10/02/2022
Documento Técnico: Plan Salud Integral E RM 778-2022/MINSA Salud
Poder Ejecutivo, Salud Aprueban el Documento Técnico: Plan de salud integral e intercultural y monitoreo de exposición a metales pesados e hidrocarburos en las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes, Tigre, Marañón y Chambira 2022 - 2026 RM 778-2022/MINSA Lima, 30 de setiembre del 2022 Visto, el Expediente Nº DGIESP20220000140, que contiene el Informe Nº 020-2022-DPI-DGIESP/MINSA, el Memorándum Nº D000478-2022-DGIESP-MINSA y el Memorándum Nº D000593-2022-DGIESP-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; los Informes Nº D000017-2022-OGPPM-OPEE-MINSA y Nº D0…
Aprueban el Documento Técnico: Plan de salud integral e intercultural y monitoreo de exposición a metales pesados e hidrocarburos en las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes, Tigre, Marañón y Chambira 2022 - 2026
RM 778-2022/MINSA
Lima, 30 de setiembre del 2022
Visto, el Expediente Nº DGIESP20220000140, que contiene el Informe Nº 020-2022-DPI-DGIESP/MINSA, el Memorándum Nº D000478-2022-DGIESP-MINSA y el Memorándum Nº D000593-2022-DGIESP-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; los Informes Nº D000017-2022-OGPPM-OPEE-MINSA y Nº D000121-2022-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº D000161-2022-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral XVII del citado Título Preliminar refiere que la promoción de la medicina tradicional es de interés y atención preferente del Estado;
Que, los numerales 1) y 4) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establecen que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas, así como en salud ambiental e inocuidad alimentaria; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otras;
Que, de otro lado, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de salud pública en materia de pueblos indígenas u originarios, entre otras;
Que, los literales a), c) y f) del artículo 77-A del mencionado Reglamento, incorporado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece como funciones de la Dirección de Pueblos Indígenas u Originarios, formular las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de daños a la salud de pueblos indígenas u originarios, considerando los determinantes sociales de la salud y los enfoques de género, interculturalidad y derechos humanos; formular e implementar políticas, normas, lineamientos y otros documentos en materia de prevención y control de riesgos y daños a la salud de los pueblos indígenas u originarios, en coordinación con las entidades competentes; así como formular e implementar las normas y lineamientos orientados a la detección precoz y reducción de riesgos de enfermedades que afecten a la población indígena u originaria;
Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública propone la aprobación del Documento Técnico: Plan de salud integral e intercultural y monitoreo de exposición a metales pesados e hidrocarburos en las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes, Tigre, Marañón y Chambira 2022
- 2026;
Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, del Director General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud Pública;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud
para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado mediante los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y Nº 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA
Ministro de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 778-2022/MINSA Aprueban el Documento Técnico: Plan de salud integral e intercultural y monitoreo de exposición a metales pesados e hidrocarburos en las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes, Tigre, Marañón y Chambira 2022 - 2026
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 778-2022/MINSA
- Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-10-02
- Fecha de aplicacion : 2022-10-03
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