9/26/2022
Documento Técnico: plan Implementación Agenda RM 758-2022/MINSA Salud
Poder Ejecutivo, Salud Aprueban Documento Técnico: "Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, fase fundacional 2022" RM 758-2022/MINSA Lima, 23 de setiembre del 2022 Visto, el Expediente 2022-0041051 que contiene el Memorándum D000020-2022-DVMPAS-MINSA, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; el Memorándum Nº D000023-2022-DVMSP-MINSA del Despacho Viceministerial de Salud Pública; el Informe Nº 00001-2022-DIGTEL-DITEL-FAM-MINSA de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias; el Memorándum Nº 1461-2022-DIGEMID-DG-DFAU-EA…
Aprueban Documento Técnico: "Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, fase fundacional 2022"
RM 758-2022/MINSA
Lima, 23 de setiembre del 2022
Visto, el Expediente 2022-0041051 que contiene el Memorándum D000020-2022-DVMPAS-MINSA, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; el Memorándum Nº D000023-2022-DVMSP-MINSA del Despacho Viceministerial de Salud Pública; el Informe Nº 00001-2022-DIGTEL-DITEL-FAM-MINSA de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias;
el Memorándum Nº 1461-2022-DIGEMID-DG-DFAU-EAM-EURM/MINSA de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; el Memorándum Nº D000287-2022-OGTI-MINSA, el Informe Nº 000001-2022-OGTI-OIDT-MINSA, el Informe Nº 000017-2022-OGTI-OIDT-FQE-MINSA, de la Oficina General de Tecnologías de la Información;
el Informe Nº 000018-2022-OGPPM-OPEE-MINSA, el Informe Nº 000123-2022-OGPPM-OP y el Proveído Nº 001975-2022-OGPPM-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Oficio Nº 000023-2022-SUSALUD-OGPP de la Superintendencia Nacional de Salud; y, el Informe Nº D000152-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los numerales 8) y 9) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es competente en infraestructura y equipamiento en salud, así como, en investigación y tecnologías en salud;
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1161, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley y que tienen impacto directo o indirecto en la salud individual y colectiva;
Que, el artículo 4-A1, del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, establece que, la potestad rectora del Ministerio de Salud comprende la facultad que tiene para normar, supervisar, fiscalizar y, cuando corresponda, sancionar, en los ámbitos que comprenden la materia de salud. La rectoría en materia de salud dentro del sector la ejerce el Ministerio de Salud por cuenta propia o, por delegación expresa, a través de sus organismos públicos adscritos y, dentro del marco y los límites establecidos en la citada ley, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las normas sustantivas que regulan la actividad sectorial y, las normas que rigen el proceso de descentralización;
Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por el Decreto Legislativo
Nº 1504, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno. Asimismo, establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;
Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Transformación Digital, con la finalidad de fomentar e impulsar la transformación digital de las entidades públicas, las empresas privadas y la sociedad en su conjunto, fortalecer el uso efectivo de las tecnologías digitales, las redes y los servicios digitales por parte de los ciudadanos y personas en general, impulsar la innovación digital, el fortalecimiento de una sociedad digital inclusiva y el ejercicio de una ciudadanía digital con deberes y derechos digitales de los ciudadanos, promover la economía digital, la competitividad, productividad e inclusión financiera en una sociedad digital y fortalecer el acceso y la inclusión a las tecnologías digitales en el país y la confianza digital fomentando la seguridad, transparencia, protección de datos personales y gestión ética de las tecnologías en el entorno digital para la sostenibilidad, prosperidad y bienestar social y económico del país;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 816-2020/ MINSA, se aprueba el Documento Técnico: Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025, cuyo objetivo general es establecer los objetivos, estrategias y acciones en salud digital del sector salud alineados a la función rectora del Ministerio de Salud y tiene por finalidad contribuir con mejorar la calidad de los servicios de salud que se brinda a la población, a través del uso de las tecnologías digitales;
Que, la Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025 es el instrumento que permite la articulación y conducción del sector, promoviendo la transformación digital con el uso intensivo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, contribuyendo con la mejora en la calidad de la atención de salud de la población, maximizando los beneficios de la economía digital en la sociedad de la información y el conocimiento. La Agenda Digital cuenta con las acciones necesarias para en momento posterior lograr la visión de la Salud Digital al 2030 como primer desafío a planificar. El cumplimiento de dichas acciones permitirá un desarrollo sostenible de la salud digital en Perú y contribuirá al sistema sanitario con la generación de productos de calidad al servicio de los diferentes actores del ecosistema;
Que, el numeral 6.6.7 del Documento Técnico: Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 816-2020/MINSA, establece que la agenda digital se divide en: Fase1: Fundacional.
