6/07/2022

076 2017 apn/dir 040 2019 RAD 0040-2022-APN-DIR Autoridad Portuaria Nacional

Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional Modifican la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 076-2017-APN/DIR y la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 040-2019-APN/DIR RAD 0040-2022-APN-DIR Callao, 3 de junio de 2022 VISTA: La Carta Nº 197-2021/MAS de fecha 5 de julio de 2021 de la empresa Monte Azul Sur S.A.C. mediante la cual solicita la actualización y modificación de las aprobaciones que se puedan ver afectadas por la
Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional
Modifican la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 076-2017-APN/DIR y la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 040-2019-APN/DIR
RAD 0040-2022-APN-DIR
Callao, 3 de junio de 2022
VISTA:

La Carta Nº 197-2021/MAS de fecha 5 de julio de 2021 de la empresa Monte Azul Sur S.A.C. mediante la cual solicita la actualización y modificación de las aprobaciones que se puedan ver afectadas por la nueva actualización de la concesión definitiva;

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante, LSPN), fue creada la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN), como Organismo Público Descentralizado (ahora Organismo Técnico Especializado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM), encargada del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, financiera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 025-2015-APN/DIR de fecha 23 de junio de 2015, se otorgó a la empresa Monteazul Inversiones Generales &

Negocios S.A.C. (en adelante, Administrado) la Viabilidad Técnica para actividades portuarias sobre un área ubicada en el distrito de Mollendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa, por un periodo de 2 años de acuerdo con las coordenadas DATUM WGS 84 zona 18 del área acuática y franja ribereña que dicho resolutivo precisa;

Que, mediante Memorando Nº 314-2017-APN/UAJ de fecha 19 de setiembre de 2017, la Unidad de Asesoría Jurídica comunicó que, mediante modificación parcial del estatuto del Administrado, se cambió la denominación de la sociedad de Monte Azul Inversiones Generales &
Negocios S.A.C. a Monte Azul Logística S.A.C.;

Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 076-2017-APN/DIR de fecha 24 de octubre de 2017, se otorgó al administrado la Viabilidad Técnica Definitiva Portuaria para el proyecto "Terminal Multiboyas para la Recepción, Almacenamiento y Despacho de Combustible Líquidos en Mollendo" (en adelante, Proyecto) sobre un área acuática y franja ribereña ubicada en el distrito de Mollendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa, por un periodo de treinta (30) años de acuerdo con las coordenadas DATUM
WGS 84 zona 18, que dicho resolutivo precisa;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 1393-2018
MGP/DGCG de fecha 26 de octubre de 2018, la Dirección General de Capitanías de la Marina de Guerra del Perú otorgó a favor del administrado, el derecho a uso de del área acuática y franja ribereña para la instalación del Proyecto, de acuerdo con el detalle de áreas y coordenadas que dicho resolutivo precisa;

Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 004-2019-APN/DIR de fecha 22 de enero de 2019, la APN aprobó a favor del Administrado la modificación de la Viabilidad Técnica Definitiva Portuaria, por modificación de las coordenadas del área otorgada mediante la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 076-2017-APN/ DIR para la instalación del Proyecto;

Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 040-2019-APN/DIR de fecha 02 de mayo de 2019, la APN otorgó al Administrado la Habilitación Portuaria para iniciar la obra del Proyecto, el cual se ubica dentro del área acuática y franja ribereña previamente autorizada mediante la Resolución Directoral Nº 1393-2018-MGP/DGCG y la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 004-2019-APN/DIR;

Que, mediante Carta s/n de fecha 25 de noviembre del 2019, el Administrado comunicó su cambio de nombre o razón social, de Monte Azul Logística S.A.C. a Monte Azul Sur S.A.C.;

Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 0131-2021-APN-GG de fecha 26 de marzo de 2021, entre otros, se dio conformidad a las obras y se otorgó la Licencia Portuaria Nº 002-2021-APN/GG-LP al Administrado para operar el Proyecto en tanto así lo esté la Resolución Directoral Nº 1393-2018 MGP/DGCG;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 0300-2021
MGP/DICAPI de fecha 06 de mayo de 2021, rectificada mediante Resolución Directoral Nº 0303-2021 MGP/ DICAPI de fecha 14 de mayo de 2021, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas - DICAPI de la Marina de Guerra del Perú modificó las áreas y coordenadas previstas en la Resolución Directoral Nº 1393-2018 MGP/DGCG;

Que, mediante carta del visto, el Administrado solicita a la APN la actualización y modificación de las aprobaciones afectadas por la modificación de áreas de uso no efectivo aprobado por Resolución Directoral Nº 300-2021 MGP/DGCG, rectificada mediante Resolución Directoral Nº 303-2021 MGP/DGCG;

Que, mediante Informe Nº 0004-2022-APN-DITEC-JMDO de fecha 19 de mayo de 2022 y Memorando Nº 0069-2022-APN-DITEC de fecha 27 de mayo de 2022, la Dirección Técnica concluye, entre otros que, desde el punto de vista técnico, es factible modificar las coordenadas y el área consignadas en la Resolución de Gerencia General Nº 0131-2021-APN-GG a fin de que guarde concordancia con la Resolución Directoral Nº 300-2021 MGP/DGCG, rectificada mediante Resolución Directoral Nº 303-2021 MGP/DGCG;

Que, mediante Informe Legal Nº 0176-2022-APN-UAJ de fecha 30 de mayo de 2022, la Unidad de Asesoría Jurídica concluye y recomienda, entre otros, que resulta legalmente viable que el Directorio apruebe la modificación de: (i) la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 076-2017-APN/DIR, modificada mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 004-2019-APN/ DIR de fecha 22 de enero de 2019 y (ii) la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 0040-2019-APN-DIR, mediante las cuales, respectivamente, se otorgó la Viabilidad Técnica Definitiva Portuaria y la Habilitación Portuaria a la empresa Monte Azul Sur S.A.C., conforme áreas y coordenadas previstas en la Resolución Directoral Nº 1393-2018 MGP/DGCG de fecha 26 de octubre de 2018, modificada mediante Resolución Directoral Nº 0300-2021
MGP/DICAPI rectificada mediante Resolución Directoral
Nº 0303-2021 MGP/DICAPI.;

Que, atendiendo que mediante Resolución Directoral Nº 0300-2021 MGP/DICAPI, rectificada mediante Resolución Directoral Nº 0303-2021 MGP/DICAPI, se modificaron las áreas de uso acuático y las coordenadas que fueron otorgadas al Administrado para el Proyecto mediante Resolución Directoral Nº 1393-2018- MGP/ DGCG, corresponde que el pedido del administrado de actualización y modificación de las aprobaciones se sujete, entre otros, a la Viabilidad Técnica Definitiva Portuaria y la Habilitación Portuaria otorgadas, respectivamente, mediante: (i) Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 076-2017-APN/DIR modificada mediante
Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 004-2019-APN/ DIR y (ii) Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 040-2019-APN/DIR; en cuanto a las áreas de uso de área acuática y coordenadas que se consignan o refieren, como consecuencia de las modificaciones efectuadas por la Dirección General de Capitanías de la Marina de Guerra del Perú a las mismas;

Que, de conformidad con el numeral 212.2 del artículo 2012 del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, deberán adoptarse los mismos mecanismos para la modificación de los actos administrativos que el Administrado solicite;

Que, en Sesión de Directorio Nº 595 de fecha 2 de junio de 2022, entre otros, el Directorio de la APN aprobó: (i) modificar el artículo 1 de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 076-2017-APN/DIR de fecha 24 de octubre de 2017, modificada mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 004-2019-APN/DIR de fecha 22 de enero de 2019, que otorga la Viabilidad Técnica Definitiva Portuaria a la empresa Monte Azul Sur S.A.C. para la instalación de un Terminal Portuario Multiboyas para la recepción, almacenamiento y despacho de combustibles líquidos, conforme coordenadas del Anexo adjunto; (ii) modificar el Artículo 2 de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 040-2019-APN/DIR de fecha 2 de mayo de 2019 que otorga la Habilitación Portuaria a la empresa Monte Azul Sur S.A.C. para la instalación de un Terminal Portuario Multiboyas para la recepción, almacenamiento y despacho de combustibles líquidos, conforme coordenadas del Anexo adjunto y; (iii) Publicar la resolución correspondiente en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital de la Autoridad Portuaria Nacional; facultando al Presidente del Directorio a suscribir la Resolución correspondiente;

