8/12/2022

Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas CITEccal

Poder Ejecutivo, Produce Modifican el nombre del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas - CITEccal" a la de "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas - CITEccal" RCD 003-2022-ITP/CD Lima, 10 de agosto de 2022 VISTOS: El Memorando Múltiple Nº 000002-2022-ITP/ CITECCAL-LIMA de fecha 09 de junio de 2022 y el Memorando Nº 000440-2022-ITP/CITECCAL-LIMA de fecha 01 de Julio de 2022, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecn…
Poder Ejecutivo, Produce
Modifican el nombre del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas - CITEccal" a la de "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas - CITEccal"
RCD 003-2022-ITP/CD
Lima, 10 de agosto de 2022
VISTOS:

El Memorando Múltiple Nº 000002-2022-ITP/ CITECCAL-LIMA de fecha 09 de junio de 2022 y el Memorando Nº 000440-2022-ITP/CITECCAL-LIMA de fecha 01 de Julio de 2022, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas - CITEccal; el Memorando Nº 002872-2022-ITP/OPPM de fecha 15 de Junio de 2022, sustentado en el Informe Nº 000131-2022-ITP/ PRESUPUESTO de fecha 14 de junio de 2022, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
el Memorando Nº 001856-2022-ITP/DO de fecha 17 de Junio de 2022, sustentado en el Informe Nº 000023-2022-ITP/KZM-DO de la misma fecha y Memorando Nº 002083-2022-ITP/DO de fecha 06 de julio de 2022, sustentado en el Informe Nº 004-2022-ITP/MSN-DO de fecha 05 de julio de 2022, de la Dirección de Operaciones; Memorando Nº 000111-2022-ITP/DEDFO de fecha 12 de mayo de 2022, sustentando en el Informe Nº 000007-2022-ITP/ JND-DEDFO, Memorando Nº 000220-2022-ITP/DEDFO de fecha 11 de julio de 2022, sustentado en el Informe Nº 000044-2022-ITP/MCC-DEDFO de la misma fecha y el Memorando Nº 000228-2022-ITP/DEDFO de fecha 18 de julio de 2020, sustentado en el Informe Nº 000046-2022-ITP/MCC-DEDFO de la Dirección de Estrategia,
Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica y el Informe Nº 000306-2022-ITP/OAJ de fecha 20 de julio de 2022, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), en cuyo artículo 1
establece que es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE (en adelante, Decreto Legislativo Nº 1228), prevé que el Ministerio de la Producción es la autoridad rectora de la política y los lineamientos en innovación productiva para los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-
CITE; asimismo, indica que la creación, calificación, desarrollo, evaluación y supervisión de todos los CITE, deberá sujetarse a los lineamientos y disposiciones que emita el Ministerio de la Producción;

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, señala que los CITE tienen por objeto, contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías;
transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversificación productiva;

Que, los literales b), d) y m) del artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1228, disponen que el ITP tiene, con relación a los CITE, las siguientes funciones: i) Promover la creación de nuevos CITE y ampliar la capacidad de los ya existentes, alineando sus servicios a las necesidades de las empresas y productores de las diversas regiones del país; ii) Apoyar y coadyuvar a que los CITE cumplan con sus funciones, metas y objetivos de manera eficiente, eficaz y oportuna; y, iii) Proponer al Ministerio de la Producción la suspensión o extinción de un CITE Público, conforme a lo previsto en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, respectivamente;

Que, los literales a) y c) del artículo 19 del Decreto Legislativo Nº 1228, asignan al Consejo Directivo del ITP, respecto de los CITE, las funciones siguientes: i)
Supervisar y proponer aspectos relativos al funcionamiento operativo de la Red de CITE y la interacción entre el ITP
y los CITE; y ii) Proponer la suspensión o extinción de un CITE Público, conforme se establezca en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, respectivamente;

Que, de acuerdo con los artículos 14 y 15 del Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE (en adelante, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228), los CITE Públicos son órganos desconcentrados del ITP y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cuando corresponda; se crean por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción, con excepción de los CITE
artesanales y turísticos; debiendo indicar dicha norma, el objetivo general del CITE, así como la ubicación de su sede y demás aspectos que se consideren necesarios;

