11/07/2019

Planes Anuales Evaluación Fiscalización Ambiental RDE Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental del SERFOR, correspondientes a los años y 2020 RDE 236-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 6 de noviembre de 2019 VISTOS: Los Informes Nº 030-2019-MINAGRI-SERFOR-DGGSPFFS/DCGPFFS y Nº 058-2019-MINAGRI-SERFOR-DGGSPFFS/DCGPFFS, del 29 de marzo y 02 de julio de 2019, respectivamente, emitidos por la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Aprueban Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental del SERFOR, correspondientes a los años y 2020
RDE 236-2019-MINAGRI-SERFOR-DE
Lima, 6 de noviembre de 2019
VISTOS:

Los Informes Nº 030-2019-MINAGRI-SERFOR-DGGSPFFS/DCGPFFS y Nº 058-2019-MINAGRI-SERFOR-DGGSPFFS/DCGPFFS, del 29 de marzo y 02 de julio de 2019, respectivamente, emitidos por la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, el Informe Nº 076-2019-MINAGRI-SERFOR-GG-OGPP/OPR del 18 de julio de emitido por la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 363-2019-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ del 30 de octubre de 2019, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el artículo 14 de la citada ley establece como una de las funciones del SERFOR, el gestionar y promover el uso sostenible, la conservación y la protección de los recursos forestales y de fauna silvestre;


Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental - a cargo de las diversas entidades del Estado - se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, conforme al numeral 6.1 del artículo 6 del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental son los instrumentos de planificación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización Ambiental - EFA programa las acciones a su cargo, en materia de fiscalización ambiental a ser efectuadas durante el año fiscal; y, las EFA tienen la obligación de formular, aprobar y reportar su Planefa, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto;


Que, al respecto, el artículo 5 de los "Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa", aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD, dispone que el Planefa debe ser formulado de manera coordinada por los órganos de la EFA que ejercen las acciones de fiscalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de planificación y presupuesto; y, que las actividades planificadas en el Planefa deben ser incluidas en el Plan Operativo Institucional - POI durante el año anterior a su ejecución, a fin de asegurar el financiamiento de las acciones y metas programadas;

Que, de esta manera, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ha formulado su respectivo plan de intervención para el ejercicio y 2020, los cuales han sido priorizados y programados en los proyectos de Planefa del SERFOR correspondiente a los años y 2020;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar los Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental del SERFOR, correspondiente a los años y 2020;

Con el visado del Gerente General, del Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, los "Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa", aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD y en el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR correspondiente al año 2019, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR correspondiente al año 2020, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, asimismo la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.serfor.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALBERTO GONZÁLES-ZÚÑIGA G.

Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RDE 236-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Aprueban Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental del SERFOR, correspondientes a los años y 2020
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : 236-2019-MINAGRI-SERFOR-DE
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-07
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-08

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