De conformidad a la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC y la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, cuyo Texto Único Ordenado se aprobó mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Modificar el artículo 1 de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 076-2017-APN/DIR de fecha 24 de octubre de 2017, modificada mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 004-2019-APN/DIR de fecha 22 de enero de 2019, en los siguientes términos:

Artículo 1º.- Otorgar a la empresa MONTE AZUL SUR
S.A.C. la Viabilidad Técnica Portuaria Definitiva para el Proyecto "T erminal Portuario Multiboyas para la recepción, almacenamiento y despacho de combustibles líquidos"
ubicado en el distrito de Mollendo, provincia de Islay, región de Arequipa, por un plazo de treinta (30) años, de acuerdo con las coordenadas que obran en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución; y que se mantendrá vigente en tanto así lo esté la Resolución Directoral Nº 1393-2018 MGP/DGCG de fecha 26 de octubre de 2018, modificada mediante Resolución Directoral Nº 300-2021 MGP/DGCG de fecha 6 de mayo de 2021 y rectificada mediante Resolución Directoral Nº 303-2021 MGP/DGCG de fecha 14 de mayo de 2021.

Artículo 2º.- Modificar el artículo 2 de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 040-2019-APN/DIR de fecha 2 de mayo de 2019, en los siguientes términos:

Artículo 2.- La ejecución de la obra de infraestructura portuaria autorizada en el artículo precedente, se ubica dentro del área acuática y franja ribereña previamente autorizada mediante la Resolución Directoral Nº 1393-2018- MGP/DGCG de fecha 26 de octubre de 2018 y la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 004-2019-APN/ DIR de fecha 22 de enero de 2019, modificada mediante Resolución Directoral Nº 300-2021 MGP/DGCG de fecha 6 de mayo de 2021 y rectificada mediante Resolución Directoral Nº 303-2021 MGP/DGCG de fecha 14 de mayo de 2021, de acuerdo con las coordenadas que obran en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital de la Autoridad Portuaria Nacional.

Artículo 4º.- Notificar la presente resolución a la empresa Monte Azul Sur S.A.

Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas -
DICAPI, en su condición de Autoridad Marítima Nacional, para su conocimiento y fines.

Regístrese y comuníquese.