Que, a través de la Resolución Ejecutiva Nº 050-2021-ITP/DE, se aprueba la Directiva Nº 003-2021-ITP/DE
denominada "Disposiciones para la creación, desarrollo estratégico y extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE públicos y unidades técnicas del ITP" (en adelante, Directiva Nº 003-2021-ITP/DE), que tiene por finalidad, uniformizar los criterios y el procedimiento específicos para la creación, el desarrollo estratégico y la extinción de los CITE públicos, a fin de contribuir a mejorar su eficiencia y eficacia; y en cuyo numeral 8.3 regula el Procedimiento para la adecuación de los CITE Públicos;

Que, la Directiva Nº 003-2021-ITP/DE, en el sub numeral 8.3.1 del artículo 8.3, establece que la adecuación de CITE público consiste en el proceso directo para adaptar los aspectos que configuran la competencia técnica de un CITE público, previstos en su acto de creación, a la evolución en el tiempo de las condiciones del entorno, con la finalidad de mejorar la eficacia de la intervención del CITE;

Que, a través de la Resolución Suprema Nº 063-98-ITINCI se creó el Centro de Innovación T ecnológica del Cuero Calzado e Industrias Conexas - CITEccal; el cual tiene como objetivo mejorar la calidad, productividad, información e innovación para el desarrollo competitivo de las diferentes etapas de producción de la industria del cuero, calzado y sus derivados; posteriormente, mediante Resolución Ministerial Nº 038-2019-PRODUCE de fecha 07 de febrero de 2019, se modificó su nombre al de "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas -
CITEccal" (en adelante, CITEccal);

Que, con Memorando Nº 000458-2022-ITP/DE de fecha 09 de mayo de 2022, la Dirección Ejecutiva señaló que uno de los compromisos asumidos por el Ministerio de la Producción, consiste en la toma de acciones a fin de declarar en emergencia el sector textil y confecciones con el objetivo de agilizar diversas intervenciones, entre estas medidas esta la creación de un CITE para la recuperación del mencionado sector. En tal sentido, solicitó a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - DEDFO, opinión técnica sobre la viabilidad de la propuesta de creación de un CITE en la cadena textil y confecciones;

Que, con Memorando Múltiple Nº 000054-2022-ITP/ DE de fecha 13 de mayo de 2022, la Dirección Ejecutiva comunicó los acuerdos de la Sesión Extraordinaria Nº 001-2021-ITP/CD del Consejo Directivo del ITP, de fecha 12 de mayo de 2022, mediante el cual se aprobó la propuesta de priorización de la iniciativa de adecuación del CITEccal, hacia el sector textil y confecciones;

Que, a través del Memorando Múltiple Nº 000002-2022-ITP/CITECCAL-LIMA de fecha 09 de junio de 2022, el CITEccal remitió el Diagnostico de Seguimiento de las Brechas Tecnológicas (en adelante, S-DBT) - con el cual actualiza la información de mercado y sustenta el desempeño del CITE, a fin de solicitar la ampliación de la especialización del sector cuero y calzado e industrias conexas hacia el sector textil y confecciones; asimismo, mediante Memorando Nº 000440-2022-ITP/CITECCAL-LIMA de fecha 01 de Julio de 2022, remitió el respectivo Plan de adecuación;

Que, a través del Memorando Nº 002872-2022-ITP/ OPPM de fecha 15 de Junio de 2022, sustentado en el Informe Nº 000131-2022-ITP/PRESUPUESTO de fecha 14 de junio de 2022, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emitió opinión técnicamente favorable sobre la disponibilidad presupuestal del proceso de adecuación del CITEccal e informó sobre la disponibilidad de recursos; señalando que es posible redistribuir recursos a fin de implementar la ampliación de capacidad de dicho CITE a la cadena textil y confecciones;

