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Escala Remunerativa Trabajadores Sujetos Régimen DS 390-2021-EF Superintendencia Nacional de
12/30/2021
Escala Remunerativa Trabajadores Sujetos Régimen DS 390-2021-EF Superintendencia Nacional de
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria Aprueban Escala Remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. DS 390-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CO…
Aprueban Escala Remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A.
DS 390-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el literal d) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se autoriza a las empresas de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, mediante acuerdo de directorio, a aprobar disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, que contienen necesariamente medidas en dichos rubros; las mismas que deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2020, y rigen a partir del 1 de enero de 2021;
Que, el 29 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Sesión de Directorio Ordinaria Nº 672 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, que aprobó la "Directiva para la implementación de medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal de la Empresa Municipal de Mercados S.A.
- EMMSA, para el Año Fiscal 2021", cuyo artículo 6
autoriza medidas en materia de ingresos del personal, y la Primera Disposición Complementaria autoriza para el Año Fiscal 2021 a EMMSA, previo informe de disponibilidad presupuestal, a realizar modificaciones presupuestarias a nivel funcional programático para habilitar la Partida de Gasto 2.1.1 "Retribuciones y Complementos en Efectivo", para fines de la solicitud de aprobación de la nueva escala remunerativa de EMMSA ante el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 390-2020-EF, se aprobó el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2021 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cuyo artículo 7 establece que las escalas remunerativas, beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones, las dietas de directorio de las Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, sujetándose a las disposiciones legales vigentes;
Que, el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público, establece que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas tiene competencia exclusiva y excluyente para emitir opinión vinculante en materia de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, y para desarrollar normas sobre dicha materia;
Que, asimismo, el numeral 3.9 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 153-2021-EF, Aprueban Disposiciones Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, dispone que la evaluación de las propuestas normativas comprende el análisis técnico, financiero y económico sobre los proyectos de ley o normas del mismo rango del Gobierno Central que contienen medidas en materia de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, los mismos que son remitidos al Ministerio de Economía y Finanzas para evaluación y pronunciamiento sobre el financiamiento y la sostenibilidad financiera de la medida debiendo contar con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos y de la Dirección General de Presupuesto Público, así como para las propuestas de Decreto Supremo autorizadas por Ley o norma del mismo rango del Gobierno Central;
Que, en ese marco, mediante Oficio Nº 302-GG-EMMSA-2021, el Gerente General de EMMSA solicita al Ministerio de Economía y Finanzas la aprobación de la escala remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728; adjuntando para dicho efecto, la Sesión de Directorio Ordinaria Nº 683, el Informe Nº 215-SGRH-EMMSA-2021 de la Subgerencia de Recursos Humanos y el Informe Nº 049-2021-EMMSA-GGPE-SGPR de la Subgerencia de Presupuesto, con los sustentos respectivos; así como, los Informes Nºs 140 y 144-2021-EMMSA-GPPE-SGPR de la citada Subgerencia de Presupuesto que remite información complementaria;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar la escala remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA;
De conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; en el Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del sector público; en el Decreto Supremo Nº 153-2021-EF, Aprueban Disposiciones Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 044-2021;
y en el Decreto Supremo Nº 390-2020-EF, Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2021 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
DECRETA:
Artículo 1. Aprobación de la Escala Remunerativa Apruébase la Escala Remunerativa del personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2. Aplicación de la Escala Remunerativa La Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA
sólo reconoce a los trabajadores de dicha entidad, doce (12) ingresos mensuales, una (1) gratificación por Fiestas Patrias, una (1) gratificación por Navidad y la bonificación por escolaridad.
Artículo 3. Prohibición Prohíbese la percepción por parte del personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, de cualquier otro ingreso, bonificación, asignación, incentivo, compensación económica y conceptos
de cualquier naturaleza, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad y fuente de financiamiento, en forma adicional al monto establecido en la Escala Remunerativa aprobada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, sin respetar la normatividad vigente; con excepción de los conceptos señalados en el artículo 2 del presente Decreto Supremo, de la Compensación por Tiempo de Servicios y la Asignación Familiar, de corresponder.
Artículo 4. Registro en el Aplicativo Informático Para el otorgamiento de la Escala Remunerativa establecida en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, los trabajadores de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 5. Financiamiento La Escala Remunerativa aprobada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se financia con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, sin demandar recursos adicionales al T esoro Público.
Artículo 6.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo son publicados en el Diario Oficial El Peruano, así como en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y en el portal institucional de la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA (www.emmsa.com.pe).
Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
PEDRO FRANCKE BALLVÉ
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
ESCALA REMUNERATIVA
EMPRESA MUNICIPAL DE MERCADOS S.A.
Cargo Remuneración (S/)
Funcionario I 12 000,00
Funcionario II 10 000,00
Funcionario III 8 000,00
Profesional II 4 447,00
Profesional III 4 350,00
Especialista I 4 240,00
Especialista II 4 125,00
Especialista III 3 648,00
Especialista IV 3 200,00
Técnico Administrativo I 3 175,00
Técnico Administrativo II 2 400,00
Técnico Administrativo III 2 300,00
Técnico Administrativo IV 2 230,00
Técnico I 2 224,00
Técnico II 2 058,00
Auxiliar I 1 890,00
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 390-2021-EF Aprueban Escala Remunerativa de los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Empresa Municipal de Mercados S.A.
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 390-2021-EF
- Emitida por : Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2021-12-29
- Fecha de aplicacion : 2021-12-30
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