8/28/2022

Transferencia Financiera Favor Contraloría RJ 000174-2022-BNP Biblioteca Nacional del Peru

Organismos Ejecutores, Biblioteca Nacional del Peru Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el pago de sociedad de auditoría RJ 000174-2022-BNP Lima, 26 de agosto de 2022 VISTOS: El Informe Nº 000478-2022-BNP-GG-OA-ELCP de fecha 10 de agosto de 2022, del Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración; los Informes Nº 000661-2022-BNP-GG-OA-EAF y Nº 000685-2022-BNP-GG-OA-EAF, de fechas 09 y 17 de agosto de 2022, respectivamente, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de A…
Organismos Ejecutores, Biblioteca Nacional del Peru
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el pago de sociedad de auditoría
RJ 000174-2022-BNP
Lima, 26 de agosto de 2022
VISTOS:

El Informe Nº 000478-2022-BNP-GG-OA-ELCP de fecha 10 de agosto de 2022, del Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración; los Informes Nº 000661-2022-BNP-GG-OA-EAF y Nº 000685-2022-BNP-GG-OA-EAF, de fechas 09 y 17 de agosto de 2022, respectivamente, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración; los Memorandos Nº 000679-2022-BNP-GG-OA y Nº 000698-2022-BNP-GG-OA, de fechas 11
y 18 de agosto de 2022, respectivamente, de la Oficina de Administración; el Informe Nº 000161-2022-BNP-GG-OPP-EPIP de fecha 11 de agosto de 2022, del Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 000412-2022-BNP-GG-OPP de fecha 16 de agosto de 2022, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 000258-2022-BNP-GG-OAJ de fecha 24 de agosto de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano;

Que, con Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica; así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, mediante Oficio Nº 001281-2022-CG/GAD de fecha 25 de julio de 2022, recibido en mesa de partes el 08 de agosto de 2022, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República informó a la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva Nº 05-2022-CG/GAF "Gestión de sociedades de auditoria para la ejecución de auditorías financieras gubernamental", aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 035-2022-CG, la Contraloría General de la República realizó el Concurso Público de Méritos Nº 03-2022, designando a la SOA Pérez Díaz & Asociados Sociedad Civil para efectuar la auditoría financiera gubernamental de los periodos 2021 - 2022, habiéndose contratado sólo la ejecución de la auditoria por el periodo 2021 y encontrándose pendiente la contratación de la auditoría del periodo 2022; por lo que, se solicita la transferencia financiera de la retribución económica para la contratación de sociedad de auditoria que efectúe la auditoría financiera gubernamental del periodo 2022, por el importe de S/ 65,251.00 (sesenta y cinco mil doscientos cincuenta y un con 00/100 soles), o excepcionalmente se efectúe la transferencia del 50% de la retribución y por el otro 50% se adjunte una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2023;

Que, por medio del Memorando Nº 000679-2022-BNP-GG-OA de fecha 11 de agosto de 2022, la Oficina de Administración remitió el Informe Nº 000478-2022-BNP-GG-OA-ELCP de fecha 10 de agosto de 2022, de su
Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial, con el cual se solicitó la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0842 por un monto total que asciende a S/ 32,625.50 (treinta y dos mil seiscientos veinticinco y 50/100 soles) afectándose a la meta 004, para la Contratación de Sociedad Auditora en la Biblioteca Nacional del Perú, y la emisión de la Previsión Presupuestal para el periodo 2023, a fin de cubrir el saldo faltante del 50% de la retribución económica por el monto de S/ 32,625.50 (treinta y dos mil seiscientos veinticinco y 50/100 soles);

Que, con Memorando Nº 000412-2022-BNP-GG-OPP de fecha 16 de agosto de 2022, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitió el Informe Nº 000161-2022-BNP-GG-OPP-EPIP de fecha 11 de agosto de 2022, de su Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto, con el cual se remitió la aprobación de la certificación de crédito presupuestario Nº 842 por el importe de S/ 32,625.50 (treinta y dos mil seiscientos veinticinco y 50/100 soles) y la emisión de la constancia de previsión presupuestaria por el importe de S/ 32,625.50 (treinta y dos mil seiscientos veinticinco y 50/100 soles)
en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, clasificador de gasto 2.4.1.3.1.1 "A otras unidades del Gobierno Nacional" en la Oficina de Administración para el año 2023;

Que, a través del Memorando Nº 000698-2022-BNP-GG-OA de fecha 18 de agosto de 2022, la Oficina de Administración solicita se gestione la emisión del acto resolutivo que autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, remitiendo para ello el Informe Nº 000685-2022-BNP-GG-OA-EAF de fecha 17 agosto de 2022, de su Equipo de Trabajo de Administración Financiera;

Que, mediante Informe Legal Nº 000258-2022-BNP-GG-OAJ de fecha 24 de agosto de 2022, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la emisión del acto resolutivo por medio del cual se autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia financiera Autorizar la transferencia financiera del Pliego 113:

Biblioteca Nacional del Perú a favor del Pliego 019:

Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 32, 625.50 (treinta y dos mil seiscientos veinticinco y 50/100 soles), para financiar el pago del cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica (incluye IGV) por el periodo 2022, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría del periodo 2022 de la Biblioteca Nacional del Perú, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2. Financiamiento Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo 1 se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Biblioteca Nacional del Perú del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú, por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Oficina de Administración debe efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural.

Artículo 3. Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Monitoreo La Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.

Artículo 5.- Publicación Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA ISABEL VERGARA
RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ
Jefa Institucional

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 000174-2022-BNP Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el pago de sociedad de auditoría
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 000174-2022-BNP
  • Emitida por : Biblioteca Nacional del Peru - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2022-08-28
  • Fecha de aplicacion : 2022-08-29

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