4/11/2022
Primera Disposición Complementaria Final RE 0034-2022/SBN SBN
Organismos Ejecutores, Superintendencia Nacional de Bienes Estatales Modifican la Primera Disposición Complementaria y Final de la Directiva Nº 00002-2021/SBN, denominada "Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certificación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales" RE 0034-2022/SBN San Isidro, 8 de abril de 2022 VISTOS: El Informe Nº 00049-2022/SBN-DNR-SDNC de fecha 30 de marzo de 2022, de la Subdirección de
Modifican la Primera Disposición Complementaria y Final de la Directiva Nº 00002-2021/SBN, denominada "Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certificación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales"
RE 0034-2022/SBN
San Isidro, 8 de abril de 2022
VISTOS:
El Informe Nº 00049-2022/SBN-DNR-SDNC de fecha 30 de marzo de 2022, de la Subdirección de Normas y Capacitación; el Informe Nº 00087-2022/SBN-DNR de fecha 05 de abril de 2022, de la Dirección de Normas y Registro, el Informe Nº 00403-2022/SBN-OPP, de fecha 06 de abril de 2022, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 164-2022/SBN-OAJ de fecha 08 de abril de 2022 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en adelante el "TUO de la Ley Nº 29151", aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, se crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE) como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los predios estatales en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fin de lograr una administración ordenada, simplificada y eficiente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), como ente rector;
Que, en el artículo 34 del TUO de la Ley Nº 29151, se establece que el ente rector brinda capacitación permanente al personal técnico a cargo de la administración de los predios estatales; asimismo, en el artículo 37 se prevé que los funcionarios y servidores encargados de las actividades relativas a la gestión de bienes estatales que, en razón de sus funciones, intervienen directamente en la aplicación de las normas del SNBE, deben ser profesionales y técnicos debidamente certificados.
Adicional a ello, se señala que la SBN administra la base de datos de los profesionales y técnicos que cuenten con dicha certificación;
Que, en el artículo 51 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado con el Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA, se señala que la SBN realiza el desarrollo de capacidades del personal de las entidades encargado de las actividades relativas a la gestión de los predios estatales, a través de la capacitación y la asistencia técnica, para lo cual aprueba y ejecuta anualmente un plan de capacitación; asimismo, en el numeral 52.5 del artículo 52 se indica que el procedimiento de certificación es el establecido en las Directivas que emite la SBN;
Que, mediante la Directiva Nº 00002-2021/SBN, denominada "Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certificación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales", aprobada por la Resolución Nº 0078-2021/SBN, se regula el procedimiento de desarrollo de capacidades y el procedimiento de certificación de profesionales y técnicos que intervienen directamente en la aplicación de las normas del SNBE. Asimismo, en la Primera Disposición Complementaria y Final de la citada Directiva, se dispone la exigencia de la certificación para los profesionales y técnicos encargados de las actividades relativas a la gestión de predios estatales que, en razón de sus funciones, intervienen directamente en la aplicación de las normas del SNBE, dicha exigencia inicia al año de entrada en vigencia del Reglamento, es decir, el 12 de abril de 2022;
Que, mediante el Informe Nº 00049-2022/SBN-DNR-SDNC, emitido por la Subdirección de Normas y Capacitación (SDNC), se informa sobre el estado situacional de la certificación de los profesionales y técnicos encargados de la gestión de predios estatales, el cual advierte que hasta la fecha la SBN, luego de haber efectuado sesenta y siete convocatorias de certificación, ha certificado un total de 745 servidores civiles pertenecientes a 201 entidades, que comprenden 194 entidades públicas y 7 privadas;
Que, no obstante la ejecución de los Planes Anuales de Capacitación y el impulso del procedimiento de certificación por parte de la SBN, aún existe un déficit de profesionales y técnicos certificados en la gestión de predios estatales en los Gobiernos Regionales, Municipalidades y demás entidades públicas que conforman el SNBE, por lo que resulta necesario ampliar el plazo para la exigencia de certificación previsto en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Directiva Nº 00002-2021/ SBN, denominada "Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certificación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales", posición que es respaldada por la Dirección de Normas y Registro, a través del Informe Nº 00087-2022/SBN-DNR, en el que propone modificar la mencionada Primera Disposición Complementaria y Final de la precitada Directiva, ampliando el plazo para el inicio de la exigencia de la certificación, a partir del 01 de enero del 2024;
