10/08/2022

Incorporan Procedimiento Médico Sanitario RM 801-2022/MINSA Salud

Poder Ejecutivo, Salud Incorporan procedimiento médico y sanitario correspondiente a la Vacuna contra el síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARS-CoV-2) (enfermedad por coronavirus [COVID-19]), uso intramuscular, dosis pediátrica desde 6 meses hasta los 4 años 11 meses 29 días, en el Anexo Nº 1: Listado de Procedimientos Médicos y sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud" RM 801-2022/MINSA Lima, 6 de octubre de 2022 Visto, el Expediente Nº DGIESP20220000181 que contiene el Informe Nº D000041-202…
Poder Ejecutivo, Salud
Incorporan procedimiento médico y sanitario correspondiente a la Vacuna contra el síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARS-CoV-2) (enfermedad por coronavirus [COVID-19]), uso intramuscular, dosis pediátrica desde 6 meses hasta los 4 años 11 meses 29 días, en el Anexo Nº 1: Listado de Procedimientos Médicos y sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud"
RM 801-2022/MINSA
Lima, 6 de octubre de 2022
Visto, el Expediente Nº DGIESP20220000181 que contiene el Informe Nº D000041-2022-DGAIN-DIPOS-MINSA y el Memorándum Nº D000115-2022-DGAIN-MINSA de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; y el Informe Nº D000168-2022-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
y,

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; por lo que, la protección de salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el artículo 123 de la Ley Nº 26842, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud;

Que, los numerales 1), 2) y 6) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señalan que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas, aseguramiento en salud y productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos;

Que, el artículo 4 del precitado Decreto Legislativo, señala que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley y que tienen impacto directo o indirecto en la salud individual y colectiva;

Que, el artículo 4-A del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la Prevención y Control de Enfermedades, establecen que la potestad rectora del Ministerio de Salud comprende la facultad que tiene para normar, supervisar, fiscalizar y, cuando corresponda, sancionar, en los ámbitos que comprenden la materia de salud. La rectoría en materia de salud dentro del sector la ejerce el Ministerio de Salud por cuenta propia o, por delegación expresa, a través de sus organismos públicos adscritos y, dentro del marco y los límites establecidos en la presente ley, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las normas sustantivas que regulan la actividad sectorial y las normas que rigen el proceso de descentralización. Asimismo, que el Ministerio de Salud, ente rector del Sistema Nacional de Salud, y dentro del ámbito de sus competencias, determina la política, regula y supervisa la prestación de los servicios de salud, a nivel nacional, en las siguientes instituciones: EsSalud, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, Sanidad de las Fuerzas Armadas, instituciones de salud del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales, y demás instituciones públicas, privadas y público-privadas;

Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1504, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, conducir, regular y supervisar el Sistema Nacional de Salud; así como, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2005-SA, se aprueban las Identificaciones Estándar de Datos en Salud, dentro de las cuales se encuentran, entre otras, la Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 001: "Procedimiento Médico en el Sector Salud" y la Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 005: "Unidad Productora de Servicios en Establecimiento de Salud".

Dicho dispositivo legal tiene como objetivo establecer el marco normativo para la identificación (clasificación, denominación, codificación y descripción) estándar de los procedimientos médicos, así como establecer los usos de la identificación estándar de los procedimientos médicos en los procesos institucionales y sectoriales;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 024-2005-SA dispone que el Ministerio de Salud es la instancia encargada de conducir, desarrollar y administrar el Sistema de Identificación Estándar para el registro e intercambio de datos clínicos y administrativos de uso en la atención y en los cuidados de salud de las personas, por lo que mediante Resolución Ministerial de Salud podrá aprobar los instrumentos y acciones para su implantación y correcta aplicación;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 902-2017/ MINSA se aprueba el Documento Técnico: "Catalogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", el cual tiene por finalidad contribuir a estandarizar la identificación (clasificación, denominación, codificación y descripción) de los procedimientos médicos y sanitarios del Sector Salud para los diferentes usos; asimismo, su objetivo general es establecer el marco normativo para la identificación estándar (clasificación, denominación, codificación y descripción) y uso de los procedimientos médicos y sanitarios del Sector Salud;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1001-2017/MINSA
se aprueba la Directiva Administrativa Nº 241-MINSA/2017/ DGAIN "Proceso de Actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) Nº 001 y Nº 005", la cual tiene por objetivo general establecer el marco normativo para el proceso de actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) Nº 001 y Nº 005 que corresponden a Procedimiento Médico en el Sector Salud y Unidad Productora de Servicios en Establecimiento de Salud, respectivamente; disponiendo en el subnumeral 6.3.5 que la Autoridad Nacional de Salud a través de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, o quién haga sus veces, actualice anualmente el CPMS
y/o CUPS, mediante resolución ministerial, incluyendo aquello determinado como estado "factible";

