10/30/2021

Comité Reasignación Como Órgano Responsable RM 389-2021/MINEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Crean el Comité de Reasignación, como órgano responsable de la reasignación de los proyectos del Sistema Complementario de Transmisión, de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 018-2021-EM y los Lineamientos que se aprueben RM 389-2021/MINEM/DM Lima, 29 de octubre de 2021 VISTOS: El Informe Nº 310-2021-MINEM/DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 1018-2021-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Crean el Comité de Reasignación, como órgano responsable de la reasignación de los proyectos del Sistema Complementario de Transmisión, de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 018-2021-EM y los Lineamientos que se aprueben
RM 389-2021/MINEM/DM
Lima, 29 de octubre de 2021
VISTOS: El Informe Nº 310-2021-MINEM/DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 1018-2021-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, con fecha 20 de julio de 2021 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM, Decreto Supremo que reactiva la ejecución de proyectos de transmisión eléctrica del Sistema Complementario de Transmisión (en adelante, Decreto Supremo Nº 018-2021-EM), aprobados en los periodos regulatorios 2013-2017, 2017-2021 y 2021-2025, cuya responsabilidad de ejecución fue asignada a las empresas bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (en adelante, FONAFE).

Asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM
se autoriza el inicio del proceso de reasignación de tales proyectos, que no califican como Obras en Curso, según lo señalado en la Norma "Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión", o la que la sustituya;


Que, el primer párrafo de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 018-2021-EM establece que, en un plazo no mayor de ocho (8) meses contados a partir de la entrada en vigencia del mencionado Decreto Supremo Nº 018-2021-EM, el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) da inicio al primer proceso de reasignación de proyectos del Sistema Complementario de Transmisión, para lo cual, previamente debe aprobar el cronograma de actividades correspondiente dentro del plazo de tres (3) meses;

Que, mediante Oficio Nº GSE-55-2021 de fecha 25 de agosto de 2021, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante, Osinergmin) remitió al MINEM el Informe Nº DSE-81-2021, a través del cual propone una línea de tiempo con las actividades principales previo al inicio del primer proceso de reasignación de proyectos; el cual, de acuerdo al informe de vistos, ha sido evaluado por la Dirección General de Electricidad para la aprobación del cronograma de actividades a fin de iniciar el primer proceso de reasignación de proyectos de acuerdo al mecanismo de manifestación de interés establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 018-2021-EM establece que, mediante Resolución Ministerial, el MINEM determina el órgano responsable de llevar a cabo el proceso de reasignación a través del mecanismo de manifestación de interés. Asimismo, la Quinta Disposición Complementaria Final establece que la política para el desarrollo eficiente de la transmisión de energía eléctrica es definida por el MINEM, a través de la cual puede emitir las disposiciones normativas y lineamientos técnicos que correspondan para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas referidas al desarrollo eficiente de la transmisión de energía eléctrica, entre las cuales se encuentra la aplicación del Decreto Supremo Nº 018-2021-EM;

Que, de acuerdo a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han evaluado desde el punto de vista legal y técnico la viabilidad de la emisión de la Resolución Ministerial que aprueba el cronograma de actividades para el inicio del proceso de reasignación establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM, creación del Comité de Reasignación y la respectiva delegación de funciones;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM, Decreto Supremo que reactiva la ejecución de proyectos de transmisión eléctrica del Sistema Complementario de Transmisión;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Creación del Comité de Reasignación Créase el Comité de Reasignación, como órgano responsable de conducir y dirigir la reasignación de los proyectos del Sistema Complementario de Transmisión, a través del mecanismo de manifestación de interés, desde su convocatoria hasta la selección de la empresa que ejecutará el proyecto reasignado, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM y los Lineamientos que se aprueben para tal efecto.

El Comité de Reasignación está integrado por tres (3)
miembros representantes de los siguientes órganos:
a) Viceministerio de Electricidad, quien lo preside;
b) Dirección General de Electricidad; y, c) Dirección General de Electrificación Rural.

Los titulares de los órganos que conforman el Comité de Reasignación deben comunicar a la Dirección General de Electricidad, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, la designación de sus representantes ante el referido Comité de Reasignación.

El Comité de Reasignación cuenta con una Secretaría Técnica que es ejercida por un/a profesional/a que designe la Dirección General de Electricidad, a fin de que preste apoyo, opinión y soporte en los actos que celebre en el proceso de reasignación.