MANUEL GILBERTO HINOJOSA LÓPEZ
Presidente del Directorio
ANEXO
Coordenadas de Áreas Acuáticas de Uso Efectivo y de Uso no Efectivo
COORDENADAS ÁREA ACUÁTICA USO EFECTIVO
AMARRADERO DE BOYAS
VÉRTICES
UTM WGS-84 (Zona 18 Sur) GEOGRÁFICAS WGS-84
NORTE ESTE LATITUD LONGITUD
BOYA A-I 8112834.913 819344.063 17º 02' 47.847" S 72º 00' 00.955" W
BOYA A-2 8113203.136 819463.656 17º 02' 35.821" S 71º 59' 57.106" W
BOYA A-3 8113299.631 819363.812 17º 02' 32.735" S 72º 00' 00.529" W
BOYA A-4 8113294.959 819233.256 17º 02' 32.952" S 72º 00' 04.937" W
A 8112881.137 819023.069 17º 02' 46.505" S 72º 00' 11.823" W
B 8112760.168 819308.045 17º 02' 50.294" S 72º 00' 02.133" W
ÁREA: 138546.05 m 2 (3) TRES TUBERÍAS SUBÁCUATICAS
ÁREA DE TUBERIA
SUBÁCUATICA
UTM WGS-84 (Zona 18 Sur)
GEOGRÁFICAS WGS-84
NORTE ESTE LATITUD LONGITUD
TUBERIA
SUBÁCUTICA
NORTE
INICIO 8113871.197 819180.587 17º 02' 14.252" S 72º 00' 07.015" W
Q-N 8113859.422 819191.922 17º 02' 14.629" S 72º 00' 06.626" W
FINAL 8113049.848 819294.319 17º 02' 40.887" S 72º 00' 02.747" W
TUBERIA
SUBÁCUTICA
CENTRO
INICIO 8113871.641 819179.706 17º 02' 14.238" S 72º 00' 07.045" W
Q-C 8113858.996 819191.590 17º 02' 14.643" S 72º 00' 06.637" W
FINAL 8113053.821 819294.055 17º 02' 40.758" S 72º 00' 02.758" W
TUBERIA
SUBÁCUTICA
SUR
INICIO 8113872.182 819178.560 17º 02' 14.221" S 72º 00' 07.084" W
0-S 8113859.064 819191.177 17º 02' 14.641" S 72º 00' 06.651" W
FINAL 8113049.737 819293.548 17º 02' 40.891" S 72º 00' 02.773" W
ÁREA: 844.559 m 2 (4) CUATRO BOYAS DE AMARRE DE PRIMERA CLASE
VÉRTICES
UTM WGS-84 (Zona 18 Sur) GEOGRÁFICAS WGS-84
NORTE ESTE LATITUD LONGITUD
BOYA
AMARRE A-4
8113294.959 819233.256 17º 02' 32.952" S 72º 00' 04,937" W
BOYA
AMARRE A-3
8113299.631 819363.812 17º 02' 32.735" S 72º 00' 00.529" W
BOYA
AMARRE A-2
8113203.136 819463.656 17º 02' 35.821" S 71º 59' 57.106" W
BOYA
AMARRE A-1
8112834.913 819344.063 17º 02' 47.847" S 72º 00' 00.955" W
BOYAS DE REFERENCIA
VÉRTICES
UTM WGS-84 (Zona 18 Sur)
GEOGRÁFICAS WGS-84
NORTE ESTE LATITUD LONGITUD
BOYARIN DE
REFERENCIA
FONDEO
8112746.957 819372.757 17º 02' 50.691" S 71º 59' 59.940" W
BOYARIN IZADO
MANGUERA
DUCTO 20"
8112961.559 819272.568 17º 02' 43.767" S 72º 00' 03.436" W
BOYARIN IZADO
MANGUERA
DUCTO 14"
8112956.430 819285.958 17º 02' 43.927" S 72º 00' 02.981" W
BOYARIN
MARCA DE
PLEM
8113049.051 819297.001 17º 02' 40.911" S 72º 00' 02.656" W
6 NORMAS LEGALES Lunes 6 de junio de 2022
El Peruano /
COORDENADAS ÁREA ACUÁTICA USO NO EFECTIVO
ÁREA ACUÁTICA DE USO NO EFECTIVO
VÉRTICES
UTM WGS-84 (Zona 18 Sur) GEOGRÁFICAS WGS-84
NORTE ESTE LATITUD LONGITUD
1 8112719.851 818880.196 17º 02' 51.818" S 72º 00' 16.566" W
2 8113440.961 819147.275 17º 02' 28.250" S 72º 00' 07.917" W
3 8113460.884 819437.560 17º 02' 27.458" S 71º 59' 58.121" W
4 8113238.231 819624.877 17º 02' 34.600" S 71º 59' 51.678" W
5 8112462.686 819486.023 17º 02' 59.872" S 71º 59' 55.966" W
ÁREA: 347 687.597 m 2

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RAD 0040-2022-APN-DIR Modifican la Nº 076-2017-APN/DIR y la Nº 040-2019-APN/DIR
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO
  • Numero : 0040-2022-APN-DIR
  • Emitida por : Autoridad Portuaria Nacional - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2022-06-06
  • Fecha de aplicacion : 2022-06-07

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