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1044-2020/MINSA, se aprueba la actualización del Anexo Nº 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud";

Que, por Resolución Ministerial Nº 158-2021/MINSA, se incorpora en el Anexo Nº 1 de la precitada Resolución Ministerial Nº 1044-2020/MINSA, los procedimientos médicos y sanitarios correspondientes a la vacuna contra el síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARSCoV-2) (enfermedad por coronavirus [COVID-19])
y a la vacuna contra el Virus Papiloma Humano (4vHPV)
tipos 6, 11, 16 y 18 (tetravalente), 2 dosis, para uso intramuscular;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 860-2021/ MINSA, se aprueba la actualización del Anexo Nº 1:

Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", dejando sin efecto la Resolución Ministerial Nº 158-2021/
MINSA;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 215-2022/ MINSA, en su Anexo Nº 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", se modifica el procedimiento médico y sanitario correspondiente a la Vacuna contra el síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARS-CoV-2) (enfermedad por coronavirus (COVID-19), uso intramuscular, dosis adulta desde 12 años en adelante; así como, se incorpora el procedimiento médico y sanitario correspondiente a la vacuna contra el síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARS-CoV-2) (enfermedad por coronavirus (COVID-19), uso intramuscular, dosis pediátrica desde 5 años hasta los 11
años 11 meses 29 días;

Que, el artículo 98 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y sus modificaciones, establece
que la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud responsable de proponer normatividad en materia de organización y gestión de servicios en salud. Asimismo, propone normatividad para implementar el intercambio prestacional con la finalidad de generar mayor cobertura de los servicios y utilizar la oferta pública de forma eficiente. Supervisa la política en materia de aseguramiento en salud a nivel nacional;

Que, el literal a) del artículo 99 del mencionado Reglamento, establece que es función de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional el proponer y supervisar políticas sectoriales, normas, lineamientos y demás documentos en materia de organización, funcionamiento, gestión y control de los servicios de salud; así como proponer y monitorear normas y lineamientos en materia de modelos de atención, gestión clínica y sus herramientas; y demás procedimientos relacionadas a la prestación y gestión de los servicios de salud;

Que, el literal a) del artículo 102 del mencionado Reglamento, establece que la Dirección de Intercambio Prestacional, Organización y Servicios de Salud, Unidad Orgánica de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, tiene como función formular las políticas sectoriales, normas, lineamientos, estándares y demás documentos en materia de organización, funcionamiento, gestión y control de los servicios de salud incluyendo los servicios de atención prehospitalarios de emergencias y urgencias, unidades productoras de servicios de salud, modelos de gestión de servicios de salud, cartera de servicios de salud individual y otros de su competencia; así como monitorear y evaluar sus resultados;

Que, mediante los documentos del visto, la Dirección de Intercambio Prestacional, Organización y Servicios de Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional propone la incorporación del procedimiento médico y sanitario correspondiente a la Vacuna contra el síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARS-CoV-2) (enfermedad por coronavirus [COVID-19]), uso intramuscular, dosis pediátrica desde 6
meses hasta los 4 años 11 meses 29 días, en el Anexo Nº 1: Listado de Procedimientos Médicos y sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 860-2021/MINSA, con el objetivo de contribuir a la gestión, implementación y actualización de los sistemas de información del Sector Salud para los diferentes usos;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud, para la prevención y control de las enfermedades; el Decreto Supremo Nº 024-2005-SA, que aprueba las Identificaciones Estándar de Datos en Salud; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y Nº 032-2017-SA; y la Resolución Ministerial Nº 1001-2017/MINSA, "Directiva Administrativa Nº 241-MINSA/2017/DGAIN "Proceso de Actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) Nº 001 y Nº 005" y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar en el Anexo Nº 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 860-2021/MINSA, el procedimiento médico y sanitario correspondiente a la Vacuna contra el síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARS-CoV-2) (enfermedad por coronavirus [COVID-19]), uso intramuscular, dosis pediátrica desde 6 meses hasta los 4 años 11 meses 29 días, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Disponer que las Direcciones Regionales de Salud (DIRESA), Gerencias Regionales de Salud (GERESA), Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), las Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, privadas y mixtas o las que hagan sus veces, al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, adecúen sus sistemas informáticos e implementen, en lo que corresponda, la actualización del Anexo Nº 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", del Documento Técnico:
"Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", considerando el procedimiento médico y sanitario que se ha incorporado.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA
Ministro de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 801-2022/MINSA Incorporan procedimiento médico y sanitario correspondiente a la Vacuna contra el síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARS-CoV-2) (enfermedad por coronavirus [COVID-19]), uso intramuscular, dosis pediátrica desde 6 meses hasta los 4 años 11 meses 29 días, en el Anexo Nº 1: Listado de Procedimientos Médicos y sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 801-2022/MINSA
  • Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-10-08
  • Fecha de aplicacion : 2022-10-09

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