12/20/2019

Programación Pagos Prestaciones Económicas RJ 203-2019/SIS Seguro Integral de Salud

Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Aprueban programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio correspondientes a solicitudes presentadas por las UDR´s Huancavelica, Lambayeque, Lima Metropolitana Norte, Piura II y La Libertad RJ 203-2019/SIS Lima, 19 de diciembre de 2019 VISTOS: Los Memorandos Nº 1481 y 1894-2019-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe Nº 008-2019-SIS/GNF-SGF/JRGC
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud
Aprueban programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio correspondientes a solicitudes presentadas por las UDR´s Huancavelica, Lambayeque, Lima Metropolitana Norte, Piura II y La Libertad
RJ 203-2019/SIS
Lima, 19 de diciembre de 2019
VISTOS: Los Memorandos Nº 1481 y 1894-2019-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe Nº 008-2019-SIS/GNF-SGF/JRGC con Proveído Nº 940-2019-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe Nº 660-2019-SIS/OGAJ/ DE con Proveído Nº 679-2019-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado -TUO de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;

Que, mediante artículo 2 del Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autoriza al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), se precisa que los planes complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional;


Que, mediante Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS, se aprueba la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/ GNF-V.01 "Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", modificada con Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS, la cual establece
las disposiciones para el reconocimiento, pago y atención de la prestación económica de sepelio de los asegurados a los regímenes de financiamiento subsidiado y semicontributivo a cargo del SIS;


Que, el numeral 6.2.1 de la citada Directiva, establece el procedimiento para la programación de pagos de las prestaciones económicas de sepelio aprobadas por las Unidades Desconcentradas Regionales;

Que, mediante Memorandos Nº 1481 y 1894-2019-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO
aprueba las ampliaciones de las Certificaciones de Crédito Presupuestarios Nº 449 y 450, respectivamente, para el pago de las prestaciones económicas de sepelio, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF en los Memorandos Nº 838 y 1112-2019-SIS-GNF;

Que, mediante Informe Nº 008-2019-SIS/GNF-SGF/JRGC, la GNF sustenta la necesidad de realizar el reconocimiento de las prestaciones económicas de sepelio de las Unidades Desconcentradas Regionales - UDR Huancavelica, UDR Lambayeque, UDR Lima Metropolitana Norte, UDR Piura II y UDR La Libertad, identificándose un total de siete (07) solicitudes remitidas por dichos órganos, las mismas que corresponden ser financiadas por el importe equivalente a S/ 4,846.00 (Cuatro mil ochocientos cuarenta y seis y 00/100 Soles)
con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados;

Que, mediante Informe Nº 660-2019-SIS/OGAJ/DE
con Proveído Nº 679-2019-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera viable la emisión de la Resolución Jefatural que apruebe la programación de pagos de las prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, en atención a las solicitudes de las UDR´s Huancavelica, Lambayeque, Lima Metropolitana Norte, Piura II y La Libertad, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados;

Con el visto de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, y en la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural Nº 090-2016-SIS, modificada con Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la programación de los pagos de prestaciones económicas de sepelio por la suma total de S/ 4,846.00 (Cuatro mil ochocientos cuarenta y seis y 00/100
Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondientes a las solicitudes presentadas por las UDR´s Huancavelica, Lambayeque, Lima Metropolitana Norte, Piura II y La Libertad, conforme al Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento adoptar las acciones que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Tecnología de la Información el registro de los montos reconocidos mediante la presente Resolución en los Formatos Únicos de Atención -FUA del aplicativo informático del Seguro Integral de Salud.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE
Jefa del Seguro Integral de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 203-2019/SIS Aprueban programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio correspondientes a solicitudes presentadas por las UDR´s Huancavelica, Lambayeque, Lima Metropolitana Norte, Piura II y La Libertad
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 203-2019/SIS
  • Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2019-12-20
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-21

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