Que, según el Memorando Nº 001856-2022-ITP/DO de fecha 17 de Junio de 2022, sustentado en el Informe Nº 000023-2022-ITP/KZM-DO de la misma fecha y Memorando Nº 002083-2022-ITP/DO de fecha 06 de julio de 2022, sustentado en el Informe Nº 004-2022-ITP/ MSN-DO de fecha 05 de julio de 2022, la Dirección de Operaciones concluyó que es viable la concepción técnica sobre el sustento de adecuación del CITEccal;

Que, con Memorando Nº 000111-2022-ITP/DEDFO de fecha 12 de mayo de 2022, sustentando en el Informe Nº 000007-2022-ITP/JND-DEDFO; Memorando Nº 000220-2022-ITP/DEDFO de fecha 11 de julio de 2022, sustentado en el Informe Nº 000044-2022-ITP/ MCC-DEDFO de la misma fecha y el Memorando Nº 000228-2022-ITP/DEDFO de fecha 18 de julio de
2020, sustentado en el Informe Nº 000046-2022-ITP/ MCC-DEDFO, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, señala respecto de la adecuación del CITE, que desde una perspectiva de alineamiento estratégico y el cierre de la brecha de servicios tecnológicos, a partir del análisis desarrollado en el S-DBT y el Plan de Adecuaciones; se considera técnicamente viable la ampliación del CITEccal hacia las cadenas textil y confecciones;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 000306-2022-ITP/OAJ de fecha 20 de julio de 2022, manifiesta que, habiéndose cumplido con el procedimiento establecido en la Directiva Nº 003-2021-ITP/DE resulta viable la adecuación de dicho CITE a la cadena textil y confecciones;

Que, con Memorando Nº 000025-2022-ITP/SCD de fecha 1 de agosto de 2022, la Secretaría del Consejo Directivo comunicó los acuerdos de la Sesión Ordinaria Nº SO-012-005-2022-ITP/CD del Consejo Directivo del ITP, de fecha 1 de agosto de 2022, mediante el cual se aprobó la adecuación del CITEccal, hacia el sector textil y confecciones;

Que, por los fundamentos anteriormente expuestos, corresponde adecuar el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas - CITEccal", a fin que adicione a sus competencias la cadena productiva textil y confecciones;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 000294-2020-PRODUCE, se ha delegado al Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, la facultad de aprobar la modificación de las condiciones y aspectos previstos en el acto de creación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica -
CITE, que tienen la calidad de órganos desconcentrados del ITP;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Operaciones, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE; la Resolución Ministerial Nº 000294-2020-PRODUCE, que delega la facultad al Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, de aprobar la modificación de las condiciones y aspectos previstos en el acto de creación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, que tienen la calidad de órganos desconcentrados del ITP; Resolución Ejecutiva Nº 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva Nº 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Adecúese el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas - CITEccal", a fin que adicione a sus competencias la cadena productiva textil y confecciones.

Artículo 2.- Modifíquese el nombre del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas - CITEccal" a la de "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas - CITEccal".

Artículo 3.- El CITEccal, además de los objetivos señalados en su norma de creación, Resolución Suprema Nº 063-98-ITINCI, tiene como objetivo apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las unidades de negocios y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fin de aumentar su competitividad, optimización de procesos, capacidad de innovación, y desarrollo de productos mejorados, generando mayor valor en la cadena productiva textil y confecciones, mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos tanto para el mercado nacional como el externo.

Artículo 4.- El Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) define la infraestructura y el equipo que será utilizado para la implementación y operatividad de la adecuación del CITEccal.

Artículo 5.- Disponer que los órganos del ITP, en el marco de sus competencias, tomen las acciones correspondientes a fin de llevar a cabo la adecuación del CITEccal.

Artículo 6.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO CÉSAR ROBLES SORIA
Presidente del Consejo Directivo Instituto Tecnológico de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCD 003-2022-ITP/CD Modifican el nombre del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas - CITEccal" a la de "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas - CITEccal"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 003-2022-ITP/CD
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-08-12
  • Fecha de aplicacion : 2022-08-13

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