2/12/2022

Segunda Transferencia Financiera Favor RJ 000023-2022-BNP Biblioteca Nacional del Peru

Organismos Ejecutores, Biblioteca Nacional del Peru Autorizan segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RJ 000023-2022-BNP Lima, 10 de febrero de 2022 VISTOS: El Informe Nº 000042-2022-BNP-GG-OA-ELCP de fecha 28 de enero de 2022, del Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración; el Memorando Nº 000075-2022-BNP-GG-OA de fecha 28 de enero de 2022, de la Oficina de Administración;
Organismos Ejecutores, Biblioteca Nacional del Peru
Autorizan segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RJ 000023-2022-BNP
Lima, 10 de febrero de 2022
VISTOS:

El Informe Nº 000042-2022-BNP-GG-OA-ELCP de fecha 28 de enero de 2022, del Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración; el Memorando Nº 000075-2022-BNP-GG-OA de fecha 28 de enero de 2022, de la Oficina de Administración; el Proveído Nº 000270-2022-BNP-GG-OPP-EPIP de fecha 31 de enero de 2022, del Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 000055-2022-BNP-GG-OPP de fecha 01 de febrero de 2022, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
el Informe Nº 000083-2022-BNP-GG-OA-EAF de fecha 03 de febrero de 2022, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración;
el Memorando Nº 000089-2022-BNP-GG-OA de fecha 03 de febrero de 2022, de la Oficina de Administración; y, el Informe Legal Nº 000038-2022-BNP-GG-OAJ de fecha 07 de febrero de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano;


Que, con la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica; así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, mediante el Oficio Nº 000665-2021-CG/GAD de fecha 17 de noviembre de 2021, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República solicita a la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, entre otros, realizar la transferencia financiera por concepto de retribución económica (incluye IGV) de los periodos 2021 y 2022 para la contratación de la Sociedad de Auditoría (SOA) por el importe de S/ 72,499.00 por cada periodo, respectivamente; así como, el pago del 6% por concepto de designación de la SOA por los periodos 2021 y 2022, por el importe de S/ 7,372.00; precisando que la transferencia financiera correspondiente al periodo 2021 se realice en un plazo de quince (15) días hábiles de recibida dicha comunicación.

Asimismo, señala que excepcionalmente y dentro del mismo plazo otorgado, se podrá efectuar la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50% se deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2022, cuya transferencia debe efectuarse a más tardar en febrero del año 2022;

Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 000137-2021-BNP de fecha 07 de diciembre de 2021, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 36,249.50 (treinta y seis mil doscientos cuarenta y nueve
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22 NORMAS LEGALES Viernes 11 de febrero de 2022
El Peruano / y 50/100 soles), para financiar el pago del cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica (incluye IGV) por el periodo auditado 2021, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría del periodo auditado 2021 de la Biblioteca Nacional del Perú; asimismo, el pago del seis por ciento (6%) por concepto de designación por el periodo auditado 2021 y 2022, que asciende al importe de S/ 7,372.00 (siete mil trescientos setenta y dos y 00/100 soles);

Que, con el Memorando Nº 000075-2022-BNP-GG-OA y el Informe Nº 000042-2022-BNP-GG-OA-ELCP, la Oficina de Administración y su Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial solicitaron a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, realizar los trámites correspondientes a efectos de cumplir con la segunda transferencia financiera solicitada por la Contraloría General de la República;

Que, mediante el Memorando Nº 000055-2022-BNP-GG-OPP y el Proveído Nº 000270-2022-BNP-GG-OPP-EPIP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto, remiten la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000200 por el concepto de "Segunda Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República - Auditoría BNP - Ejercicio 2021" por el importe de S/ 36,249.50 (treinta y seis mil doscientos cuarenta y nueve con 50/100 soles);

Que, a través del Memorando Nº 000089-2022-BNP-GG-OA y el Informe Nº 000083-2022-BNP-GG-OA-EAF, la Oficina de Administración y su Equipo de Trabajo de Administración Financiera, solicitan se gestione la emisión del acto resolutivo que autorice la segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 36,249.50 (treinta y seis mil doscientos cuarenta y nueve con 50/100 soles);

Que, mediante Informe Legal Nº 000038-2022-BNP-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable que se emita el acto resolutivo que autorice la segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia financiera Autorizar la segunda transferencia financiera del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 36,249.50 (treinta y seis mil doscientos cuarenta y nueve y 50/100 soles), para financiar el pago del cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica (incluye IGV) por el periodo auditado 2021, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría del periodo auditado 2021 de la Biblioteca Nacional del Perú, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2. Financiamiento Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo 1 se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Biblioteca Nacional del Perú del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú, por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Oficina de Administración debe efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural.

Artículo 3. Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Monitoreo La Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.

Artículo 5.- Publicación Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA ISABEL VERGARA RODRÍGUEZ
DE RODRÍGUEZ
Jefa Institucional

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 000023-2022-BNP Autorizan segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 000023-2022-BNP
  • Emitida por : Biblioteca Nacional del Peru - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2022-02-11
  • Fecha de aplicacion : 2022-02-12

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