10/03/2021

Publicar Documento Denominado convención RM 183-2021-TR Trabajo y Promocion del Empleo

Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Disponen publicar el documento denominado "Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2021-2022", suscrito en trato directo el 9 de setiembre de 2021, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP) RM 183-2021-TR Lima, 1 de octubre de 2021 VISTOS: El Informe Nº 0037-2021-MTPE/2/14 y la Hoja de Elevación
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo
Disponen publicar el documento denominado "Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2021-2022", suscrito en trato directo el 9 de setiembre de 2021, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP)
RM 183-2021-TR
Lima, 1 de octubre de 2021
VISTOS: El Informe Nº 0037-2021-MTPE/2/14 y la Hoja de Elevación Nº 0228-2021-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; el Memorando Nº 1015-2021-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; y el Informe Nº 0811-2021-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR, establece que los convenios colectivos u otros instrumentos que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de rama de actividad o gremio, registrados a partir de la fecha de publicación de la referida resolución ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, se publican en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dentro de los diez días hábiles siguientes a su presentación;

Que, con fecha 20 de setiembre de 2021, la Dirección General de Trabajo recibe un original del documento denominado "Convención Colectiva de Trabajo -

Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2021-2022", suscrito en trato directo con fecha 9 de setiembre de 2021, por la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP);

Que, mediante la hoja de elevación de vistos, la Dirección General de Trabajo remite al Despacho Viceministerial de Trabajo el referido convenio colectivo para su publicación en los medios correspondientes;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde emitir el acto administrativo que dé cumplimiento con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR;

SE RESUELVE:



Artículo Único. Publicación Publícase en el Diario Oficial El Peruano el documento denominado "Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2021-2022", suscrito en trato directo el 9 de setiembre de 2021, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO)
y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP), que como anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Asimismo, publícase la presente resolución ministerial y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial el Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IBER ANTENOR MARAVI OLARTE
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO
ACTA FINAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA
EN CONSTRUCCIÓN CIVIL 2021 - 2022
Expediente Nº 073-2021-MTPE/2/14
En Lima, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil veintiuno, siendo las 18:00 horas se reunieron por modalidad virtual a través de la plataforma Zoom, de una parte, en representación de la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO), los señores: Luís Isasi Cayo con DNI Nº 08252785, Víctor del Solar Laynes con DNI Nº 06025593, Donny López Dextre con DNI Nº 41318270, Julio Espinosa Becerra con DNI Nº 10220495, Guido Nanetti Sandoval con DNI Nº 07415464, Eduardo Tolmos Solimano con DNI Nº 44542688 Eduardo Lechuga Ballón con DNI Nº 10060746, y, de la otra parte los integrantes de la Comisión Negociadora de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP), los señores; Luís Alberto Villanueva Carbajal con DNI
Nº 17826805, Secretario General; Tito C. Zea Bendezú con DNI Nº 28828898, Secretario de Defensa; Wilder A. Ríos Gonzáles con DNI Nº 18104542, Secretario de Obras de Infraestructura; Martin P. Rimachi Ore con DNI
Nº 10049905, Secretario General del Sindicato de Lima;

Héctor Mendoza Dávila con DNI Nº 09523526, Secretario General del Sindicato de Los Balnearios del Sur; Octavio V. Mamani Moya con DNI Nº 01551553, Seccional 46 NORMAS LEGALES Sábado 2 de octubre de 2021
El Peruano / Regional Cusco; Eleuterio H. Debernardi Celis con DNI
Nº 05390625, Secretario General del Sindicato de Loreto;

Roger Lima Encinas con DNI Nº 00494909 Secretario General del Sindicato de Ayacucho; Lugue Y. Espinoza Valcárcel con DNI Nº 25841728 Secretario General del Sindicato de Arequipa; Rubén M. Acedo Rodríguez con DNI Nº 32938074, Seccional Regional Ancash;

Christopher J. Gutiérrez Valero con DNI Nº 43572425, Región San Martin; y, Wilfredo Aguirre Peralta con DNI
Nº 21118814, Seccional Regional Junín con el objeto de dejar constancia de los acuerdos correspondientes a la Negociación Colectiva por Rama de Actividad en Construcción Civil del año 2021-2022, que corre en el Expediente Nº 073-2021-MTPE/2/14, dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Ley Nº 25593 - Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2003-TR y su Reglamento Decreto Supremo Nº 011-92-TR , de acuerdo al siguiente resultado:

I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES:

Primera: Las partes acuerdan que, a partir del 1º de junio del 2021, los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional recibirán un aumento general sobre su Jornal Básico diario, según las siguientes categorías:

Operario S/. 2.50 nuevos soles Oficial S/. 1.90 nuevos soles Peón S/. 1.70 nuevos soles
II.- CONDICIONES DE TRABAJO
BONIFICACIÓN POR ALTA ESPECIALIZACIÓN
DEL SOLDADOR HOMOLOGADO - 6G:

Segunda. - Las partes convienen, en elevar la Bonificación por Alta Especialización - BAE para el soldador homologado - 6G comprendido en el grupo de Operarios Electromecánicos, bajo las mismas condiciones establecidas en el Convenio 2012-2013, de la siguiente manera:
- Soldador homologado 6G del grupo de Operario Electromecánico, del 15% al 18% sobre su jornal básico.

