11/05/2020

Publicación Proyecto Decreto Supremo RM 219-2020-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba las "Disposiciones generales para la gestión multisectorial y descentralizada de los humedales" RM 219-2020-MINAM Lima, 2 de noviembre de 2020 VISTOS; el Memorando Nº 00651-2020-MINAM/ VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Memorando Nº 00516-2020-MINAM/VMDERN/DGDB y el Informe Nº 00194-2020-MINAM/VMDERN/DGDB, de la Dirección
Poder Ejecutivo, Ambiente
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba las "Disposiciones generales para la gestión multisectorial y descentralizada de los humedales"
RM 219-2020-MINAM
Lima, 2 de noviembre de 2020
VISTOS; el Memorando Nº 00651-2020-MINAM/ VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Memorando Nº 00516-2020-MINAM/VMDERN/DGDB y el Informe Nº 00194-2020-MINAM/VMDERN/DGDB, de la Dirección General de Diversidad Biológica; los informes Nº 00299-2020-MINAM/VMDERN/DGDB/DCSEE y Nº 00305-2020-MINAM/VMDERN/DGDB/DCSEE, de la Dirección de Conservación Sostenible de Ecosistemas y Especies; el Informe Nº 00488-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;

Que, mediante la Resolución Legislativa Nº 25353, se aprueba el Convenio Relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, suscrito por el Perú el 28 de agosto de 1986, así como su Protocolo Modificatorio, adoptado en París el 3 de diciembre de 1982, los cuales constituyen el marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos;


Que, el artículo 99 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, modificada por la Ley Nº 29895, dispone que el Estado reconoce la importancia de los humedales como hábitat de especies de fl ora y fauna, en particular de aves migratorias, priorizando su conservación en relación con otros usos, y dispone que las autoridades públicas en el
ejercicio de sus funciones, adopten medidas de protección especial para los ecosistemas frágiles, que comprenden, entre otros, a los humedales;

Que, de conformidad con lo señalado por los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad es el organismo del Poder Ejecutivo rector del Sector Ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la Política Nacional del Ambiente; y tiene como uno de sus objetivos específicos asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica, las áreas naturales protegidas y el desarrollo de la Amazonía;


Que, según lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en concordancia con lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente puede dictar disposiciones de carácter transectorial requeridas para, entre otras, definir acciones que garanticen la protección, conservación y mejoramiento de la calidad ambiental, de los recursos naturales y la diversidad biológica;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2015-MINAM, se aprueba la Estrategia Nacional de Humedales, la cual establece el Lineamiento Estratégico 1 "Revisar, actualizar e implementar el marco normativo para la gestión de humedales, acorde con la normativa nacional en general, y con los lineamientos de la Convención Ramsar", correspondiente al Objetivo Estratégico 2 del Eje Estratégico 2;

Que, en este contexto, mediante el Memorando Nº 00516-2020-MINAM/VMDERN/DGDB y el Informe Nº 00194-2020-MINAM/VMDERN/DGDB, la Dirección General de Diversidad Biológica remite el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las "Disposiciones generales para la gestión multisectorial y descentralizada de los humedales", para que sea puesto en conocimiento del público a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Diversidad Biológica y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Decreto Supremo Nº 004-2015-MINAM, que aprueba la Estrategia Nacional de Humedales; el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba las "Disposiciones generales para la gestión multisectorial y descentralizada de los humedales".

Dicha publicación se realizará en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), a fin de conocer las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, 4to piso, Magdalena de Mar, Lima y/o a la dirección electrónica consultasnormativahumedales@minam. gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KIRLA ECHEGARAY ALFARO
Ministra del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 219-2020-MINAM Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba las "Disposiciones generales para la gestión multisectorial y descentralizada de los humedales"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 219-2020-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-11-04
  • Fecha de aplicacion : 2020-11-05

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.