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Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 0347-2022-MIDAGRI Cultura
8/28/2022
Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 0347-2022-MIDAGRI Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RM 0347-2022-MIDAGRI Lima, 27 de agosto de 2022 VISTOS: El Memorando Nº 1402-2022-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que adjunta el Informe Nº 377-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto y el Informe Nº 1209-2022-MIDAGRI/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31365, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, y con la Resolución Mi…
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RM 0347-2022-MIDAGRI
Lima, 27 de agosto de 2022
VISTOS:
El Memorando Nº 1402-2022-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que adjunta el Informe Nº 377-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto y el Informe Nº 1209-2022-MIDAGRI/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, establece en el numeral 1.1 de su artículo 1 que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de dicha Ley, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 31358, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4
Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; precisando que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional y se publican en el diario oficial El Peruano;
Que, por Oficio Nº 000880-2021-CG/SGE, la Contraloría General de la República ha comunicado que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31358, ha identificado y priorizado diversos gastos de inversión que se vienen ejecutando por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, por lo que, a efectos de ejecutar las acciones de control concurrente de dichas inversiones, solicita a este Ministerio efectuar una Transferencia Financiera a favor de dicha entidad, con cargo a su presupuesto institucional;
Que, mediante el Informe Nº 377-2022-MIDAGRISG/ OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto remitido con el Memorando Nº 1402-2022-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MIDAGRI, se propone gestionar una transferencia financiera para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 1 283 301,00 (Un Millón Doscientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Uno y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión 2471146:
Mejoramiento y ampliación de los servicios públicos para el desarrollo productivo local en los ámbitos de la Sierra y Selva del Perú - AVANZAR RURAL - 5 departamentos, a cargo de la Unidad Ejecutora 011: Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, precisando que dicha entidad cuenta con recursos disponibles en su Presupuesto Institucional, en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en la Genérica de Gasto 2.4 "Donaciones y Transferencias"
y específica de gasto 2.4.2.3.1.1 "A otras unidades del Gobierno Nacional";
Que, la citada transferencia financiera cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emitida con el Memorando Nº 1402-2022-MIDAGRI-SG/OGPP;
Con las visaciones de la Secretaria General, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Que, de conformidad con la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley Nº 31075, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
SE RESUELVE:
Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, hasta por la suma de S/ 1 283 301,00 (Un Millón Doscientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Uno y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de control concurrente de una (01) inversión a cargo de la Unidad Ejecutora 011. Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por el artículo 1 precedente, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 013 Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para el Año Fiscal 2022, Unidad Ejecutora 011. Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural -
AGRORURAL, Categoría Presupuestal 0121. Mejora de la Articulación de Pequeños Productores al Mercado, Proyecto 2471146. Mejoramiento y ampliación de los servicios públicos para el desarrollo productivo local en los ámbitos de la Sierra y Selva del Perú - AVANZAR RURAL
- 5 departamentos, Actividad de Inversión 6000053.
Control Concurrente, Genérica de Gasto 2.4 "Donaciones y Transferencias", específica de gasto 2.4.2.3.1.1 "A otras unidades del Gobierno Nacional", Gasto de Capital, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 1 283 301,00 (Un Millón Doscientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Uno y 00/100 Soles).
Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y, en la misma fecha, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANDRÉS RIMSKY ALENCASTRE CALDERÓN
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0347-2022-MIDAGRI Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0347-2022-MIDAGRI
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-08-28
- Fecha de aplicacion : 2022-08-29
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