7/27/2022

Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 201-2022-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RM 201-2022-MINCETUR Lima, 27 de julio de 2022 VISTOS, el Informe Nº 00226-2022-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP , de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe Nº 016-2022-MINCETUR/ PROYECTO VUCE 2.0 - CA y el Informe Nº 003-2022-MINCETUR/PROYECTOVUCE2.0-CA de la Unidad Ejecutora Nº 005-1661: Ventanilla Única de Comercio Exterior - Segunda Etapa; el Oficio Nº 000882-2021-CG/SGD de la Secretaría Gene…
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RM 201-2022-MINCETUR
Lima, 27 de julio de 2022
VISTOS, el Informe Nº 00226-2022-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP , de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe Nº 016-2022-MINCETUR/ PROYECTO VUCE 2.0 - CA y el Informe Nº 003-2022-MINCETUR/PROYECTOVUCE2.0-CA de la Unidad Ejecutora Nº 005-1661: Ventanilla Única de Comercio Exterior - Segunda Etapa; el Oficio Nº 000882-2021-CG/SGD de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la citada Ley, autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4
Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; asimismo, el numeral 4.2 del citado artículo dispone que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego del Gobierno Nacional, la cual se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante el Oficio Nº 000882-2021-CG/SGD, la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 31358, solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, gestionar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General hasta por el monto de S/ 1 939 263,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS
TREINTAINUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTAITRES
Y 00/100 SOLES); el cual incluye la suma de S/ 1 684
000,00 00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO MIL Y 00/100 SOLES) para la realización de las acciones de control concurrente al proyecto de inversión identificado con CUI 2325802 "MEJORAMIENTO DE
LOS SERVICIOS DE FACILITACIÓN DE COMERCIO
EXTERIOR A TRAVÉS DE LA VENTANILLA ÚNICA DE
COMERCIO EXTERIOR (VUCE) SEGUNDA ETAPA SAN
ISIDRO-LIMA-LIMA", a cargo de la Unidad Ejecutora 005-1661: Ventanilla Única de Comercio Exterior - Segunda Etapa del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, mediante el Informe Nº 00226-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD/OPP, emite opinión favorable para la Transferencia Financiera, a favor del Pliego 019:

Contraloría General, por la suma de S/ 1 684 000,00 00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL
Y 00/100 SOLES) para financiar los servicios de control concurrente al proyecto de inversión identificado con CUI
2325802 "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
FACILITACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR A TRAVÉS
DE LA VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE) SEGUNDA ETAPA SAN ISIDRO-LIMA-LIMA", por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; y, la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral
Nº 0022-2021-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 035:

Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 1 684 000,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS
OCHENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para que ejecute las acciones de control concurrente del proyecto CUI
2325802 "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
FACILITACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR A TRAVÉS
DE LA VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE) SEGUNDA ETAPA SAN ISIDRO-LIMA-LIMA", en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora Nº 005-1661: Ventanilla Única de Comercio Exterior - Segunda Etapa, Categoría Presupuestal 0065: Aprovechamiento de las Oportunidades Comerciales Brindadas por los Principales Socios Comerciales del Perú, Proyecto 2325802: Mejoramiento de los servicios de facilitación de comercio exterior a través de la Ventanilla Única del Comercio Exterior (VUCE) Segunda Etapa San Isidro-Lima-Lima, Acción de Inversión 6000053: Control Concurrente, Finalidad: 0348747 Control Concurrente, Categoría del Gasto: 6 Gasto de Capital, en la Específica de Gasto: 2.4.2 3.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 201-2022-MINCETUR Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 201-2022-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-07-27
  • Fecha de aplicacion : 2022-07-28

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