III.- OTROS PUNTOS:

FORMALIZACION DEL SECTOR CONSTRUCCION.

Tercera. - CAPECO y la FTCCP reconocen que la informalidad existente en el sector construcción es uno de los mayores limites que impide un mayor y mejor desarrollo y que perjudica a sus principales actores: empresarios y trabajadores. Por ello, acuerdan impulsar acciones de formalización del sector construcción a nivel empresarial y en el régimen laboral del sector fortaleciendo las acciones del Comité de Formalización creado por ambos gremios y que viene generando propuestas para el ámbito público y privado.

MODIFICACIONES EN LA LEY DE
CONTRATACIONES Y CUMPLIENTO DEL
REGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE
CONSTERUCCION.

Cuarta. - CAPECO y la FTCCP seguirán proponiendo de manera conjunta, a través del Poder Ejecutivo y del Congreso de la República, normas orientadas a mejorar las contrataciones públicas en el ámbito del sector construcción con la finalidad de combatir la corrupción y recuperar la importancia y el dinamismo del sector en el crecimiento económico y del empleo en el país. Asimismo, acuerdan impulsar el cumplimiento irrestricto del régimen laboral de los trabajadores de construcción en toda obra pública bajo cualquier modalidad de ejecución por todos los niveles de gobierno: nacional, regional y local.

MEJORAR LA OFERTA DE CERTIFICACION
LABORAL OCUPACIONAL Y DE CAPACITACION PARA
LOS TRABAJADORES DE CONSTRUCCION CIVIL.

Quinta. - CAPECO y la FTCCP fortalecerán sus esfuerzos para mejorar las acciones de certificación laboral ocupacional y de capacitación para los trabajadores de construcción civil; en las modalidades real o virtual, simulada en talleres o directa en obra que realizan a través del INSTITUTO CAPECO y de CONAFOVICER. Asimismo, propondrán que dichas actividades sean optimizadas y coordinadas para impulsar una mayor articulación y comunicación que realiza el SENCICO, la institución pública competente que se encuentra adscrita al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento.

MEJORA DEL SERVICIO DE SALUD PARA LOS
TRABAJADORES DE CONSTRUCCION CIVIL.

Sexta. - CAPECO y la FTCCP conjuntamente con el CONAFOVICER crearan la EPS del Sector de la Construcción con la finalidad de permitir el acceso a una mejor salud, sanidad y seguridad de los trabajadores del sector construcción y de los trabajadores en general;
además de permitir mejorar la oferta de los seguros contra todo riesgo existentes en la actividad de la construcción.

DE LA EXTORSION Y LA VIOLENCIA EN LAS
OBRAS DE CONSTRUCCION.

Sétima. - CAPECO y la FTCCP continuaran redoblando esfuerzos conjuntos para desterrar las prácticas de extorsión y violencia que rodean algunas obras de construcción por actores ajenos a las empresas y los gremios que ellos representan. Fortalecerán las mesas de trabajo que para tal efecto existen en el Ministerio del Interior y de otros sectores del Estado.

VIGENCIA:

Octava. - La presente convención colectiva a nivel de rama de actividad tiene la vigencia de un año, a partir del primero de junio de dos mil veintiuno, siendo de aplicación
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA -
COMPRENDIDOS DEL 05 AL 14 DE OCTUBRE DE 2021 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0110-2021-MTC/12.04 Y Nº 0212-2021-MTC/12
ORDEN DE
INSPECCIÓN Nº
INICIO FIN
VIÁTICOS (US$)
SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE
RECIBOS DE ACOTACIÓN
Nºs 802-2021-MTC/12.04 5-Oct 14-Oct US$ 2,200.00
SKY BUS SOCIEDAD
ANÓNIMA CERRADA
PINEDO
BASTOS, JOSÉ
ROGER
WILMINGTON
Y
MIAMI
ESTADOS
UNIDOS DE
AMÉRICA
Chequeo técnico inicial en simulador de vuelo en el equipo DC-8 a su personal aeronáutico.

8789-3769-10604-10641

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 183-2021-TR Disponen publicar el documento denominado "Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2021-2022", suscrito en trato directo el 9 de setiembre de 2021, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP)
  • Tipo de norma : RESOLUCION MINISTERIAL
  • Numero : 183-2021-TR
  • Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-10-02
  • Fecha de aplicacion : 2021-10-03

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