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Escala Remunerativa Trabajadores Sujetos Régimen DS 390-2021-EF Superintendencia Nacional de
12/30/2021
Escala Remunerativa Trabajadores Sujetos Régimen DS 390-2021-EF Superintendencia Nacional de
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria Aprueban Escala Remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. DS 390-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal d) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público
Aprueban Escala Remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A.
DS 390-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el literal d) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se autoriza a las empresas de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, mediante acuerdo de directorio, a aprobar disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, que contienen necesariamente medidas en dichos rubros; las mismas que deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2020, y rigen a partir del 1 de enero de 2021;
Que, el 29 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Sesión de Directorio Ordinaria Nº 672 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, que aprobó la "Directiva para la implementación de medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal de la Empresa Municipal de Mercados S.A.
- EMMSA, para el Año Fiscal 2021", cuyo artículo 6
autoriza medidas en materia de ingresos del personal, y la Primera Disposición Complementaria autoriza para el Año Fiscal 2021 a EMMSA, previo informe de disponibilidad presupuestal, a realizar modificaciones presupuestarias a nivel funcional programático para habilitar la Partida de Gasto 2.1.1 "Retribuciones y Complementos en Efectivo", para fines de la solicitud de aprobación de la nueva escala remunerativa de EMMSA ante el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 390-2020-EF, se aprobó el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2021 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cuyo artículo 7 establece que las escalas remunerativas, beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones, las dietas de directorio de las Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, sujetándose a las disposiciones legales vigentes;
Que, el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público, establece que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas tiene competencia exclusiva y excluyente para emitir opinión vinculante en materia de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, y para desarrollar normas sobre dicha materia;
Que, asimismo, el numeral 3.9 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 153-2021-EF, Aprueban Disposiciones Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, dispone que la evaluación de las propuestas normativas comprende el análisis técnico, financiero y económico sobre los proyectos de ley o normas del mismo rango del Gobierno Central que contienen medidas en materia de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, los mismos que son remitidos al Ministerio de Economía y Finanzas para evaluación y pronunciamiento sobre el financiamiento y la sostenibilidad financiera de la medida debiendo contar con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos y de la Dirección General de Presupuesto Público, así como para las propuestas de Decreto Supremo autorizadas por Ley o norma del mismo rango del Gobierno Central;
Que, en ese marco, mediante Oficio Nº 302-GG-EMMSA-2021, el Gerente General de EMMSA solicita al Ministerio de Economía y Finanzas la aprobación de la escala remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728; adjuntando para dicho efecto, la Sesión de Directorio Ordinaria Nº 683, el Informe Nº 215-SGRH-EMMSA-2021 de la Subgerencia de Recursos Humanos y el Informe Nº 049-2021-EMMSA-GGPE-SGPR de la Subgerencia de Presupuesto, con los sustentos respectivos; así como, los Informes Nºs 140 y 144-2021-EMMSA-GPPE-SGPR de la citada Subgerencia de Presupuesto que remite información complementaria;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar la escala remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA;
De conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; en el Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del sector público; en el Decreto Supremo Nº 153-2021-EF, Aprueban Disposiciones Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 044-2021;
y en el Decreto Supremo Nº 390-2020-EF, Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2021 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
DECRETA:
Artículo 1. Aprobación de la Escala Remunerativa Apruébase la Escala Remunerativa del personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2. Aplicación de la Escala Remunerativa La Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA
sólo reconoce a los trabajadores de dicha entidad, doce (12) ingresos mensuales, una (1) gratificación por Fiestas Patrias, una (1) gratificación por Navidad y la bonificación por escolaridad.
Artículo 3. Prohibición Prohíbese la percepción por parte del personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, de cualquier otro ingreso, bonificación, asignación, incentivo, compensación económica y conceptos
de cualquier naturaleza, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad y fuente de financiamiento, en forma adicional al monto establecido en la Escala Remunerativa aprobada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, sin respetar la normatividad vigente; con excepción de los conceptos señalados en el artículo 2 del presente Decreto Supremo, de la Compensación por Tiempo de Servicios y la Asignación Familiar, de corresponder.
Artículo 4. Registro en el Aplicativo Informático Para el otorgamiento de la Escala Remunerativa establecida en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, los trabajadores de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 5. Financiamiento La Escala Remunerativa aprobada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se financia con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, sin demandar recursos adicionales al T esoro Público.
Artículo 6.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo son publicados en el Diario Oficial El Peruano, así como en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y en el portal institucional de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA (www.emmsa.com.pe).
Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
PEDRO FRANCKE BALLVÉ
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
ESCALA REMUNERATIVA
EMPRESA MUNICIPAL DE MERCADOS S.A.
Cargo Remuneración (S/)
Funcionario I 12 000,00
Funcionario II 10 000,00
Funcionario III 8 000,00
Profesional II 4 447,00
Profesional III 4 350,00
Especialista I 4 240,00
Especialista II 4 125,00
Especialista III 3 648,00
Especialista IV 3 200,00
Técnico Administrativo I 3 175,00
Técnico Administrativo II 2 400,00
Técnico Administrativo III 2 300,00
Técnico Administrativo IV 2 230,00
Técnico I 2 224,00
Técnico II 2 058,00
Auxiliar I 1 890,00
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 390-2021-EF Aprueban Escala Remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A.
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 390-2021-EF
- Emitida por : Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2021-12-29
- Fecha de aplicacion : 2021-12-30
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