, de 24 de octubre de 2019, de la Dirección de Cooperación Internacional;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece;
Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo Nº 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú;
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Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI
financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración;
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Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693
establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, la Cooperación entre Perú y Santa Lucía se enmarca en el Acuerdo sobre Cooperación Técnica y Científica entre la República del Perú y Santa Lucía, suscrito el 27 de setiembre de 2018, a través del cual, se estableció que la Cooperación Técnica y Científica entre las partes puede adoptar la forma de Intercambio de asesores, expertos y profesionales, incluido profesores e intercambio de información en materia científica, técnica, cultural y social, entre otros;
Que, mediante Nota OAS-04/del 6 de febrero de 2019, la Representación Permanente de Santa Lucía ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), confirma la aceptación de dicho país de llevar a cabo el Proyecto "Fortalecimiento en Gastronomía de Perú a Santa Lucía - Cosecha del campo a la mesa";
Que el Proyecto denominado: "Fortalecimiento en Gastronomía de Perú a Santa Lucía - Cosecha del campo a la mesa", es el único proyecto que se tiene con Santa Lucía en donde el Perú es oferente, en el cual el Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR) de la República del Perú y el Centro de Formación y Entrenamiento (SYNERGY) de Santa Lucía ejecutarán la segunda actividad del referido proyecto programada para llevarse a cabo del 10 al 15 de noviembre de en Castries, Santa Lucía. En ese sentido, el Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR), designó a la Sra. Sandra Guerra Vigil y al Sr. Marco Huertas Camino, ambos profesionales de esa Institución, para brindar asistencia técnica y capacitación;
Que, en la referida actividad, la asistencia técnica y capacitación que brindará CENFOTUR contribuirá al fortalecimiento de las capacidades técnicas del SYNERGY en las áreas de emprendimiento, nuevas tendencias gastronómicas, reconocimiento de insumos y técnicas locales, taller de habilidades y técnicas de cocina, contribuyendo con ello a mejorar las capacidades nacionales de Santa Lucía en gastronomía y emprendimiento;
Que, conforme al artículo 38º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, la APCI, a través de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional (DGNI), realiza el seguimiento de los programas, proyectos y actividades de cooperación internacional no reembolsable o cooperación técnica internacional;
Que, en el mismo sentido, de acuerdo al numeral 12.5 del artículo 12 del Reglamento de la Ley Nº 28875, Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2019-RE, la APCI
realiza visitas de campo y requiere información, de ser el caso, a las entidades ejecutoras como parte del seguimiento a las intervenciones de Cooperación Técnica Internacional, en el marco de sus competencias;
Que, conforme a lo antes expuesto, la APCI informa que resulta necesaria la autorización de viaje en comisión de servicios del señor Jordi Ramírez Orihuela, servidor de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, para que realice las acciones de seguimiento al Proyecto "Fortalecimiento en Gastronomía de Perú a Santa Lucía - Cosecha del campo a la mesa" en el contexto de la realización de la segunda actividad programada del 10 al 15 de noviembre de 2019;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento de los servidores de CENFOTUR y del servidor de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;
Que, mediante Memorándum Nº 0851-2019-APCI/ OGA, de 1 de octubre de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI, informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados;
asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándums Nº 0432-2019-APCI/ OPP y Nº 0446-2019-APCI/OPP, de 20 y 27 de setiembre de 2019, respectivamente, indicaron que se cuenta con la disponibilidad presupuestal, emitiendo las respectivas certificaciones de crédito presupuestal;
Que, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, mediante Informe Nº 0128-2019-APCI/DGNI, de 2 de octubre de 2019, emitió opinión técnica, concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de los mencionados servidores del CENFOTUR y la comisión de servicios del servidor de la APCI a Santa Lucía; asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe Nº 0246-2019-APCI/OAJ, de 7 de octubre de 2019, verificó el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto para el desplazamiento de los servidores de CENFOTUR, y por la autorización de viaje por comisión de servicios del personal de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI;
Que, a través del Memorándum (DCI) Nº DCI00716/2019, de 24 de octubre de 2019, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones
Exteriores, indicó que a verificado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación;
De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, y sus modificatorias; la Ley Nº 28875, Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2019-RE;
y la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de los señores Marco Antonio de Jesús Huertas Camino y Sandra Rosa Guerra Vigil de Alcántara, servidores civiles de nacionalidad peruana del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR), en el marco de la segunda actividad del proyecto denominado "Fortalecimiento en Gastronomía de Perú a Santa Lucía - Cosecha del campo a la mesa" a realizarse en la ciudad de Castries, Santa Lucía, del 10 al 15 de noviembre de 2019, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasajes Aéreos Clase Económica
USD
Viáticos por día
USD
Número de días Total de viáticos
USD
Marco Antonio de Jesús Huertas Camino 1803.75 430.00 6 2580.00
Sandra Rosa Guerra Vigil de Alcántara 1803.75 430.00 6 2580.00
Artículo 2.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la autorización.
Artículo 3º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Jordi Ramírez Orihuela, servidor de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, a la ciudad de Castries, Santa Lucía del 10 al 15 de noviembre de 2019, para realizar las acciones de seguimiento a la ejecución del proyecto denominado "Fortalecimiento en Gastronomía de Perú a Santa Lucía - Cosecha del campo a la mesa".
Artículo 4º.- Los gastos que irrogue la comisión de servicios autorizada en el artículo 3º serán cubiertos por el pliego presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasajes Aéreos Clase Económica
USD
Viáticos por día
USD
Número de días Total de viáticos
USD
Jordi Ramírez Orihuela 1803.75 430.00 6 2580.00
Artículo 5º.- Dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno al país, el señor Ramírez Orihuela presentará al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado en el artículo 3º de la presente Resolución.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.
Ministro de Relaciones Exteriores
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0772/RE-2019 Autorizan a la APCI los gastos para el desplazamiento de servidores de CENFOTUR en el marco de proyecto que se realizará en Santa Lucía
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0772/RE-2019
- Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-11-09
- Fecha de aplicacion : 2019-11-10
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