El Comité de Reasignación se instalará al día siguiente de publicado en el diario oficial El Peruano el aviso de convocatoria para el proceso de reasignación correspondiente.

Artículo 2.- Aprobación del Cronograma de actividades Aprobar el Cronograma de actividades que se aplica para el primer proceso de reasignación de los proyectos del Sistema Complementario de Transmisión conforme a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM, el cual forma parte de la presente Resolución Ministerial como Anexo.

Artículo 3.- Delegación de funciones en la Dirección General de Electricidad Delegar en el/la Director/a General de la Dirección General de Electricidad, las siguientes funciones y atribuciones necesarias para realizar los actos preparatorios requeridos para el inicio de los procesos de reasignación de los proyectos del Sistema Complementario de Transmisión previsto en el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM:
a) Aprobar los Lineamientos necesarios para el funcionamiento del Comité de Reasignación; incluyendo los términos, mecanismos de participación para la reasignación, condiciones y plazo de presentación de la carta fianza y demás que se consideren necesarias;
b) Aprobar los documentos y/o formatos que se requieren para el proceso de reasignación;
c) Aprobar la lista de grupos de proyectos que serán objeto del mecanismo de manifestación de interés, así como, del proceso de reasignación; excluyendo de la misma a los proyectos bajo los alcances del Decreto de Urgencia 048-2021, y, a otros proyectos siempre que el titular solicite su exclusión con el sustento respectivo (i)
cuando la ejecución de la obra por parte de dicho titular permite la ejecución de obras en un menor plazo, en comparación al mecanismo de manifestación de interés, o ii) cuando los proyectos por sus características no generen competencia o participación de varios interesados en el proceso de reasignación;
d) Modificar el Cronograma de actividades que aprueba la presente Resolución Ministerial, de ser el caso, hasta antes de la convocatoria al proceso de reasignación, por causas justificadas, sin afectar los plazos establecidos en el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM;
e) Efectuar las convocatorias para los procesos de reasignación, considerando lo dispuesto en el segundo párrafo del numeral 1.8 del artículo 1 del Decreto Supremo
Nº 018-2021-EM;
f) Brindar soporte administrativo para la publicidad y transparencia de las actuaciones del Comité de Reasignación durante el proceso de reasignación;
g) Custodiar las cartas fianza que presenten las empresas seleccionadas y efectuar las acciones que sean necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los Lineamientos del proceso de reasignación;

8 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021
El Peruano / h) Publicar en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, la información legal, técnica y económica vinculada a los proyectos que serán objeto de reasignación y al proceso de reasignación;
i) Establecer la fecha para que las empresas bajo el ámbito del FONAFE titulares de los proyectos candidatos al mecanismo de manifestación de interés, presenten su solicitud de exclusión de los proyectos en los cuales se haya adquirido los terrenos para las subestaciones y/o efectuado pago de servidumbres eléctricas, debidamente sustentados en las minutas de los contratos correspondientes, conforme lo establece el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 018-2021-EM;
j) Establecer las fechas máximas para la elaboración de los Anteproyectos por el COES y por las Distribuidoras, según los proyectos que les correspondan en virtud del mandato establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2021-EM, para los demás procesos de reasignación;
k) Comunicar los resultados finales del proceso de reasignación al Osinergmin para los fines que correspondan; y, l) Emitir las decisiones y/o realizar las actuaciones que sean necesarias para el inicio de los procesos de reasignación, lo cual comprende aprobar el Cronograma de actividades y los Lineamientos, entre otros.