Que, la Subdirección de Normas y Capacitación, en el Informe Nº 00049-2022/SBN-DNR-SDNC, también resalta la necesidad de que las entidades promuevan la capacitación y actualización permanente de los/as servidores/as a cargo de la gestión de predios estatales, en los programas desarrollados por la SBN, sin perjuicio de la capacitación que pueda efectuarse en las instituciones públicas o privadas señaladas en el numeral 5.4.2 de la Directiva Nº 00002-2021/SBN, consecuentemente las entidades públicas deben otorgar 26 NORMAS LEGALES Domingo 10 de abril de 2022
El Peruano / facilidades para la inscripción y participación de dichos servidores en las capacitaciones, en el marco del Plan Anual de Capacitación, con el fin de lograr la certificación;
Que, a través del Informe Nº 00403-2022/SBN-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable a la propuesta de modificación de la Primera Disposición Complementaria y Final de la Directiva Nº 00002-2021/SBN señalando que se debe continuar con el trámite de aprobación correspondiente;
Que, con el Informe Nº 164-2022/SBN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la modificación de la Primera Disposición Complementaria y Final de la mencionada Directiva, concluyendo que se ajusta a las disposiciones de la Directiva Nº 002-2017/SBN, denominada "Disposiciones para la emisión de documentos normativos de la SBN", aprobada por la Resolución Nº 051-2017/SBN, al contar con el informe sustentatorio y conformidad, y la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario modificar la Primera Disposición Complementaria y Final de la Directiva Nº 00002-2021/SBN, denominada "Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certificación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales", aprobada por la Resolución Nº 0078-2021/SBN, al ampliar el plazo para el inicio de la exigencia de la certificación a partir del 01 de enero del 2024;
Con los visados de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Normas y Registro y la Subdirección de Normas y Capacitación;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA; el Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA; y el literal b) y r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Modificación de la Primera Disposición Complementaria y Final de la Directiva Nº 00002-2021/
SBN
Modificar la Primera Disposición Complementaria y Final de la Directiva Nº 00002-2021/SBN, denominada "Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certificación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales", aprobada por la Resolución Nº 0078-2021/SBN, la cual tendrá el texto siguiente:
"Primera.- La exigencia de certificación contenida en el artículo 37 del TUO de la Ley Nº 29151, para los profesionales y técnicos encargados de las actividades relativas a la gestión de predios estatales que, en razón de sus funciones, intervienen directamente en la aplicación de las normas del SNBE, inicia el 01 de enero del 2024".
Artículo 2.- Disposiciones sobre acciones orientadas a la certificación Con la finalidad de lograr la certificación oportuna de los profesionales y técnicos encargados de la gestión de predios estatales, se deben prever las acciones siguientes:
a. Por parte de los profesionales y técnicos encargados de la gestión de predios estatales, corresponde participar en las capacitaciones que efectúan las instituciones públicas o privadas señaladas en el numeral 5.4.2 de la Directiva Nº 002-2021/SBN, así como en aquellas que brinda la SBN como parte del Plan Anual de Capacitación.
b. Las capacitaciones, conforme al numeral 5.7 de la citada Directiva, comprende la temática del SNBE o gestión patrimonial en general referida a la gestión de la propiedad predial estatal, pudiendo estar complementada con materias de Derechos Reales y Derecho Registral.
c. Por parte de las entidades, corresponde brindar las facilidades del caso para la capacitación prioritariamente a sus servidores que aún no cuentan con la certificación.
Artículo 3.- Vigencia de la Resolución La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el diario oficial "El Peruano".
Artículo 4.- Difusión y publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, así como la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www. gob.pe/sbn), el mismo día de su publicación en el mencionado diario.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CYNTIA RAQUEL RUDAS MURGA
Superintendenta Nacional de Bienes Estatales
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 0034-2022/SBN Modifican la Primera Disposición Complementaria y Final de la Directiva Nº 00002-2021/SBN, denominada "Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certificación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN
- Numero : 0034-2022/SBN
- Emitida por : Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2022-04-10
- Fecha de aplicacion : 2022-04-11
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