Fase 2: Construcción y expansión nacional; y, Fase 3:
Consolidación y sostenibilidad, describiéndose en la Fase 1: Fundacional, el primer año de planificación y liberación de productos, así como las condiciones y estructura de cimientos sobre la cual se planifiquen y desplieguen las acciones de transformación digital;
Que, el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, y sus modificatorias, establece que la Oficina General de Tecnologías de la Información es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, dependiente de la Secretaría General, responsable de implementar el gobierno electrónico; planificar, implementar y gestionar los sistemas de información del Ministerio, y el desarrollo tecnológico, así como el soporte de los equipos informáticos del Ministerio de Salud, entre otras funciones;
Que, en concordancia con lo señalado en el 6.6.7 del Documento Técnico: Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 816-2020/MINSA, la Oficina General de Tecnologías de la Información, propone aprobar el Documento Técnico:
"Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, fase fundacional 2022";
Que, la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas dependiente del Despacho Viceministerial de Salud Pública, han señalado que se ejecutaron actividades pertenecientes al semestre I del Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, por lo que la Oficina General de Tecnologías de la Información propone aprobar con eficacia anticipada al 1 de enero de 2022, el Documento Técnico: "Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, fase fundacional 2022";
Que, la Directiva Nº 137-MINSA/SG-V.01, Procedimiento para el trámite de Actos resolutivos en el Ministerio de Salud, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 468-2008-MINSA, establece que para la emisión de actos resolutivos con eficacia anticipada o en vías de regularización, se requiere autorización expresa de la Alta Dirección;
Que, mediante Memorándum Nº D000023-2022-DVMSP-MINSA y Memorándum Nº D000020-2022/ DVMPAS-MINSA, el Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, respectivamente, autorizaron la aprobación del Documento Técnico: "Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, fase fundacional 2022" con eficacia anticipada al 1 de enero de 2022, en virtud de las actividades ejecutadas en el semestre I por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas y la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias;
Estando a lo propuesto por la Oficina General de Tecnologías de la Información;
Con el visado del Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017, y modificatorias, la Resolución Ministerial Nº 816-2020/ MINSA, Resolución Ministerial que aprueba el Documento Técnico: "Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025";
y, la Resolución Ministerial Nº 468-2008-MINSA, que aprueba entre otras, la Directiva Nº 137-MINSA/SG-V.01, Procedimiento para el trámite de Actos resolutivos en el Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
fase fundacional 2022", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información la difusión, hasta el nivel regional del presente Documento Técnico, así como brindar la asistencia técnica para su implementación y supervisar su cumplimiento en coordinación con las unidades orgánicas del Ministerio de Salud, en el ámbito de sus competencias.
Artículo 3.- Disponer que las Direcciones de Redes Integradas de Salud, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que haga sus veces a nivel regional son responsables de difundir, implementar y aplicar lo señalado en el presente Documento Técnico, en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo que forma parte integrante de presente Resolución Ministerial, en la sede digital del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA
Ministro de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 758-2022/MINSA Aprueban Documento Técnico: "Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, fase fundacional 2022"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 758-2022/MINSA
- Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-09-26
- Fecha de aplicacion : 2022-09-27
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- febrero 2025 (54)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)