Artículo 4.- Gastos La instalación y funcionamiento del Comité de Reasignación no irroga gastos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 5.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (https://www.gob.pe/minem).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO GONZÁLEZ TORO
Ministro de Energía y Minas
ANEXO
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA EL PRIMER PROCESO DE REASIGNACIÓN (Decreto Supremo Nº 018-2021-EM)
ACTIVIDADES
Responsable Plazo (días)
Fecha Inicio Fecha Límite Primera Etapa del Proceso de Reasignación de proyectos de Planes de Inversión en Transmisión (1)
1 Convocatoria 7
1.1 Publicación de la convocatoria MINEM 1 21/03/2022 21/03/2022
1.2 Registro de participantes Comité 5 22/03/2022 28/03/2022
1.3
Publicación del horario para la presentación de Sobres de Manifestación de Interés Comité 1 29/03/2022 29/03/2022
2 Presentación de Sobres de Manifestación de Interés Interesados 1 8/04/2022 8/04/2022
3 Sobre 1 - Requisitos Técnicos de los Interesados 13
3.1 Evaluación del Cumplimiento de Requisitos Técnicos Comité 2 11/04/2022 13/04/2022
3.1 Notificación de Observaciones a los Interesados Comité 2 18/04/2022 20/04/2022
3.2 Recepción de Subsanaciones de los Interesados Comité 2 21/04/2022 25/04/2022
3.3 Evaluación de las Subsanaciones de los Interesados Comité 2 26/04/2022 28/04/2022
3.4 Publicación de lista de Interesados Calificados Comité 1 29/04/2022 29/04/2022
3.5 Impugnación de Interesados no Calificados Comité 2 2/05/2022 4/05/2022
3.6 Resolución de impugnaciones y publicación de lista de Interesados Calificados Comité 2 5/05/2022 9/05/2022
4 Sobre 2 - Propuestas de FAXC 36
4.1 Selección de interesados por Grupo de Proyectos Comité 1 10/05/2022 10/05/2022
4.2
Publicación de resultados de la reasignación de proyectos y de la fecha de presentación de Cartas Fianzas Comité 1 11/05/2022 11/05/2022
4.3 Presentación al MINEM de Cartas Fianza de los interesados seleccionados Interesado seleccionado 15 12/05/2022 27/05/2022
4.4
Verificación de presentación de Cartas Fianza y publicación de la fecha de presentación de Cartas Fianza de interesados que ocuparon el segundo lugar, en los casos que corresponda Comité 2 30/05/2022 1/06/2022
4.5
Presentación al MINEM de la Carta Fianza por el interesado que ocupó el segundo lugar en el proceso Interesado seleccionado 15 2/06/2022 17/06/2022
4.6
Verificación de presentación de Cartas Fianza del interesado que ocupó el segundo lugar en el proceso Comité 2 20/06/2022 22/06/2022
5 Culminación de la Primera Etapa del Proceso de manifestación de Interés 2
5.1 Comunicación a Osinergmin del resultado del proceso. MINEM 2 23/06/2022 27/06/2022
Segunda Etapa del Proceso de Reasignación de proyectos de Planes de Inversión en Transmisión (2,3)
Responsable Plazo (días)
Fecha Inicio Fecha Límite
6 Segunda Convocatoria al Proceso de Manifestación de Interés 27
6.1
Empresas bajo el ámbito del FONAFE solicitan la reasignación de los grupos de proyectos no reasignados en la primera etapa Empresas bajo el ámbito del
FONAFE
15 4/07/2022 19/07/2022
6.2
Publicación de la Segunda Convocatoria con la lista de Grupos de Proyectos a ser reasignados
MINEM 10 20/07/2022 1/08/2022
6.3
Publicación del horario para la presentación del Sobre de Manifestación de Interés Comité 1 2/08/2022 2/08/2022
7 Presentación de Sobre de Manifestación de Interés con Propuesta de FAXC Interesados 1 12/08/2022 12/08/2022
8 Apertura de Sobre con Propuestas de FAXC 19
8.1 Selección de interesados por Grupo de Proyectos o por Proyecto Comité 1 15/08/2022 15/08/2022
8.2
Publicación de resultados de la reasignación de proyectos y de la fecha de presentación de Cartas Fianzas Comité 1 16/08/2022 16/08/2022
8.3 Presentación al MINEM de Cartas Fianza de los interesados seleccionados Interesado seleccionado 15 17/08/2022 1/09/2022
8.4
Verificación de presentación de Cartas Fianza y, en los casos que corresponda, publicación de la fecha de presentación de Cartas Fianza de interesados que ocuparon el segundo lugar Comité 2 2/09/2022 5/09/2022
9 Culminación del Proceso 2
9.1 Comunicación al Osinergmin del resultado del proceso. MINEM 2 6/09/2022 8/09/2022
Notas: (1) La Primera Etapa está en concordancia con los numerales del 1.3 al 1.7 del artículo 1 del DS 018-2021-EM. (2) La Segunda Etapa está en concordancia con el proceso a que se refiere el numeral 1.8 del artículo 1 del DS 018-2021-EM (3) Condicionado al resultado de la Primera Etapa

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 389-2021/MINEM/DM Crean el Comité de Reasignación, como órgano responsable de la reasignación de los proyectos del Sistema Complementario de Transmisión, de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 018-2021-EM y los Lineamientos que se aprueben
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 389-2021/MINEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-10-29
  • Fecha de aplicacion : 2021-10-30

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