Inicio
Últimas normas legales
Delegan El/la Director/a General Oficina RM 217-2020-VIVIENDA Vivienda Construccion y Saneamiento
9/13/2020
Delegan El/la Director/a General Oficina RM 217-2020-VIVIENDA Vivienda Construccion y Saneamiento
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Delegan en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, la facultad de determinar actividades indispensables dentro de la entidad, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la actividad ordinaria RM 217-2020-VIVIENDA Lima, 11 de setiembre de 2020 VISTOS; el Memorándum Nº 209-2020/VIVIENDA-SG de la Secretaría General; y, CONSIDERANDO: Que,
Delegan en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, la facultad de determinar actividades indispensables dentro de la entidad, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la actividad ordinaria
RM 217-2020-VIVIENDA
Lima, 11 de setiembre de 2020
VISTOS; el Memorándum Nº 209-2020/VIVIENDA-SG de la Secretaría General; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, estableciendo en el último párrafo del artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 12 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, corresponde al ministro ejercer las demás funciones que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;
TAMBIEN PUEDES VER: Directiva 007 2020 midis Denominada documento RM 147-2020-MIDIS Desarrollo e Inclusion Social
Que, el literal n) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA (en lo sucesivo ROF del MVCS), establece que el ministro puede delegar en los funcionarios del Ministerio, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función como Ministro(a) de Estado, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, con Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19; plazo prorrogado mediante Decretos Supremos Nº 020-2020-SA y Nº 027-2020-SA a partir del 8 de setiembre de por un plazo de noventa (90) días calendario;
MAS NORMAS LEGALES: Suspensión Plazos Presentación Programa RS 253-2020-SUCAMEC Superintendencia Nacional de Aduanas y
Que, con Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, se establecen las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19, modificado por los Decretos Supremos Nº 129-2020-PCM, Nº 135-2020-PCM, Nº 139-2020-PCM y
Nº 146-2020-PCM;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, establece para las entidades del Sector Público, los horarios de ingreso y salida a los centros de labores de los funcionarios, servidores, así como para cualquier persona que tenga vínculo laboral, contractual o relación de cualquier naturaleza;
asimismo, en su numeral 10.3 se señala que están excluidos de los horarios declarados, aquellas actividades indispensables, en todo tipo de entidad del sector público, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la actividad ordinaria de la entidad o empresa; tales labores y la designación de los trabajadores respectivos que continuarán laborando son determinadas por el Titular de la Entidad o quien éste delegue;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del ROF del MVCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, el Ministerio ejerce sus competencias a nivel nacional y es el ente rector en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana, siendo responsable del diseño, ejecución, supervisión de las políticas nacionales y sectorial, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno.;
Que, el artículo 50 del ROF del MVCS establece que la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos es la encargada de planificar, organizar y dirigir las actividades referidas al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, así como de coordinar y asesorar su cumplimiento por los programas y proyectos del Ministerio y sus organismos públicos adscritos; y, tiene entre sus funciones la de formular y proponer lineamientos y políticas vinculados al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, así como, de coordinar y asesorar su cumplimiento por los programas, proyectos del Ministerio y sus organismos públicos adscritos;
Que, en consecuencia, a efectos de procurar la continuidad en la marcha administrativa del Ministerio, se considera necesario delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de manera excepcional, la facultad de determinar aquellas actividades indispensables en la entidad, conforme a lo
dispuesto en el numeral 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, así como designar a los trabajadores respectivos que continuarán desarrollando dichas labores en el marco del citado dispositivo legal;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19 y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, la facultad de determinar las actividades indispensables dentro de la entidad, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la actividad ordinaria de la entidad; así como, designar a los trabajadores respectivos que continuarán desarrollando dichas labores, en el marco de lo dispuesto en el numeral 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM.
Artículo 2.- La delegación autorizada mediante la presente resolución tendrá vigencia mientras dure la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y modificatorias, o hasta que se emita norma que modifique o derogue lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM.
Artículo 3.- La delegación de facultades a que se refiere la presente resolución, comprende la atribución de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos, debiendo el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos informar mensualmente respecto de los resultados de la gestión a la Secretaría General, dentro de los siete (07) días hábiles siguientes de culminado el mes, para su consolidación y remisión al Despacho Ministerial.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS LOZADA CONTRERAS
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 217-2020-VIVIENDA Delegan en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, la facultad de determinar actividades indispensables dentro de la entidad, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la actividad ordinaria
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 217-2020-VIVIENDA
- Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-09-12
- Fecha de aplicacion : 2020-09-13
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)