5/06/2020
Unidad Estudios Económicos RM 118-2020-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Conforman la Unidad de Estudios Económicos RM 118-2020-MC Lima, 4 de mayo de 2020 VISTOS, el Memorando Nº 000137-2020-SG/MC de la Secretaría General del Ministerio de Cultura; el Memorando Nº 000233-2020-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público,
Conforman la Unidad de Estudios Económicos
RM 118-2020-MC
Lima, 4 de mayo de 2020
VISTOS, el Memorando Nº 000137-2020-SG/MC de la Secretaría General del Ministerio de Cultura; el Memorando Nº 000233-2020-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas del Estado;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, refiere que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, el artículo 10 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y modificados por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, señala que los órganos de la Alta Dirección son responsables de dirigir la entidad, supervisar y regular sus actividades, y, en general ejercer las funciones de dirección política y administrativa de la entidad;
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Que, el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones-ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, señala que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio, asiste y asesora a el/la Ministro/a en los sistemas de administración del Ministerio de Cultura y en las demás materias de administración interna de la entidad; asimismo, el numeral 14.1 de su artículo 14
señala como una de sus funciones, el dirigir, coordinar y supervisar a los órganos de apoyo y asesoramiento;
Que, a través del Memorando Nº 000137-2020-SG/ MC, la Secretaría General solicita a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se evalúe la conformación de una unidad funcional no orgánica que se encargue de articular, dirigir y coordinar el desarrollo de estudios e investigaciones que apoyen el diseño de políticas nacionales y sectoriales en las materias de competencia del Ministerio de Cultura, a fin de prever sus efectos e impacto; así como, asesorar a la Alta Dirección sobre el impacto socioeconómico de las políticas e intervenciones del Sector;
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Que, con el Memorando Nº 000233-2020-OGPP/ MC la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000053-2020-OOM/MC de la Oficina de Organización y Modernización a su cargo, donde se concluye que se considera conveniente conformar una unidad funcional no orgánica denominada Unidad de Estudios Económicos, dependiente de la Secretaría General, a fin formular estudios, investigaciones, entre otros documentos técnicos, que sirvan de insumo para fortalecer el diseño de las políticas nacionales y sectoriales en materia de Cultura, así como para evaluar su impacto;
asimismo, realizar un trabajo coordinado con los órganos y unidades orgánicas competentes a fin de apoyar a la planificación y producción de información estadística que proporcione un panorama del comportamiento y tendencias de las diferentes áreas programáticas del Sector;
Que, en ese sentido, se considera pertinente conformar la Unidad de Estudios Económicos, como unidad funcional no orgánica dependiente de la Secretaría General;
De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformación de la Unidad Funcional 1.1 Conformar la Unidad de Estudios Económicos, como unidad funcional no orgánica dependiente de la Secretaría General, responsable de la formulación y conducción de estudios, investigaciones y prospectivas que permitan disponer de información para una adecuada y oportuna toma de decisiones en el diseño de políticas nacionales y sectoriales en materia de Cultura y de la medición de sus efectos e impactos; en la implementación de estrategias para el sector aplicables en un determinado contexto, o coyuntura; y, en las propuestas normativas del Sector. Además, coordina con los órganos competentes la producción estadística e indicadores sectoriales para dicho fin.
1.2 La Unidad de Estudios Económicos está a cargo de un/una Responsable designado/a mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Cultura.
Artículo 2.- Responsabilidades de la Unidad Funcional La Unidad de Estudios Económicos tiene a su cargo las siguientes responsabilidades:
2.1 Formular y conducir la elaboración de estudios, investigaciones y prospectivas económicas, tecnológicas, sociales, culturales y ambientales que sustenten el diseño de políticas nacionales y sectoriales, y prevean sus efectos e impactos.
2.2 Elaborar y proponer mediciones de línea de base, evaluaciones intermedias y de impacto de las intervenciones del Sector, así como del diseño de las metodologías e instrumentos para tal fin, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas competentes.
2.3 Asesorar e informar a la Alta Dirección, respecto del impacto de las políticas y estrategias implementadas en el ámbito de las competencias del Sector.
2.4 Coordinar e implementar el proceso de gestión del conocimiento en base a las experiencias y lecciones aprendidas de intervenciones nacionales e internacionales realizadas en las materias de competencia del Sector.
2.5 Proponer los estudios que contribuyan a una mejor articulación de las políticas sectoriales con los Gobiernos Regionales y Locales, en coordinación con los órganos y dependencias competentes.
2.6 Proponer a los órganos competentes la elaboración de encuestas, indicadores sectoriales y demás información que se requiera, para la elaboración de estudios e investigaciones, a fin de contar con las tendencias de las diferentes áreas programáticas del Sector.
2.7 Las demás funciones que le encargue el/la Secretario/a General.
Artículo 3.- Publicación La presente resolución es publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SONIA GUILLÉN ONEEGLIO
Ministra de Cultura
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 118-2020-MC Conforman la Unidad de Estudios Económicos
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 118-2020-MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-05-05
- Fecha de aplicacion : 2020-05-06
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