Inicio
Últimas normas legales
Delegan El/la Secretario/a General Ministerio RM 187-2022-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
8/28/2022
Delegan El/la Secretario/a General Ministerio RM 187-2022-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
Poder Ejecutivo, Mujer y Poblaciones Vulnerables Delegan en el/la Secretario/a General del Ministerio la facultad de registrar, para el caso de la Certificación del Crédito Presupuestario, al/los responsable/s de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras; y, para el caso del compromiso, al/a la funcionario/a facultado/a de contratar y comprometer el presupuesto en el aplicativo "Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera" del SIAF-SP RM 187-2022-MIMP Lima, 26 de agosto de 2022 VISTOS, el Informe Nº D000251-2022-MIMP-PRE de la Oficina …
Delegan en el/la Secretario/a General del Ministerio la facultad de registrar, para el caso de la Certificación del Crédito Presupuestario, al/los responsable/s de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras; y, para el caso del compromiso, al/a la funcionario/a facultado/a de contratar y comprometer el presupuesto en el aplicativo "Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera" del SIAF-SP
RM 187-2022-MIMP
Lima, 26 de agosto de 2022
VISTOS, el Informe Nº D000251-2022-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto, el Memorándum Nº D000562-2022-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D000177-2022-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, establece el ámbito de competencias, rectorías, funciones y estructura orgánica del Ministerio; y señala que la Ministra o el Ministro es la más alta autoridad política del sector y es responsable de su conducción, pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;
Que, el numeral 41.3 del artículo 41 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que las unidades ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional, a través del responsable de la administración de su presupuesto, emiten la certificación del crédito presupuestario; la cual es expedida a solicitud del responsable del área que ordena el gasto o de quien tenga delegada esta facultad, cada vez que se prevea realizar un gasto, suscribir un contrato o adquirir un compromiso;
Que, el numeral 41.8 del referido artículo 41
establece que los Pliegos, a propuesta de su Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, en coordinación con su Oficina de Administración o la que haga sus veces, mediante resolución del titular, dictan los procedimientos y lineamientos que consideren necesarios referidos a la información, documentos, plazos, responsabilidades y procedimientos en general, para la aplicación de lo establecido en el citado artículo; siendo dicha facultad delegable;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 0013-2022-EF/50.01, se aprueban los "Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso"; en cuyo numeral 2.1 señala que la Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera es el procedimiento mediante el cual se registran los datos de los responsables de la entidad para autorizar el registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso, en el aplicativo informático "Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera"; en tanto, el numeral 2.2 de dicha norma, dispone que el titular de la entidad registra, para el caso de la Certificación del Crédito Presupuestario, al/los responsable/s de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras y, para el caso del compromiso, registra al/a la funcionario/a facultado de contratar y comprometer el presupuesto en el aplicativo "Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera" del SIAF-SP utilizando su DNIe;
Que, el plazo para la implementación de los Lineamientos en mención para las entidades del Gobierno Nacional es el 01 de setiembre de 2022;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite a la Oficina General de Asesoría Jurídica el Informe Nº D000251-2022-MIMP-PRE, a través del cual la Oficina de Presupuesto justifica la necesidad de emitir el acto resolutivo que delega en el/la Secretario/a General la facultad de registrar, para el caso de la Certificación del Crédito Presupuestario, al/los responsable/s de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras y, para el caso del compromiso, al/a la funcionario/a facultado/a de contratar y comprometer el presupuesto en el aplicativo "Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera" del
SIAF-SP;
Que, mediante Informe Nº D000177-2022-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa precitada, estima legalmente procedente se expida la presente resolución de delegación de facultades;
Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en la Resolución Directoral Nº 0013-2022-EF/50.01, que aprueba los "Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso"; y en la Resolución Ministerial Nº 208-2021-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CLAUDIA DAVILA MOSCOSO
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 187-2022-MIMP Delegan en el/la Secretario/a General del Ministerio la facultad de registrar, para el caso de la Certificación del Crédito Presupuestario, al/los responsable/s de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras; y, para el caso del compromiso, al/a la funcionario/a facultado/a de contratar y comprometer el presupuesto en el aplicativo "Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera" del SIAF-SP
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 187-2022-MIMP
- Emitida por : Mujer y Poblaciones Vulnerables - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-08-28
- Fecha de aplicacion : 2022-08-29
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- febrero 2025 (63)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)