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Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 201-2022-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
7/27/2022
Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 201-2022-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RM 201-2022-MINCETUR Lima, 27 de julio de 2022 VISTOS, el Informe Nº 00226-2022-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP , de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe Nº 016-2022-MINCETUR/ PROYECTO VUCE 2.0 - CA y el Informe Nº 003-2022-MINCETUR/PROYECTOVUCE2.0-CA de la Unidad Ejecutora Nº 005-1661: Ventanilla Única de Comercio Exterior - Segunda Etapa; el Oficio Nº 000882-2021-CG/SGD de la Secretaría Gene…
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RM 201-2022-MINCETUR
Lima, 27 de julio de 2022
VISTOS, el Informe Nº 00226-2022-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP , de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe Nº 016-2022-MINCETUR/ PROYECTO VUCE 2.0 - CA y el Informe Nº 003-2022-MINCETUR/PROYECTOVUCE2.0-CA de la Unidad Ejecutora Nº 005-1661: Ventanilla Única de Comercio Exterior - Segunda Etapa; el Oficio Nº 000882-2021-CG/SGD de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la citada Ley, autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4
Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; asimismo, el numeral 4.2 del citado artículo dispone que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego del Gobierno Nacional, la cual se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante el Oficio Nº 000882-2021-CG/SGD, la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 31358, solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, gestionar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General hasta por el monto de S/ 1 939 263,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS
TREINTAINUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTAITRES
Y 00/100 SOLES); el cual incluye la suma de S/ 1 684
000,00 00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO MIL Y 00/100 SOLES) para la realización de las acciones de control concurrente al proyecto de inversión identificado con CUI 2325802 "MEJORAMIENTO DE
LOS SERVICIOS DE FACILITACIÓN DE COMERCIO
EXTERIOR A TRAVÉS DE LA VENTANILLA ÚNICA DE
COMERCIO EXTERIOR (VUCE) SEGUNDA ETAPA SAN
ISIDRO-LIMA-LIMA", a cargo de la Unidad Ejecutora 005-1661: Ventanilla Única de Comercio Exterior - Segunda Etapa del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, mediante el Informe Nº 00226-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD/OPP, emite opinión favorable para la Transferencia Financiera, a favor del Pliego 019:
Contraloría General, por la suma de S/ 1 684 000,00 00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL
Y 00/100 SOLES) para financiar los servicios de control concurrente al proyecto de inversión identificado con CUI
2325802 "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
FACILITACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR A TRAVÉS
DE LA VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE) SEGUNDA ETAPA SAN ISIDRO-LIMA-LIMA", por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; y, la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral
Nº 0022-2021-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 1 684 000,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS
OCHENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para que ejecute las acciones de control concurrente del proyecto CUI
2325802 "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
FACILITACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR A TRAVÉS
DE LA VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE) SEGUNDA ETAPA SAN ISIDRO-LIMA-LIMA", en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente.
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora Nº 005-1661: Ventanilla Única de Comercio Exterior - Segunda Etapa, Categoría Presupuestal 0065: Aprovechamiento de las Oportunidades Comerciales Brindadas por los Principales Socios Comerciales del Perú, Proyecto 2325802: Mejoramiento de los servicios de facilitación de comercio exterior a través de la Ventanilla Única del Comercio Exterior (VUCE) Segunda Etapa San Isidro-Lima-Lima, Acción de Inversión 6000053: Control Concurrente, Finalidad: 0348747 Control Concurrente, Categoría del Gasto: 6 Gasto de Capital, en la Específica de Gasto: 2.4.2 3.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 201-2022-MINCETUR Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 201-2022-MINCETUR
- Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-07-27
- Fecha de aplicacion : 2022-07-28
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